Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 03/08/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 111/2008. (PD. 2276/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20080001385.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 111/2008. Negociado: C.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Banco de Santander, S.A.

Procuradora: Sra. María del Mar Conejo Doblado.

Letrado: Sr. Conejo Doblado, Manuel José.

Contra: Don José Ignacio García Díaz.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 111/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga a instancia de Banco de Santander, S.A. contra don José Ignacio García Díaz sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Málaga, a doce de junio de dos mil nueve.

Han sido vistos por el limo. Señor Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia num. Trece de Málaga, don José Pablo Martínez Gámez, los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el número 111/2008-C a instancias de la entidad mercantil Banco Santander, S.A., representada por la procuradora doña María del Mar Conejo Doblado y con la asistencia letrada de don Manuel Conejo Doblado, frente a don José Ignacio García Díez, declarado en situación de rebeldía procesal.

FALLO

1. Se estima íntegramente la demanda y se condena a don José Ignacio García Díaz a pagar a la entidad Banco de Santander, S.A. la suma reclamada de diez mil seiscientos cuarenta y un euros con veintiocho céntimos, más los intereses pactados desde el día 2 de marzo de 2006.

2. Se condena al demandado al pago de las costas de esta instancia. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en que habrá de prepararse mediante escrito presentado dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don José Ignacio García Díaz, extiendo y firmo la presente en Málaga, a catorce de julio de dos mil nueve.- El Secretario.

Descargar PDF