Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 30/07/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 9 de julio de 2009, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la de 11 de julio de 2008 por la que se delegan competencias en diferentes órganos.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el R.D. 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la anterior, han supuesto la incorporación al Derecho Español de importantes novedades en el ámbito de la Contratación Pública, entre ellas, la nueva regulación de diversas técnicas para racionalizar las adquisiciones de bienes y servicios o acuerdo marcos. Acorde con estas técnicas y a fin de avanzar en la simplificación de la gestión, la racionalización y disminuir los costes y cargas que recaen en la entidad contratante, se ha estimado oportuno adecuar la Resolución de Delegación de competencias de 11 de julio de 2008, que además, conforme se recoge en el nuevo Decreto 171/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, aconsejan que la nueva organización esté inspirada en criterios de eficiencia y eficacia sin menoscabo de la atención a las crecientes expectativas de calidad integral en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.

En virtud de lo expuesto, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 14 del Decreto 171/2009, de 19 de mayo, por el artículo 13 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Modificar la Resolución de 11 de julio de 2008, añadiendo un nuevo apartado 2.1.c) del siguiente tenor literal:

«En el supuesto de que varios órganos de los descritos en el apartado anterior acuerden agruparse al objeto de tramitar y celebrar un único contrato, se delega en uno solo de ellos el ejercicio de las competencias que la normativa vigente atribuye a esta Dirección Gerencia como órgano de contratación, a excepción del reconocimiento de obligaciones, la aprobación del gasto y la ordenación material del pago que dimanen del contrato así celebrado, cuyo ejercicio se delega en cada uno de los órganos agrupados con el límite de sus respectivos presupuestos.»

Segundo. Modificar el apartado 2.1.c) que pasa a ser el 2.1.d) con el siguiente tenor literal:

«Asimismo, delegar el ejercicio de la competencia para resolver los recursos, potestativo de reposición y especial en esta materia en los titulares de los citados órganos en su ámbito correspondiente.»

Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de julio 2009.- El Director Gerente, José Luis Gutiérrez Pérez.

Descargar PDF