Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 24/07/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 13 de julio de 2009, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la provisión de plazas de ayudantes, IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de Sevilla.

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Conforme a lo dispuesto en el IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de Sevilla y con el fin de posibilitar la continuidad de la carrera docente e investigadora de los becarios de investigación, la Universidad de Sevilla, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Universidades y de acuerdo con lo establecido en su propio Estatuto, convoca Concurso Público de Méritos para la provisión de las plazas de Ayudantes que se relacionan en el Anexo I de esta convocatoria.

El presente concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la LO 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior y disposiciones de desarrollo, en la Ley 15/2003 de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades y en el Estatuto de la Universidad de Sevilla, desarrollados por la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados (aplicación de los Acuerdos 4.6.1/CG 16.7.04 y 4.6.2/CG 16.7.04 que modifican los Acuerdos 4.3.3/JG12-7-96, 7.1/JG 19.7.01 y 3.5/CG 30.9.03) aprobada en sesión del Consejo de Gobierno del día 16 de julio de 2004, y en las siguientes bases:

1.ª Requisitos de los aspirantes.

1.1. Podrán concurrir al presente concurso quienes, teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos generales exigidos por la legislación vigente (Ley 6/2001 de Universidades y 4/2007 por la que se modifica la anterior, Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público y demás normas que sean de aplicación y se encuentren actualmente en el cuarto año de disfrute de una beca de investigación (beca FPI, FPU, Plan Propio de la Universidad de Sevilla o Fundación Cámara) o Contrato o que hayan terminado su periodo de cuatro años como becario de investigación o contratado con posterioridad al 30.9.07.

1.2. Los aspirantes deberán poseer un conocimiento adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada, declarándose nulo el contrato si se demostrara lo contrario.

2.ª Presentación de solicitudes.

2.1. La solicitud se efectuará mediante instancia-currículum por duplicado debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Sevilla, que se facilitará gratuitamente a los interesados en el Registro General de esta Universidad y en la página web (Anexo II).

2.2. A dicha solicitud, los interesados adjuntarán documentalmente justificados y por duplicado, cuantos méritos estimen oportunos en orden a la adjudicación de la plaza a la que concursen, incluida la solicitud de reconocimiento de mérito preferente (art. 48 de la LOU y 64 de la LAU), en su caso. Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes no se admitirán nuevos méritos.

Dichos méritos deberán ser numerados en el orden correspondiente que figura en la instancia-currículum, al objeto de su comprobación e identificación por este Rectorado.

2.3. La titulación requerida se acreditará mediante fotocopia compulsada del título correspondiente, o, en su caso, del justificante de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones extranjeras, deberá acreditarse la correspondiente homologación. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar que les ha sido concedido el reconocimiento del título exigido, de conformidad con lo dispuesto en el R.D. 1665/1991 de 25 de octubre (BOE de 22 de noviembre), desarrollado por la Orden de 23 de enero de 1995 (BOE del 28).

Se entenderá que cumplen los requisitos fijados en la base 1.2:

a) Quienes estén en posesión de un título universitario español oficial.

b) Quienes estén en posesión de un título expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculta en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.

c) Quienes cumplan las condiciones fijadas en el artículo 16.2 del R.D. 1393/2007, de 29 de octubre. En estos casos, se solicitará informe a la Comisión de Doctorado, siendo la admisión condicionada a dicho informe.

d) Quienes hayan sido admitidos para cursar estudios de Doctorado.

Para acreditar haber sido admitidos en los estudios de Doctorado deberán aportar justificante de la matrícula de admisión.

2.4. Las solicitudes deberán dirigirse al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, y se presentarán en el Registro General de esta Universidad, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2.5. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Sevilla, la cantidad de 20 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse a través de la entidad bancaria Santander Central Hispano, en la cuenta número 0049.2588.71.2114241655 (en caso de transferencia bancaria, se deberán añadir los siguientes dígitos: 751), a nombre de «Universidad de Sevilla», haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI y número de la plaza a la que se concursa. A la instancia-currículum se adjuntará el justificante acreditativo original del pago de los derechos. La falta de dicho justificante determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

2.6. La acreditación de los servicios prestados se hará mediante certificación que deberá de solicitarse en el Servicio de Personal Docente de esta Universidad, en el supuesto de servicios prestados en la misma. Por lo que respecta a la actividad docente, la certificación se solicitará en el Servicio de Ordenación Académica.

En el supuesto de servicios prestados en otra Universidad, la acreditación deberá justificarse mediante certificación expedida por el Secretario General de la misma en la que se haga constar la efectiva impartición de la docencia y que el contrato ha sido obtenido por concurso, o por cualquier medio de prueba admisible en derecho que permita constatar de forma fehaciente las circunstancias indicadas.

2.7. El mérito preferente deberá se justificado mediante fotocopia compulsada de las correspondientes credenciales o, en su caso, fotocopia del BOE o BOJA.

2.8. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública, en los 20 días hábiles siguientes, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último caso, de la causa de exclusión o del reconocimiento del mérito preferente. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios de este Rectorado y a título informativo en la página web de esta Universidad. Contra esta Resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles.

Cuando algún interesado no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados, se le requerirá a través del tablón de anuncios de este Rectorado para que lo haga en el plazo de diez días hábiles, a partir de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, según dispone el art. 76 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si estos no fueran aportados en el indicado plazo, no podrán ser considerados por la Comisión juzgadora del concurso.

Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes excluidos y efectuada la subsanación de documentación, en su caso, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos, por el procedimiento anteriormente mencionado, así como la relación de aspirantes a los que se le reconoce el mérito preferente.

3.ª Resolución del concurso.

3.1. Los méritos de los candidatos serán valorados conforme al baremo general que se anexa a la presente convocatoria (Anexo III).

3.2. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por la Comisiones de Contratación constituidas de conformidad con el artículo 90 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.

El mes de agosto se considera inhábil a efectos de actuación de las Comisiones.

3.2.1. El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran alguna de las causas previstas en el artículo 28 de Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. En estos casos, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.

3.2.2. Dichas Comisiones, una vez constituidas, harán público en los tablones de anuncios del Departamento y del Centro el baremo específico mediante el cual y junto con el baremo general juzgarán los méritos de los aspirantes. Dicho baremo especifico será notificado al Servicio de Programación Docente para su archivo y publicidad en el portal electrónico de la Universidad, conforme a lo dispuesto en la normativa de contratación (art. 1.7.2). En todo caso, se hará público antes de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos.

3.3. En el plazo máximo de 20 días hábiles desde la recepción de la documentación, las Comisiones, que se abstendrán de publicar las Actas, resolverán el concurso. Los Presidentes de las Comisiones deberán remitir al Servicio de Programación Docente la propuesta de adjudicación al día siguiente de haber sido resuelto el concurso, acompañando:

a) Actas debidamente cumplimentadas de las sesiones realizadas por la Comisión de Contratación en papel, conforme a lo establecido en el artículo 1.11 de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados.

b) Acta final debidamente cumplimentada, conteniendo propuesta de adjudicación, en papel y en el soporte informático BACO.

c) La documentación aportada al concurso por el/los candidato/s propuesto/s. El resto de la documentación presentada por los otros candidatos quedará depositada en el Departamento correspondiente. Toda esta documentación podrá devolverse a los interesados si estos así lo solicitan una vez finalizado el proceso del concurso, y siempre que no se haya interpuesto recurso. La documentación depositada en la Unidad de concursos deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de dos meses desde la resolución del concurso. Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Dirección Técnica del Área de Personal Docente, Rectorado, C/San Fernando, 4, 41004, Sevilla.

El Acta final será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico de la Universidad. Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los adjudicatarios de los contratos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5.b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que no se efectuará notificación personal alguna.

Contra estas propuestas los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Rector de esta Universidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación.

4.ª Duración de los contratos.

4.1. Iniciación:

4.1.1. Los efectos de iniciación del contrato serán desde la fecha de formalización del mismo, que deberá efectuarse en el plazo de 8 días naturales, contados desde la fecha de publicación de la propuesta de adjudicación de la plaza. En el caso de que el adjudicatario de la plaza no se persone en dicho plazo para la firma del contrato en el Servicio de Gestión de Personal Docente, se entenderá que renuncia al mismo.

4.1.2. De conformidad con lo dispuesto en el artª. 10 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, quienes estén ocupando un puesto de trabajo en el sector público que resulte incompatible con el contrato adjudicado, habrán de optar por uno de los dos dentro del plazo establecido para la firma de dicho contrato. Si optaran por éste, habrán de aportar la solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando. A falta de opción en el plazo señalado se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el anterior.

4.1.3. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios aportarán:

a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.

b) Solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando, en su caso.

c) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.6 del R.D. 864/2001 de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformado por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, y 11/2003, de 29 de septiembre.

d) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

4.1.4. No se admitirá la retroactividad de efectos económicos, en ningún caso.

4.2. Terminación: El contrato tendrá una duración de cinco años, improrrogables.

5.ª Régimen de dedicación del profesorado.

La finalidad principal del contrato será la de completar la formación docente e investigadora del ayudante. Los ayudantes colaborarán en tareas docentes de índole práctica hasta un máximo de 60 horas anuales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 13 de julio de 2009.- El Rector, Joaquín Luque Rodríguez.

ANEXO I

CONCURSO PÚBLICO DE MéRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS DE AYUDANTES IV PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Núm. de Orden DEPARTAMENTO DE BIOLOGÍA VEGETAL Y ECOLOGÍA

ÁREA DE ECOLOGÍA (220)

05/1/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE BIOQUÍMICA VEGETAL Y BIOLOGÍA MOLECULAR

ÁREA DE BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR (062)

05/2-3/09 - 2 Ayudantes (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS II

ÁREA DE CONSTRUCCIONES ARQUITEC- TÓNICAS (111)

05/4/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO Y DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y RELACIONES INTERNACIONALES ÁREA DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y RELACIONES INTERNACIONALES (160)

05/5/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE DERECHO PENAL Y PROCESAL

ÁREA DE DERECHO PENAL (170)

05/6/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE DIDÁCTICA Y ORGA- NIZACIÓN EDUCATIVA

ÁREA DE DIDÁCTICA Y ORGANIZACIÓN ESCOLAR (215)

05/7/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE ELECTRÓNICA Y ELECTROMAGNETISMO

ÁREA DE ELECTROMAGNETISMO (247)

05/8/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE FARMACOLOGÍA

ÁREA DE FARMACOLOGÍA (316)

05/9/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍAS INTE- GRADAS

ÁREA DE FILOLOGÍA ITALIANA (350)

05/10/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE FÍSICA DE LA MATE- RIA CONDENSADA

ÁREA DE FÍSICA DE LA MATERIA CON- DENSADA (395)

05/11/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE HISTORIA ANTIGUA

ÁREA DE HISTORIA ANTIGUA (445)

05/12/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE HISTORIA DEL ARTE

ÁREA DE HISTORIA DEL ARTE (465)

05/13/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE HISTORIA MODERNA

ÁREA DE HISTORIA MODERNA (490)

05/14/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE HISTORIA, TEORÍA Y COMPOSICIÓN ARQUITECTÓNICAS

ÁREA DE COMPOSICIÓN ARQUITECTÓ- NICA (100)

05/15/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE LENGUA ESPAÑOLA, LINGÜÍSTICA Y TEORÍA DE LA LITERATURA

ÁREA DE LENGUA ESPAÑOLA (567)

05/16/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE MICROBIOLOGÍA

ÁREA DE MICROBIOLOGÍA (632)

05/17/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y BROMATOLOGÍA, TOXICOLOGÍA Y MEDI- CINA LEGAL

ÁREA DE NUTRICIÓN Y BROMATOLOGÍA (640)

05/18-19/09 - 2 Ayudantes (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE PERIODISMO I

ÁREA DE PERIODISMO (675)

05/20/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA EXPERIMENTAL

ÁREA DE PSICOBIOLOGÍA (725)

05/21/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

DEPARTAMENTO DE QUÍMICA ORGÁNICA

ÁREA DE QUÍMICA ORGÁNICA (765)

05/22/09 - 1 Ayudante (T.C.)

P.D. Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

ANEXO III

BAREMO GENERAL PARA LA CONTRATACIÓN DE AYUDANTES

I (40) + II (12) + III (30) + IV (8) + V (10) = 100
I. RENDIMIENTO ACADÉMICO. Máximo: 40 puntos.
II. ACTIVIDAD DOCENTE. Máximo: 12 puntos.
III. ACTIVIDAD INVESTIGADORA. Máximo: 30 puntos.
IV. OTROS MÉRITOS. Máximo: 8 puntos.
V. VALORACIÓN RAZONADA DEL DEPARTAMENTO. Máximo: 10 puntos.

I. RENDIMIENTO ACADÉMICO. Máximo: 40 puntos.

1) Expediente académico. Máximo: 21 puntos.

(e-1) x 7, donde e indica la nota media del expediente académico, expresada con dos decimales.

La nota media se obtiene del siguiente modo:

1.1) Planes de estudios estructurados en créditos: sumando los productos de los créditos correspondientes a cada asignatura por el valor de su calificación, y dividiendo la suma por el número total de créditos obtenidos.

1.2) Planes de estudio no estructurados en créditos: dividiendo la puntuación total obtenida1 por el número de asignaturas cursadas.

2) Cursos de Tercer Ciclo. Máximo: 6 puntos.

2.1) Normativa actual:

(Calificación global del período de docencia x 1) + (Calificación del período de investigación x 1).

2.2) Normativa anterior: nota media de los cursos de Doctorado x 2.

3) Tesis doctoral. Máximo: 11 puntos

3.1) Normativa actual:

3.1.1) Aprobado: 5 puntos.

3.1.2) Notable: 7 puntos.

3.1.3) Sobresaliente: 9 puntos.

3.1.4) Cum laude: 10 puntos.

3.1.5) Cum laude por unanimidad: 11 puntos.

¹Aprobado, 1; Notable, 2; Sobresaliente, 3; Matricula de Honor, 4.

²Aprobado, 1; Notable, 2; Sobresaliente, 3.

³Aprobado, 1; Notable, 2; Sobresaliente, 3. La nota media se obtiene dividiendo la puntuación total por el número de cursos; se expresa con dos decimales.

3.2) Normativa anterior:

3.2.1) Apto: 6 puntos

3.2.2) Cum laude: 10 puntos

3.2.3) Cum laude por unanimidad: 11 puntos

4) Premios académicos. Máximo: 2 puntos.

4.1) Premio Extraordinario de Licenciatura: 1 punto.

4.2) Premio Extraordinario de Doctorado: 1 punto.

II. ACTIVIDAD DOCENTE. Máximo: 12 puntos

Se valorará la actividad reglada desarrollada en Facultades, Escuelas Técnicas Superiores o Escuelas Universitarias, de acuerdo con los datos que consten en los Planes de Organización Docente de los Departamentos. En este Apartado II se valorará un máximo de 5 años de actividad; el resto, si lo hubiere, se computará en el Apartado IV (Otros méritos). En ningún caso se tendrá en cuenta la docencia impartida en virtud de contratos excepcionales o de sustitución. La docencia de los becarios FPI y asimilados será valorada como la de Profesores Asociados a 3 horas, siempre que conste en los Planes de Organización Docente.

Por cada año: dedicación horaria del contrato x 0,3.

III. ACTIVIDAD INVESTIGADORA. Máximo: 30 puntos.

1) Libros.

Hasta 6 puntos por cada uno.

2) Capítulos de libros.

Hasta 2 puntos por cada uno.

3) Artículos publicados en revistas científicas.

Hasta 3 puntos por cada uno.

4) Participación en proyectos de investigación financiados y ejecutados.

Hasta 1,5 puntos por cada uno.

5) Pertenencia a grupos de investigación.

Máximo: 1 punto.

6) Estancias en centros de investigación.

Máximo: 5 puntos.

7) Participaciones en congresos o reuniones científicas.

Hasta 4 puntos.

- Ponencia: 2 puntos.

- Comunicación: 0,5 puntos.

- Edición de actas: 1 punto.

8) Ser o haber sido becario de FPI o asimilado.

2,5 puntos por año completo.

9) Otros méritos investigadores.

Hasta 5 puntos.

IV. OTROS MÉRITOS: Máximo: 8 puntos.

Becas de colaboración: hasta 2 puntos.

Alumno interno: hasta 1 punto.

Colaboradores honorarios : hasta 1 punto.

Becas de postgrado: hasta 2 puntos.

Conocimiento de idiomas relevantes

para la investigación: hasta 2 puntos.

Prácticas tuteladas externas: hasta 2 puntos.

Actividades de libre configuración

impartidas: hasta 2 puntos.

Premios oficiales o prestigiosos: hasta 1 punto

por cada uno.

Otras titulaciones académicas: hasta 2 puntos.

Cursos de especialización

(Máster, Experto, etc.): hasta 4 puntos.

Asistencia a cursos, congresos o

reuniones científicas: hasta 2 puntos.

Actividad docente universitaria no valorada en el Apartado II: hasta 4 puntos.

Actividad docente no universitaria: hasta 4 puntos.

Tesina o trabajo de investigación: hasta 3 puntos, según su calificación.

Otros méritos: hasta 2 puntos.

V. VALORACIÓN RAZONADA Máximo: 10 puntos.

DEL DEPARTAMENTO

Este Apartado expresa la adecuación de los méritos de cada uno de los concursantes al perfil de la plaza. La puntuación del Departamento se incorpora a la Comisión de Contratación.

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