Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 24/07/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 10 de julio de 2009, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se conceden y deniegan subvenciones en materia de deporte a distintas Entidades Locales o sus organismos autónomos para la modalidad 4 (FDL) Fomento del Deporte Local, correspondiente a la convocatoria de 2009.

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Examinados los expedientes administrativos correspondientes a las solicitudes de subvención arriba consignadas, se constatan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que sirven de motivación a la decisión final que se adopta.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte (BOJA núm. 239, de 13 de diciembre), modificada por la Orden de 28 de junio de 2007, (BOJA núm. 134, de 9 de junio) por la Orden de 27 de noviembre de 2007 (BOJA núm. 243, de 12 de diciembre) y por la Orden de 23 de diciembre de 2008 (BOJA núm. 4, de 8 de enero), se regula la Modalidad 4 (FDL) Fomento del Deporte Local, y se efectúa su convocatoria.

Segundo. Que en relación con las solicitudes formuladas por las Entidades Locales relacionadas en los Anexos I y II de esta Resolución, se ha instruido el correspondiente procedimiento con los trámites establecidos en la citada normativa reguladora para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, comprobado el cumplimiento de los requisitos, especialmente los señalados en el art. 3 de la Orden, así como los conceptos subvencionables del art. 41 y la documentación aportada. Igualmente se han tenido en cuenta los criterios de valoración expresados en los arts. 11 y 42 de la citada Orden, así como las disponibilidades presupuestarias.

Tercero. Las solicitudes formuladas por las Entidades Locales relacionadas en el Anexo III de esta Resolución, no reúnen los requisitos o no cumplen las condiciones necesarias para ser beneficiarias de las subvenciones solicitadas, por las causas que se indican en el citado Anexo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. De conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías y en el Decreto 119/2008, de 29 de abril, modificado por el Decreto 173/2009, de 19 de mayo, sobre estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, respectivamente, esta Consejería tiene atribuidas las competencias de Fomento del Deporte. La competencia para resolver el presente procedimiento de concesión de subvención corresponde al Delegado Provincial de la Consejería, por delegación del Consejero con base en el artículo 16.3 de la citada Orden de 9 de noviembre de 2006.

Segundo. La solicitud de la subvención y la tramitación del correspondiente expediente se han ajustado a lo dispuesto en los preceptos con carácter de legislación básica de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los artículos 103 y siguientes de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Reglamento que regula los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, en la citada Orden de 9 de noviembre de 2006 y demás normativa de aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas en el artículo 16.3 de la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de Deporte,

RESUELVO

Primero. Concesión/Denegación.

1.1. Conceder una subvención a cada una de las Entidades Locales y Organismos Autónomos que aparecen relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución, por el importe y para las actividades que en el mismo se indican para cada Entidad Local beneficiaria.

1.2. Denegar las subvenciones formuladas por las Entidades Locales relacionadas en el Anexo II de esta Resolución, por falta de disponibilidad presupuestaria.

1.3. Denegar las subvenciones formuladas por las Entidades Locales relacionadas en el Anexo III, por no reunir las condiciones y requisitos exigidos que en dicho anexo se detallan.

Segundo. El plazo de ejecución de la actividad subvencionada será el año natural o la temporada deportiva, a elección del interesado, según lo indicado en el proyecto deportivo presentado junto a su solicitud y aceptado por la Delegación.

Tercero. El pago de la subvención se realizará con cargo al concepto presupuestario 460.01. del programa 46B, de conformidad con el art 5.1 de la Orden reguladora, y en función de las disponibilidades presupuestarias.

De acuerdo con el art. 18.1 de la Orden reguladora, el abono de las subvenciones se efectuará en un solo pago una vez justificadas la realización de las acciones subvencionadas y el gasto total de las mismas aunque la cuantía de la ayuda sea inferior.

No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 32.4 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, sin justificación previa se podrá anticipar un primer pago de hasta el 75% del importe de la ayuda concedida, tras la firma de la resolución de concesión, abonándose la cantidad restante, una vez justificados los pagos anteriores, previa presentación por el beneficiario de los documentos justificativos del empleo de la subvención, y tras comprobación técnica y documental de su actividad, excepto en los supuestos en que el importe de aquellas sea igual o inferior a seis mil cincuenta euros (6.050 €), en cuyo caso podrá anticiparse el 100% de la subvención.

Cuarto. En cuanto a la Justificación de la subvención, esta se realizará, de acuerdo con lo preceptuado por el art. 20 de la Orden, en forma de Cuenta Justificativa del Gasto, para lo que el beneficiario deberá presentar, en el plazo citado en el punto 6.º, los justificantes del cumplimiento de la finalidad para la cual se concedió la subvención y del gasto total de la actuación subvencionada, aún en el caso de que la cuantía de la ayuda sea inferior.

Las facturas justificativas se presentarán en documentos originales o copias autenticadas, numeradas y ordenadas por cada uno de los conceptos subvencionados, acompañadas de una Memoria explicativa de las actividades realizadas, con el contenido previsto en el art. 8.4.b) de la Orden.

El importe de la documentación justificativa deberá corresponderse con el presupuesto aceptado de la actividad.

Quinto. Siempre que se hubiera alcanzado el objetivo o finalidad perseguida, si no se justificara debidamente el total de la actuación subvencionada, deberá reducirse el importe de la subvención concedida, aplicando el porcentaje de financiación sobre la cuantía de los justificantes no presentados o no aceptados.

Sexto. Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la finalización de la actividad, o bien desde la publicación de esta Resolución en los casos en que la actividad se hubiera realizado con anterioridad.

Séptimo. Los beneficiarios estarán sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas, con carácter general, en el art. 21 de la Orden de 9 de noviembre de 2006 y en las demás normas de aplicación.

En particular, y de acuerdo con el apartado 5 del artículo 3.º de la Orden reguladora, las Entidades Locales beneficiarias quedan exceptuadas de la obligación de acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y que no son deudoras en período ejecutivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía por cualquier otro ingreso de Derecho Público.

Octavo. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, siendo competente para resolver dichas incidencias la persona titular de esta Delegación Provincial.

Asimismo, por razones justificadas y debidamente acreditadas, la entidad beneficiaria podrá solicitar del órgano concedente la modificación de la resolución de concesión, incluida la ampliación de los plazos de ejecución y justificación antes de que finalice el plazo inicialmente establecido, sin que en ningún caso pueda variarse el destino de la subvención, ni alterar la actividad, programa o actuación subvencionada, ni elevar la cuantía de la subvención que figure en la resolución de concesión inicial.

Noveno. La entidad beneficiaria de la subvención deberá hacer constar la colaboración de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en todos los actos y promociones que realicen de las actividades deportivas subvencionadas, mediante la inclusión en los mismos del logotipo de la citada Consejería, el cual puede obtenerse en la siguiente cuenta de correo electrónico: imagencorporativa.ctcd@juntadeandalucia.es.

Décimo. Además de los casos de nulidad y anulabilidad previstos en el artículo 36.º de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, procederá el Reintegro o Compensación de las cantidades percibidas, y el correspondiente interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del mismo, en los casos previstos en el artículo 23.º de la citada Orden de 9 de noviembre de 2006.

Undécimo. La notificación de esta Resolución se hará mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por lo que los plazos establecidos en la misma se contarán a partir del día de dicha publicación.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, Requerimiento de Anulación en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o, directamente y en el mismo plazo, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en virtud de los establecido en el art. 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Córdoba, 10 de julio de 2009.- El Delegado, Juan Torres Aguilar.

ANEXO I
Exp. ENTIDAD LOCAL
CIF
ACTUACIÓN SUBVENCIONADA INVERSIÓN
PRESUP. (
SUBVENCIÓN TOTAL SUBV.
% sobre
Inversión
Importe
(
001 AGUILAR DE LA FRONTERA, Ayto. de
P1400200J
Actividad física para mayores 20.000,00 25 5.000,00
5.000,00
003 ALMEDINILLA, Ayto. de
P1400400F
Encuentros deportivos escolares 4.500,00 44,44 2.000,00
2.000,00
005 AÑORA, Ayto. de
P1400600A
Programas deportivos municipales en la 3ª edad 3.020,00 57,95 1.750,00
1.750,00
006 BAENA , Ayto. de
P1400700I
Programa de deporte en edad escolar
Programa de juegos físico-deportivos para discapacitados
8.375,00 38,29
25
3.206,50
5.206,50
008 BELMEZ, Ayto. de
P1400900E
Actividades deportivas escolares (Liga voleibol) 3.000,00 66,67 2.000,00
2.000,00
009 BENAMEJÍ , Ayto. de
P1401000C
Competiciones de escuelas deportivas
Gimnasia de mantenimiento mayores
2.500,00 60
100
1.500,00
2.000,00
011 BUJALANCE, Ayto. de
P1401200I
Programas deportivos municipales adaptados y de integración 11.500,00 26,09 3.000,00
3.000,00
012 CAÑETE DE LAS TORRES, Ayto. de
P1401400E
Campeonato local fútbol sala, voley, pin, pon y liga de tenis
3.500,00

42,86

1.500,00

1.500,00
014 CARPIO, EL , Ayto. de
P1401800F
Escuela de natación adaptada 1.200,00 100
1.200,00
1.200,00
015 CASTRO DEL RÍO , Ayto. de
P1401900D
Programas deportivos municipales en la 3ª edad 21.186,00 11,80
2.500,00
2.500,00
016 DIPUTACIÓN PROV. DE CÓRDOBA
P1400000D
V Campaña 09 “La provincia en juego” 50.000,00 70 35.000,00
35.000,00
017 DOÑA MENCÍA , Ayto. de
P1402200H
Natación terapéutica (discapacitados) 3.177,90 62,93 2.000,00
2.000,00
018 DOS TORRES, Ayto.
P1402300F
Actividades para mayores (natación) 1.200,00 70 840,00
840,00
021 ESPEJO , Ayto. de
P1402500A
Cursos de natación para la 3ª edad 8.900,00 33,71 3.000,00
3.000,00
022 FERNÁN NÚÑEZ, Ayto. de
P1402700G
Deporte y 3ª edad 3.722,55 53,73 2.000,00
2.000,00
024 FUENTE TOJAR, Ayto. de
P1403100I
Programa Deportivo municipal para personas mayores (mantenimiento) 2.400,00 37,50 900,00
900,00
025 GUIJARROSA, E.L.A. de
P1400041H
Liga fútbol sala 925,00 100 925,00
925,00
026 HINOJOSA DEL DUQUE, Ayto. de
P1403500J
Juegos deportivos municipales 1.050,00 52,38 550,00
550,00
027 HORNACHUELOS Ayto de
P1403600H
Gimnasia de mantenimiento para la 3ª edad 2.530,00 49,41 1.250,00
810,00
028 I.M.D. DE CÓRDOBA
Q1400518E
Juegos deportivos municipales
Intervención deportiva integral (enero-septiembre)
123.962,00 12,10
10,52
15.000,00
25.000,00
029 IZNÁJAR, Ayto. de
P1403700F
Actividades dirigidas a personas mayores 1.150,00 75 862,50
862,50
031 MANCOMUNIDAD DE LA CAMPIÑA SUR CORDOBESA
P6404201C
Muévete, aprendemos jugando 4.922,00 60,95 3.000,00
3.000,00
032 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LOS PEDROCHES
P6400601H
Juegos deportivos comarcales y provinciales 15.600,00 22,73 4.000,00
4.000,00
034 MANCOMUNIDAD DEL GUADAJOZ CAMPIÑA ESTE
P1400011A
Deporte adaptado 1.875,00 26,75 1.500,00
1.500,00
035 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS VALLE DEL GUADIATATO
P14000010C
Juegos deportivos comarcales 8.315,60 48,10 4.000,00
4.000,00
036 MANCOMUNIDAD DE LA SUBBÉTICA
P1400006A
Fomento del deporte escolar- juegos deportivos comarcales 3.666,00 49,10 1.800,00
1.800,00
037 MONTILLA , Ayto. de
P1404200F
Deporte en edad escolar-XXI juegos deportivos municipales
Actividad física adaptada
10.280,00 43,77
37,20
4.500,00
6.000,00
039 MONTURQUE, Ayto. de
P1404400B
Yoga para mayores 2.500,00 80 2.000,00 2.000,00
040 MORILES, Ayto de
P1404500I
Programas deportivos discapacitados piscina municipal 3.000,00 60 1.800,00
1.800,00
041 NUEVA CARTEYA Ayto de
P1404600G
Juegos deportivos municipales en edad escolar 2009 8.600,00 50 4.300,00
4.300,00
043 P.D.M.DE LUCENA
G14329411
Juegos deportivos municipales 15.341,00 65,18 10.540,00
10.540,00
044 P.D.M. PALMA DEL RÍO
G14064588
Juegos deportivos municipales (enero-septiembre)
Actividad física para personas mayores (enero-septiembre)
6.525,00 91,95
51,78
6.000,00
10.500,00
045 P.M.D. DE CABRA
P1400020B
Juegos deportivos municipales escolares 8.000,00 75 6.000,00
6.000,00
046 PEDRO ABAD, Ayto. de P1405000I Actividades deportivas municipales 770,00 100 770,00
770,00
049 POSADAS , Ayto.de
P1405300C
Juegos deportivos municipales 1.987,16 41,92 833,00
833,00
050 POZOBLANCO, Ayto. de
P1405400A
Juegos deportivos municipales
Fútbol 7 por la integración (enero-septiembre)
40.650,00 14,76
45,45
6.000,00 8.000,00
051 PRIEGO DE CÓRDOBA , Ayto. de
P1405500H
Juegos deportivos municipales (enero-septiembre)
Programa deportivo municipal 3ª edad
24.000,00 31,25
25
7.500,00
10.500,00
052 PUENTE GENIL, Ayto. de
P1405600F
Juegos deportivos municipales (enero-septiembre)
Programas deportivos grupos de especial atención (enero-septiembre)
9.667,50 72,41
31,24
7.000,00
10.500,00
053 RAMBLA LA, Ayto. de P1405700D Juegos deportivos municipales 6.600,00 53,03 3.960,00
3.960,00
054 SAN SEBASTIÁN DE LOS BALLESTEROS, Ayto. de
P1405900J
Acondicionamiento físico personas mayores 900,00 77,78 700,00
700,00
055 SANTAELLA , Ayto. de P1406000H Juegos deportivos municipales 4.600,00 65,22 3.000,00
3.000,00
056 TORRECAMPO, Ayto. de P1406200D Actividades para la 3ª edad (natación) 1.182,00 100 1.182,00
1.182,00
058 VICTORIA LA, Ayto. de P1406500G Cursos de natación para la 3ª edad 6.438,50 31,06 2.000,00
2.000,00
059 VILLA DEL RÍO, Ayto. de P1406600E Programa deportivo para personas con discapacidad 7.300,00 41,10 3.000,00
3.000,00
060 VILLAFRANCA DE CÓRDOBA, Ayto. de P1406700C Juegos deportivos municipales escolares 2009 5.200,00 28,85 1.500,00 1.500,00
061 VILLAHARTA, Ayto. de P1406800A Gimnasia acuática para mayores 1.190,00 100 1.190,00
1.190,00
068 MANCOMUNIDAD COMARCA
CORDOBESA ALTO GUADALQUIVIR P1400046G
Juegos deportivos comarcales en edad escolar y juvenil 9.460,00 42,28 4.000,00 4.000,00
069 VILLANUEVA DEL DUQUE, Ayto. de
P1407000G
Curso de aeróbic para mayores 1.200,00 100 1.200,00
1.200,00
ANEXO II
Exp. CIF ENTIDAD LOCAL ACTUACIÓN
002 P1400300H ALCARACEJOS, Ayto. de ACTIVIDADES DEPORTIVAS 2009
013 P1401600J CARDEÑA , Ayto. de COMPETICIONES LOCALES DE FÚTBOL 7, FÚTBOL SALA Y MINIWATERPOLO
066 P1400029C CASTIL DE CAMPOS, E.L.A.,de FOMENTO DEL DEPORTE LOCAL 2009
ANEXO III
Exp. CIF ENTIDAD LOCAL ACTUACIÓN CÓDIGO CAUSA
004 P1400500C ALMODÓVAR DEL RÍO, Ayto de JUEGOS/ENCUENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES DE FÚTBOL 7 001
007 P1400800G BELALCÁZAR, Ayto. de XXI CARRERA POPULAR VILLA DE BELALCAZAR 001
010 P1401100A BLÁZQUEZ LOS, Ayto. de UN VERANO DEPORTIVO 2009 001
065 P1402000B CONQUISTA, Ayto. de EVENTOS DEPORTIVOS 001
019 P1400005C ENCINAREJO, E.L.A. de ACTIVIDADES DEPORTIVAS 001
020 P1402400D ENCINAS REALES, Ayto. de AYUDA A LA CONTRATACIÓN DE TÉCNICOS DEPORTIVOS EN SECTORES DESFAVORECIDOS 001
023 P1403000A FUENTE PALMERA, Ayto. de NATACIÓN TERAPÉUTICA PARA MAYORES 003
067 P1403200G LA GRANJUELA, Ayto. de ENCUENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES 2009 001
030 P1403900B LUQUE, Ayto. de VI JORNADAS MUEVE TUS PIES 001
033 H14407597 MANCOM. DE MUNICIPIOS VEGA DEL GUADALQUIVIR, PROGRAMA DINAMIZACIÓN IES “VEGA DEL GUADALQUIVIOR” 001
038 P1404300D MONTORO, Ayto. de MONTORO ES DEPORTE 001
042 P1404700E OBEJO, Ayto. de SENDERISMO Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN JAEN Y SIERRA MÁGINA 001
047 P1505100G PEDROCHE, Ayto. de ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS 001
048 P1405200E PEÑARROYA-PUEBLONUEVO, Ayto. ACTIVIDADES DEPORTIVAS 2009. 001
057 P1406400J VALSEQUILLO, Ayto. de PROGRAMA DEPORTIVO EN EDAD ESCOLAR, TALLER DE DEFENSA PERSONAL 001
062 P1407100E VILLANUEVA DEL REY, Ayto. de ACTIVIDADES FISICO-DEPORTIVAS AL ALCANCE DE TODOS/AS 001
063 P1407300A VILLAVICIOSA, Ayto. de FOMENTO DEL DEPORTE LOCAL EN EDAD ESCOLAR 001
064 P1407500F ZUHEROS, Ayto. de III JUEGOS ESCOLARES 001
LISTADO DE CÓDIGOS DE CAUSAS DEL ANEXO III
Núm.
código
Descripción de la causa de denegación de la subvención
000 Solicitud extemporánea.
001 Actuación no comprendida entre los conceptos subvencionables.
002 El solicitante no reúne los requisitos para ser beneficiario. Art. 2.d) de la Orden reguladora.
003 Desistimiento o renuncia voluntaria del solicitante.
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