Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 20/07/2009

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Anuncio de 13 de julio de 2009, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por el que se da publicidad a la Resolución de 8 de julio de 2009, de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se autoriza la presentación de presolicitudes y solicitudes reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2009, en la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos para TDT.

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Mediante la Orden de 12 de mayo de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 97, de 22 de mayo de 2009, se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para la digitalización de centros analógicos existentes de iniciativa local, emisores y reemisores de servicios de televisión de ámbito nacional y autonómico por ondas terrestres.

Los artículos 13 y 15 de esta Orden obligan a las entidades interesadas a la firma y presentación telemática de las presolicitudes y las solicitudes de incentivo, a través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía.

La consecución del objetivo de la Orden de 12 de mayo de 2009 es facilitar, mediante un programa de incentivos, la realización de las inversiones necesarias para que las zonas en las que actualmente existe cobertura con tecnología analógica y que, por las disposiciones normativas actuales, quedarían con una deficiente recepción en TDT, puedan alcanzar el objetivo de la plena sustitución tecnológica del servicio, es fundamental para garantizar a los ciudadanos de dichas zonas el tránsito pleno a la televisión digital terrestre.

El esfuerzo realizado por incorporar la tramitación electrónica al procedimiento administrativo de concesión de los incentivos regulados en la Orden de 12 de mayo de 2009, ha supuesto un paso adelante en la aspiración de resolver telemáticamente la totalidad de los incentivos concedidos por la Junta de Andalucía. También se ha constatado la dificultad que, en ocasiones, han tenido las entidades susceptibles de ser beneficiarias de estos incentivos para adaptarse al reto que supone el empleo de los medios electrónicos que se han puesto a su disposición.

En consecuencia, para garantizar a los ciudadanos que el proceso de transición tecnológica se realice sin incidencias, es imprescindible ofrecer a los beneficiarios de la Orden citada el apoyo y los instrumentos necesarios para que desempeñen el papel que les corresponde en dicho proceso. De igual forma, se considera imprescindible que los potenciales beneficiarios previstos para las distintas fases cuenten con la posibilidad de presentar las presolicitudes y solicitudes en los plazos señalados en las fases sucesivas, con el fin de que el apagón analógico no les afecte como consecuencia de la limitación de los plazos inicialmente previstos en la Orden reguladora.

Teniendo en cuenta lo expuesto y para facilitar el logro de los objetivos mencionados, de conformidad con los artículos 14.2 y 16.3 de la Orden reguladora.

RESUELVO

Primero. Plazo de presentación.

Las presolicitudes y las solicitudes de incentivo correspondientes a centros ubicados en municipios englobados en las distintas fases del programa de incentivos, podrán presentarse dentro de los plazos previstos en la Orden reguladora para la presentación de presolicitudes y solicitudes de incentivo correspondientes a las fases sucesivas.

Segundo. Presentación de presolicitudes y solicitudes de incentivo.

Tanto las presolicitudes como las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía y deberán presentarse telemáticamente ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía.

Tercero. Efectos.

La presente Resolución será publicada de acuerdo con lo previsto en los artículos 14.2 y 16.3 de la referida Orden de 12 de mayo de 2009 y producirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de julio de 2009.- El Director General, Jacinto Cañete Rolloso.

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