Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 28/07/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Ayuntamientos

Anuncio de 14 de julio de 2009, del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, de bases para la selección de una plaza de Ayudante Técnico de Biblioteca OPE-2006.

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EDICTO

Don Antonio Gutiérrez Limones, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra,

Hace saber: Por la Junta de Gobierno Local de fecha 8 de junio de 2009, se ha acordado la aprobación de las bases de la convocatoria para proveer en propiedad mediante el sistema de concurso oposición por promoción interna, una plaza de Ayudante Técnico de Biblioteca OPE-2006, tal como figura en el Anexo que se acompaña.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Alcalá de Guadaíra, 14 de julio de 2009.- El Alcalde, Antonio Gutiérrez Limones.

BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE AYUDANTE TÉCNICO DE BIBLIOTECA DE LA OPE-2006

1. Introducción.

Se convoca para su cobertura mediante nombramiento como Funcionario de carrera, una plaza de Ayudante Técnico de Biblioteca que figuran en el Anexo de estas bases generales y que se encuentra incluida en la Oferta Pública de Empleo para el año 2006.

Dicha plaza pertenece a la Escala y Subescala que se indica, y se encuentra dotada con los haberes correspondientes al Grupo que igualmente se especifica.

La elección del sistema de selección se basa en lo establecido en el art. 172.3 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de Abril, que aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local, que dispone que: «El ingreso en la Subescala de Servicios Especiales se hará por oposición, concurso o concurso-oposición libre, según acuerde la Corporación respectiva» y el art. 23 del Reglamento del Personal Funcionario establece que: «El ingreso en la Subescala de Servicios Especiales se hará por concurso-oposición», y al considerarse que las características de las plazas que se pretenden cubrir aconseja la utilización del concurso-oposición por tratarse de una plaza que está incluida dentro de la Subescala de Servicios Especiales y los funcionarios pertenecientes a la misma son los que desarrollan tareas que requieren una aptitud específica y para cuyo ejercicio no se exige, con carácter general, la posesión de títulos académicos o profesionales determinados, por ello, es necesario valorar no sólo los conocimientos técnicos sino la experiencia y cualificación profesional del aspirante, al no existir un título académico específico sobre los estudios que corresponden a una plaza de Ayudante Técnico de Biblioteca, lo que obliga necesariamente al conocimiento por el aspirante de las materias propias de su actividad, y ello sólo puede ser evaluado adecuadamente por un Tribunal Calificador a través del sistema de concurso-oposición.

2. Legislación aplicable.

Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, que aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y por el Reglamento de Funcionarios del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

3. Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española, de cualquiera de los países de la Unión Europea. Asimismo, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes, y los descendientes de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente podrán participar los nacionales de países incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título exigido en el Anexo correspondiente.

4. Solicitudes

4.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE del extracto de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, adjuntando la documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración en la fase de concurso. No serán tenidos en cuenta los méritos no alegados o insuficientemente justificados a juicio del Tribunal.

4.2. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, cantidad que podrá ser abonada en el Registro General de este Ayuntamiento o remitida por giro postal o telegráfico al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, Plaza del Duque, núm. 1, 41500, de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aún cuando sea impuesto por persona distinta.

5. Admisión de aspirantes.

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, quedando las mismas expuestas en el tablón de edictos. Un extracto de dicha resolución en el que se señalará el lugar en que quedan expuestas las relaciones de admitidos y excluidos, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.

Los aspirantes excluidos por defecto de forma podrán, en un plazo de 10 días hábiles, subsanar los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/92.

Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, se dictará resolución por la Alcaldía, aceptando o rechazando las reclamaciones y, elevando a definitiva la lista de admitidos y excluidos, que se hará publica en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos de la Corporación, contra la misma los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, o directamente Recurso ContenciosoAdministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Sevilla en el plazo de dos meses.

5.2. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, y en la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, en las pruebas selectivas previstas en esta convocatoria, serán admitidas las personas con minusvalías en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.

Las condiciones personales de aptitud para el ejercicio de las funciones correspondientes se acreditarán en su caso mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multiprofesional competente, que deberá ser emitido con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas.

Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones físicas y psíquicas en los casos de incompatibilidad con el desempeño de las tareas o funciones propias de las plazas a las que se opta, lo que habrá de acreditarse por los servicios médicos que designe el Ayuntamiento.

En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien, sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

5.3. La página web del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, cuya dirección es: http://www.ciudadalcala.com, facilitará información sobre la convocatoria del proceso selectivo y de cuantos actos se deriven del mismo.

6. Tribunal Calificador.

6.1. El Tribunal Calificador se constituirá bajo el principio de especialización y estará formado por los siguientes miembros:

Presidente: Un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra designado por la Junta de Gobierno Local.

Vocales:

1. Dos funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra designados por la Junta de Gobierno Local.

2. Un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra designado por la Junta de Gobierno Local a propuesta de la Junta de Personal, pero que intervendrá a título individual.

3. Un funcionario de carrera designado por la Junta de Gobierno Local a propuesta de la Junta de Andalucía, pero que intervendrá a título individual.

Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario de carrera del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra en quien delegue, que intervendrá a título individual y que actuará como Secretario del Tribunal.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario.

El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto de lo no contemplado en las mismas, dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quiénes actuarán con voz, pero sin voto.

Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Junta de Gobierno Local, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales por las mismas circunstancias.

7. Desarrollo de los ejercicios.

El lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo, así como la composición del Tribunal Calificador se anunciará, al menos, con quince días de antelación en el «Boletín Oficial» de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.

La actuación de los aspirantes se iniciará por la letra «W», conforme al resultado del sorteo efectuado por la Administración del Estado para las pruebas selectivas que se convoquen hasta la publicación del sorteo correspondiente al año 2010 (BOE de 5.2.09).

Los aspirantes serán convocados para cada uno de los ejercicios en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal.

En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes la acreditación de su personalidad así como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Comenzada por el aspirante la lectura de los ejercicios escritos, el Tribunal Calificador, transcurridos diez minutos, podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

8. Sistema de calificación.

Los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán obligatorios y eliminatorios y se calificarán, con hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios, al aspirante se le calificase con cero puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando por tanto eliminado.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de 0 a 10 puntos. La calificación de los ejercicios, será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros del Tribunal presentes entre el número de los mismos, despreciándose las notas máxima y mínima, cuando entre ambas exista una diferencia igual o superior a tres puntos.

En caso de que éstas fueran varias, se eliminará únicamente una de cada una de ellas.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

9. Propuesta de selección. Presentación de documentos. Nombramiento.

9.1. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación las relaciones de aspirantes seleccionados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar las mismas el número de plazas convocadas, y elevará al Presidente de la Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento.

La resolución del Tribunal vincula a la Administración Municipal, sin perjuicio de que ésta pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el art. 14.1 del R.D. 364/95 y mediante el procedimiento establecido en los art. 102 y siguientes de la Ley 30/92.

La decisión del Tribunal podrá ser impugnada mediante Recurso de Alzada ante la autoridad que haya nombrado al Presidente, en el plazo de un mes desde su publicación en el Tablón de Edictos de la Corporación.

9.2. Los aspirantes propuestos aportarán en las dependencias municipales de personal, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados en la forma indicada en la base 9.1, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base 3.1. de la Convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en los procesos selectivos. En este caso, el Presidente de la Corporación resolverá el nombramiento a favor del aspirante que, habiendo aprobado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediato inferior en el orden de calificación. De la misma forma actuará en caso de renuncia del aspirante propuesto.

Una vez resueltos los nombramientos por el Presidente de la Corporación, los aspirantes nombrados habrán de tomar posesión en el plazo de un mes. El nombramiento será publicado en el Boletín Oficial del Estado.

10. Norma final.

La convocatoria y sus bases serán publicadas en los Boletines Oficiales de la Provincia de Sevilla y de la Junta de Andalucía, y un anuncio de las mismas en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Sevilla, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO I

Denominación: Ayudante Técnico de Biblioteca.

Número de plazas: Una.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Cometidos Especiales.

Categoría: Técnico Medio.

Grupo: A2.

Sistema de selección: Concurso-oposición por promoción interna.

Titulación exigida: Diplomado Universitario o equivalente.

Derechos de examen: Tarifa I: 17,93 €.

Requisito adicional: Pertenecer a la plantilla del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra y contar con dos años de servicios como funcionario del Grupo C, Subgrupo C2 en la Subescala de procedencia.

Proceso selectivo.

Fase de concurso.

Será previa a la fase de oposición y se efectuará conforme al baremo de méritos.

Los méritos a valorar en esta fase en ningún caso podrán superar el 35% de la media que resulte de la puntuación máxima prevista en la fase de oposición.

1. Por poseer título académico relacionado con el puesto a que se concursa, a parte de la exigida para acceder al Cuerpo a que se pertenece, hasta un máximo de 1,5 puntos, en la forma siguiente:

- Titulación máxima dentro de la rama, profesión o especialidad 1,50 puntos.

- Segundo nivel de titulación con las características anteriores 0,75 puntos.

- Tercer nivel de titulación con las características anteriores 0,50 puntos.

A estos efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general y válidos a todos los efectos.

No se valorarán como méritos, títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

2. Por la participación en Cursos y Seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza convocada, hasta un máximo de 1,5 puntos en la forma siguiente:

- Cursos de 1 a 10 horas: 0,10 puntos.

- Cursos de 11 a 20 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

- Cursos de 101 a 200 horas: 1,00 punto.

- Cursos de 201 en adelante: 1,20 puntos.

Si el curso fuera impartido por un organismo oficial: Un 10% adicional a la puntuación otorgada.

En el caso que se hubiera efectuado pruebas calificadoras finales y éstas no se hubieran superado, no se valorará como mérito.

3. Experiencia profesional.

La experiencia se valorará hasta un máximo de 4 puntos en la forma siguiente:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Pública como Ayudante Técnico de Biblioteca: 0,06 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en la Empresa Privada como Ayudante Técnico de Biblioteca: 0,03 puntos.

4. Otros méritos.

Se valorarán, hasta un máximo de 0,50 puntos, otros méritos, tales como publicaciones, conferencias, cursos, seminarios, etc., siempre y cuando estén relacionados con las funciones asignadas al puesto a desempeñar.

Fase de oposición.

Constará de los siguientes ejercicios, puntuados de cero a diez, los cuales serán eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo dos horas, un tema de carácter general relacionado con el programa de la convocatoria, sin que necesariamente haya de responder a un epígrafe concreto del mismo. Este ejercicio será leído por los aspirantes en audiencia pública, valorándose especialmente el nivel de formación, el conocimiento de la materia, la claridad de exposición y la composición gramatical.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, dos temas elegidos al azar: Uno del grupo A y otro del grupo B del programa de materias, valorándose los conocimientos sobre los temas expuestos. Este ejercicio será leído por los aspirantes en audiencia pública.

Tercer ejercicio: Consistirá en la redacción en formato Marc, según programa Absys.net, del asiento bibliográfico con clasificación decimal universal y asignación de encabezamiento de materias de 4 documentos elegidos por el aspirante de entre los 8 propuestos por el tribunal. La duración de este ejercicio será de dos horas.

Este ejercicio será leído por los aspirantes en audiencia pública valorándose especialmente el conocimiento y la adecuada aplicación de la normativa vigente.

La calificación final se obtendrá de la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En los supuestos de empate en la calificación final, se resolverá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en los ejercicios de la oposición siguiendo el siguiente orden: segundo, tercero y primero.

Programa de materias.

Grupo A: Materias comunes.

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Vías de acceso a la autonomía. Competencias de la Comunidad Autónoma. Organización institucional.

Tema 3. Fuentes del derecho administrativo. La Ley sus clases. Reglamento. Sus clases y límites.

Tema 4. El acto administrativo. Clases. Elementos, requisitos y efectos. Motivación. Notificación y Publicación.

Tema 5. El administrado: capacidad y circunstancias modificativas de la misma. Derechos del administrado en el procedimiento administrativo.

Tema 6. El procedimiento administrativo común. Concepto. Regulación y principios generales. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 7. Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, desarrollo y terminación.

Tema 8. Los recursos administrativos: Concepto, clases y régimen jurídico.

Tema 9. El Municipio. Concepto y Elementos. Competencias del Municipio.

Tema 10. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 11. El personal servicio de la Administración Local: Clases y régimen jurídico.

Tema 12. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, Aprobación y Ejecución.

Grupo B: Materias específicas.

Tema 1. El Concepto actual de Biblioteca Pública.

Tema 2. Funciones y servicios de la Biblioteca Pública.

Tema 3. Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.

Tema 4. Plan de servicios bibliotecarios de Andalucía (2008-2011). finalidad y objetivos.

Tema 5. Las bibliotecas municipales en el Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.

Tema 6. Gestión y administración de las Bibliotecas Públicas.

Tema 7. La planificación bibliotecaria en el ámbito municipal. Concepto y elementos de un plan.

Tema 8. Estructura y configuración de una red municipal de bibliotecas públicas.

Tema 9. Características esenciales para un edificio de Biblioteca Pública.

Tema 10. Distribución general de los espacios en las Bibliotecas Públicas.

Tema 11. Tareas técnicas para el desarrollo de la colección. La selección.

Tema 12. Formas de incorporación de nuevos fondos. Adquisición, donación, canje.

Tema 13. Aspectos técnicos para la gestión y mantenimiento de la colección. Evaluación y expurgo

Tema 14. Análisis documental. Descripción y catalogación. Formato Marc.

Tema 15. Instrumentos de recuperación de la información. Evolución de los catálogos.

Tema 16. Análisis documental. Clasificación Decimal Universal

Tema 17. Ubicación y formas de presentación de los fondos.

Tema 18. Los servicios bibliotecarios. El servicio de préstamos.

Tema 19. Los servicios bibliotecarios. El servicio de referencia.

Tema 20. El servicio de referencia digital.

Tema 21. La formación de usuarios en las bibliotecas públicas.

Tema 22. Actividades formativas para conocer y descubrir el espacio bibliotecario.

Tema 23. Propuestas didácticas para formar en los recursos básicos de acceso a la colección de la biblioteca.

Tema 24. Programa de actividades de acercamiento al material no librario de la biblioteca pública.

Tema 25. El servicio de información a la comunidad. Definición y diseño.

Tema 26. La Puesta en funcionamiento de un SIL/SIC en la biblioteca pública.

Tema 27. Contenido y alcance informativo del servicio de información local y comunitaria.

Tema 28. Bibliotecas sin barreras. Extensión bibliotecaria.

Tema 29. Puntos de servicios bibliotecarios en el espacio público.

Tema 30. La biblioteca como motor de la cultura local.

Tema 31. La extensión cultural en la biblioteca pública. definición y objetivos.

Tema 32. Programación de actividades de extensión cultural para una biblioteca pública.

Tema 33. La sección infantil y juvenil de la biblioteca pública.

Tema 34. La biblioteca pública y los jóvenes. Reflexión y líneas de trabajo.

Tema 35. La animación a la lectura. Directrices de actuación.

Tema 36. Clubes de lectura. Objetivos y metodología.

Tema 37. Bibliotecas multiculturales.

Tema 38. Animación a la lectura en bibliotecas multiculturales.

Tema 39. Concepto y definición de la colección local.

Tema 40. Tipología documental y organización de los fondos de la colección local.

Tema 41. La biblioteca digital. Definición y características.

Tema 42. Internet en la biblioteca: Uso y servicio.

Tema 43. Web 2. 0 y bibliotecas: Concepto y aplicaciones.

Tema 44. Sistemas Integrados de gestión bibliotecaria. Absysnet.

Tema 45. Cooperación bibliotecaria. Definición y objetivos.

Tema 46. Aspectos organizativos de una Red de Bibliotecas Públicas . RBP de Andalucía.

Tema 47. Archivistica, biblioteconomía y documentación. Similitudes y diferencias.

Tema 48. Bibliotecas escolares: Definición y funciones.

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