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La Comisión Provincial de Medidas de Protección, de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, ha acordado promocionar la adopción de la menor V.D.V.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente del mismo, podrá comparecer, en el plazo de 10 días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en la C/ Ángel Ganivet, s/n, Córdoba, para la notificación del contenido integro de la Resolución de Promoción de la Adopción de fecha 9 de julio de 2009, de la menor V.D.V., expediente núm. 352-2004-00000238-1, significándole que contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Como quiera que se ignora el domicilio actual de don Alexandru Durbala y doña Palistina Vaduva, progenitores de la menor, se publica el presente edicto para que sirva de notificación a los interesados.
Córdoba, 9 de julio de 2009.- La Delegada, Silvia Cañero Horcas.
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