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De conformidad con lo establecido en el Título VIII, artículo 109, de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se hace pública la siguiente subvención excepcional, concedida por la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Beneficiario, objeto y cantidad subvencionada:
Subvención excepcional a la entidad Fundación para al Desarrollo de los Pueblos de Andalucía por importe de 70.000 euros, instrumentada a través de un convenio de colaboración con la Consejería de Justicia y Administración Pública para financiar los gastos derivados de funcionamiento relacionadas con Memoria Histórica.
Aplicaciones presupuestarias:
01.13.00.01.00.489.00.14B: 70.000 euros.
Sevilla, 24 de julio de 2009.- La Secretaria General Técnica, María Pérez Porras.
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