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NIG: 2906744S20086000095.
Procedimiento: 389/2008.
Ejecución núm.: 97/2009. Negociado: AA.
De: Don Juan Luis García Villar y don Daniel Romero Cabrera.
Contra: Montaje de Carpintería Jacasur, S.L.
EDICTO
Doña M.ª del Carmen Ortega Ugena, Secretaria del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 97/2009, dimanante de autos núm. 389/2008, en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Juan Luis García Villar y don Daniel Romero Cabrera contra Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., habiéndose dictado auto de insolvencia de 14.7.09, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«PARTE DISPOSITIVA
Declarar al ejecutado Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 4.603,17 euros de principal, más 800 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, y que transcurrido dicho término, si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firmo la Ilma. Sra. doña María Cristina Pascual Arrabal, Magistrada-Juez Sustituta del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga. Doy fe.
El/La Magistrada-Juez Sustituta El/La Secretario/a»
Y para que sirva de notificación en forma a Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en Málaga, a catorce de julio de dos mil nueve.- El/La Secretario/a Judicial.
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