Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 11/08/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Orden de 30 de julio de 2009, por la que se delegan competencias en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.

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En el marco establecido por el Plan 2000 E, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (en adelante MITYC) ha aprobado el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, que tiene como objetivo establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos nuevos y usados de hasta cinco años de antigüedad de la categoría M1 y N1 que reúnan determinadas características.

En el artículo 3.1 del mismo, se establece la posibilidad de que las Comunidades Autónomas decidan voluntariamente su adhesión al citado Plan 2000 E, formalizando sus aportaciones a través de los oportunos convenios.

La Comunidad Autónoma de Andalucía comparte la necesidad de estimular la demanda de vehículos como instrumento de dinamización del sector del automóvil y considera apropiadas las medidas previstas en el Plan 2000 E.

Por ello, y con el propósito de acelerar la implementación de las ayudas, la Administración de la Junta de Andalucía, con competencias en materia de industria, reconocidas en el artículo 58.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, se adhiere a las bases reguladoras establecidas en el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, las competencias en materia de industria están atribuidas a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, tal y como se concreta en el artículo 1.g) del Decreto 168/2009, de 19 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la misma.

La Ley 3/1987, de 13 de abril, crea la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía como entidad de derecho público cuyo objetivo principal es el de promoción y desarrollo de la actividad económica en Andalucía.

Para la agilización de los procedimientos de concesión directa de las subvenciones para la adquisición de vehículos de las categorías M1 y N1, en el marco del Plan 2000 E, y con el objetivo de alcanzar un óptimo nivel de eficacia y rapidez en su resolución, se hace preciso delegar su gestión y resolución en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 26.2 y 101.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Delegación de competencias.

Se delegan en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía las competencias relativas a la tramitación y a la resolución de las solicitudes, así como al pago y reintegro, en su caso, de los expedientes de las ayudas directas previstas en el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, como consecuencia de la adhesión de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sevilla, 30 de julio de 2009

Martín Soler Márquez

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

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