Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 11/08/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 29 de julio de 2009, de la Dirección General de Universidades, por la que se conceden incentivos a las Academias y Reales Academias de Andalucía para financiar actividades de divulgación del conocimiento, convocadas por Resolución que se cita.

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Por Resolución de 29 de diciembre de 2008 de la Consejería de Innovación, Ciencia y empresa de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 15, de 23 de enero) se efectúa la convocatoria para el año 2009 de concesión de incentivos a las Academias y Reales Academias de Andalucía para financiar actividades de divulgación del conocimiento.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes esta Dirección General de Universidades de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, reunida la Comisión de Valoración los días 13 y 31 de marzo de 2009, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Orden de 19 de julio de 2007 de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 157, de 9 de agosto) por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de incentivos a las Academias y Reales Academias de Andalucía para financiar actividades de divulgación del conocimiento,

RESUELVO

Primero. Conceder a las Academias y Reales Academias de Andalucía Incentivos para actividades de divulgación del conocimiento por un importe total de 122.760,500 €, con un presupuesto total aceptado por importe de 122.760,50 €, por lo que el porcentaje de subvención es del 100% para todas las actividades subvencionadas y que se encuentran desglosados en Anexo I de esta Resolución por Organismos y actividades.

Los gastos subvencionables para cada una de las actividades subvencionadas serán: pago a conferenciantes (máximo 300 €), alojamientos, desplazamientos y gastos corrientes varios.

Segundo. Estas subvenciones se abonarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se indican:

0.1.12.00.01.00.482.26.42J.5 y 3.1.12.00.01.00.482.26.42J.5.2010

Tercero. Obligaciones del beneficiario.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la citada Orden de 19 de julio de 2007, son obligaciones del beneficiario, las siguientes:

1. Las obligaciones que deben asumir las entidades beneficiarias serán de conformidad con las que se recojan en las Leyes anuales del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en especial el artículo 14, a excepción de los apartados e) y f), que serán las siguientes:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad que fundamenta la financiación.

b) Justificar ante la entidad concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como el cumplimiento de la finalidad/es que determina/n la financiación.

c) El sometimiento a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, y a las de control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) Comunicar a la entidad concedente, la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

f) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de financiación que la misma está financiada por la Junta de Andalucía, indicando la Consejería que la ha concedido.

g) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación.

h) Proceder al reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde la procedencia de reintegro cuando se incurra en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 22 de la indicada Orden de 19 de julio de 2007.

Cuarto. Plazo de ejecución.

El plazo de ejecución de las actividades de divulgación del conocimiento de las Academias y Reales Academias será desde el uno de enero de 2009 hasta el treinta de junio del 2010.

Quinto. Forma, secuencia y justificación del pago.

El abono de los incentivos se efectuará según lo estipulado en el artículo 20.b) de la Orden de 19 de julio de 2007, en varios pagos, excepto en los casos estipulados en el artículo 20.a) que se efectuará en un solo pago. Todos ellos ostentarán la categoría de «pago en firme con justificación diferida».

Los importes de los pagos de los incentivos concedidos a cada una de las Academias y Reales Academias se efectuarán de la siguiente forma:

ORGANISMOS IMPORTE ADJUDICADO 1 2º PAGO 3
CADIZ
REAL ACADEMIA PROVINCIAL DE BELLAS ARTES 6.000,00 3.500,00 1.000,00 1.500,00
REAL ACADEMIA HISPANO AMERICANA 5.500,00 3.500,00 625,00 1.375,00
REAL ACADEMIA DE MEDICINA Y CIRUGIA 10.000,00 3.086,00 4.414,00 2.500,00
JEREZ DE LA FRONTERA. (CADIZ)    
SAN DIONISIO DE CIENCIAS, ARTES Y LETRAS 4.500,00 4.500,00  
       
SAN FERNANDO (CADIZ)      
REAL ACADEMIA SAN ROMUALDO 1.000,00 1.000,00  
       
CORDOBA      
REAL ACADEMIA CIENC, BELLAS ARTES Y NOBLES ARTES 3.500,00 3.500,00  
       
GRANADA    
REAL ACADEMIA DE BELLAS ARTES 3.500,00 3.500,00  
REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACION 4.500,00 4.500,00  
ACADEMIA CIENCIAS MATEM. FISICO-QUIMICA Y NATURALES 6.000,00 3.500,00 1.000,00 1.500,00
ACADEMIA IBEROAMERICANA DE FARMACIA 5.000,00 3.500,00   1.500,00
REAL ACADEMIA DE MEDICINA 8.000,00 3.500,00 2.500,00 2.000,00
REAL ACADEMIA DE CIENCIAS VET. ANDAL. ORIENTAL 6.000,00 3.500,00 1.000,00 1.500,00
ACADEMIA DE BUENAS LETRAS 3.000,00 3.000,00  
       
MALAGA
ACADEMIA DE BELLAS ARTES SAN TELMO 1.000,00 1.000,00  
ACADEMIA MALAGUEÑA DE CIENCIAS 3.500,00 3.500,00  
     
SEVILLA    
REAL ACAD. BELLAS ARTES STA ISABEL DE HUNGRIA 8.000,00 3.500,00 2.500,00 2.000,00
REAL ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS 1.000,00 1.000,00  
REAL ACAD. SEV.LEGISLACION Y JURISPRUDENCIA 6.000,00 3.500,00 1.000,00 1.500,00
REAL ACADEMIA DE MEDICINA Y CIRUGIA 5.500,00 3.500,00 625,00 1.375,00
REAL ACADEMIA SEVILLANA DE CIENCIAS 6.000,00 3.500,00 1.000,00 1.500,00
REAL ACADEMIA SEVILLANA DE VETERINARIA 10.000,00 3.086,00 4.414,00 2.500,00
ACADEMIA CIENCIAS SOC. Y DEL MEDIO AMB. DE ANDALUCIA 4.500,00 4.500,00  
ECIJA      
REAL ACADEMIA CIEN. B. ARTES Y B. LET. «LUIS VELEZ GUEVARA» 500,00 500,00  
     
HUELVA    
ACADEMIA DE CIENCIAS, ARTES Y LETRAS DE HUELVA 10.260,00 3.088,50 4.606,50 2.565,00

El plazo de justificación del primer pago finalizará el 30 de junio de 2010.

El plazo de justificación de los pagos 2.º y 3.º finalizará el 30 de marzo de 2011. En esta fecha finalizará la justificación del pago cuando sea un solo.

Las Academias y Reales Academias presentarán ante la Dirección General de Universidades, la justificación de realización de las actividades incentivadas.

Las justificaciones consistirán en la aportación por parte del beneficiario del Anexo II de esta Resolución cumplimentado, así como las facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil, o con eficacia administrativa.

Si los gastos realizados se hubieran abonado en moneda extranjera, se deberá acompañar documentación que acredite el tipo de cambio oficial de ésa moneda a euros en la fecha de los mismos y su conversión.

Siempre que se haya cumplido la finalidad para la que se concedió el incentivo, si no se justificara debidamente el total de la actividad financiada, deberá reducirse el importe concedido aplicando el porcentaje de financiación sobre la cuantía correspondiente a los justificantes no presentados o no aceptados.

Sexto. Modificación de la Resolución de concesión.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones podrá dar lugar a la modificación de la presente Resolución (artículo 110 de la LGHP, artículo 19.4 de la Ley General de Subvenciones, ambas de la CAA y artículo 17 de la Orden de 7 de julio de 2006).

Séptimo. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en todo y cada uno de los supuestos establecidos en los artículos 112 de la LGHP de la CAA, 36 de la Ley General de Subvenciones de la CAA y 22 de la Orden de 19 de julio de 2007.

Octavo. En todo lo no previsto en la presente Resolución, se aplicará lo dispuesto en el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, en las normas aplicables de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.

Noveno. Publicidad.

En virtud del artículo 29.2 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias Administrativas y Financieras de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las Entidades beneficiarias quedan obligadas a hacer constar en toda información y publicidad que se efectúe de la actividad objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Junta de Andalucía, indicando específicamente a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos. 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Sevilla, 29 de julio de 2009.- El Director General, Antonio Sánchez Pozo.

ANEXO I  
ADJUDICACION IMPORTE
ADJUDICADO
CADIZ EUROS
REAL ACADEMIA PROVINCIAL DE BELLAS ARTES
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
BREVE CICLO «LA STA. CUEVA» DE CÁDIZ
RECITALES DE SOLISTAS
CONFERENCIAS SOBRE TEMAS ARTISTICOS EN CADIZ  
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 6.000
   
REAL ACADEMIA HISPANO AMERICANA DE CIENCIAS, LETRAS Y ARTES  
ACTIVIDAD PARA LA QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
CICLO GENERAL (CUATRO CONFERENCIAS)
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 5.500
   
REAL ACADEMIA DE MEDICINA Y CIRUGIA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
CICLO CONF. SOBRE «INVESTIGACION, DIAGNOSTICO, TRATAMIENTOS, PREVENCION Y EDUCACION EN ENFERMEDADES PREVALENTES»
CICLO «POLITICAS DE I+D EN BIOMEDICINA EN ANDALUCIA»
CICLO CONF. «CHARLES DARWIN, BICENT. Y 150 AÑOS DE SU TRABAJO»
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 10.000
   
JEREZ DE LA FRONTERA (CADIZ)  
SAN DIONISIO DE CIENCIAS, ARTES Y LETRAS  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
ORIGENES CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL «LA CONSTITUCION DE CADIZ»
CICLO «ANDALUCIA EN LA MUSICA DE ALBENIZ»
CICLO «LA VID Y EL VINO. NUEVAS INVESTIGACIONES ENOLÓGICAS»
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 4.500
   
SAN FERNANDO (CADIZ)  
REAL ACADEMIA SAN ROMUALDO DE CIENCIAS, LETRAS Y ARTES  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
CONFERENCIA INTERNACIONAL ASTRONOMIA
CONFERENCIA AÑO PAULINO
CONFERENCIAS SOBRE ARQUIT Y ACTIV. TEATRO DE CORTES
CONFERENCIA DARWIN 2009
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 1.000
CORDOBA  
REAL ACADEMIA CIENCIAS, BELLAS ARTES Y NOBLES ARTES  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
CONFERENCIAS «II CICLO SOBRE MICROBIOS Y EL HOMBRE EN SIGLO XXI»
VII JORNADAS ESTUDIOS ANDALUSIES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS CALIFALES DE LA REAL ACADEMIA DE CORDOBA
CONFERENCIAS BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DE DARWIN Y 150 ANIVERSARIO DE LA TEORIA DE LA EVOLUCION
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 3.500
   
GRANADA
REAL ACADEMIA DE BELLAS ARTES NTRA. SRA. DE LAS ANGUSTIAS  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
DEBATE SOBRE ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS MUSICALES
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 3.500
   
REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACION  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
CICLO DE CONFERENCIAS ¿HACIA LA REFORMA DE LA JUSTICIA?
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 4.500
   
ACADEMIA DE CIENCIAS MATEMATICA, FISICO-QUIMICA Y NATURALES  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
SE REALIZARÁN EN SIETE BLOQUES:
BIOLOGIA MOLECULAR
BIOINFORMATICA: LA INDUSTRIA DEL GENOMA HUMANO
BIOTECNOLOGIA: ALIMENTACION FUNCIONAL
MATERIALES BIOCOMPATIBLES
SELECCIÓN NATURAL: GENES, INDIVIDUOS, B GRUPOS
EVOLUCION DE LA MENTE
LA EVOLUCION CODIFICADA
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 6.000
   
ACADEMIA IBEROAMERICANA DE FARMACIA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
SEMINARIO SOBRE ENFERMEDADES EMERGENTES EN CORDOBA
JORNADAS SOBRE OBESIDAD DE JAEN
CURSO: «FISIOPATOLOGIA APARATO DIGESTIVO» EN GRANADA
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 5.000
REAL ACADEMIA DE MEDICINA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
TRES MESAS REDONDAS SOBRE EL TITULO «UNA MEDICINA PARA LA CRISIS»
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 8.000
   
REAL ACADEMIA DE CIENCIAS VETERINARIAS DE ANDALUCIA ORIENTAL  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
JORNADAS SOBRE INNOVACION Y TECNOLOGIA EN ALIMENTOS ECOLOGICOS
JORNADAS SOBRE INNOVACION EN GANADERIA ECOLOGICA
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 6.000
ACADEMIA DE BUENAS LETRAS  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
COMPLETAR LA ELABORACION Y DIVULGACION A TRAVES DE LA CREACION DE UNA WEB, UN DICCIONARIO DE AUTORES GRANADINOS, EN LENGUA ESPAÑOLA DESDE LA EDAD MEDIA A NUESTROS DIAS, PARA LA QUE SE LE CONCEDIO EN 2007 30.000
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 3.000
   
MALAGA  
ACADEMIA DE BELLAS ARTES SAN TELMO  
ACTIVIDAD PARA LA QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
CICLO DE SEIS CONFER. SOBRE ARQUITECTURA MALAGUEÑA SIGLO XX  
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 1.000
   
ACADEMIA MALAGUEÑA DE CIENCIAS  
ACTIVIDAD PARA LA QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
EXPOSICION SOBRE LA VIDA DE CHARLES DARWIN
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 3.500
   
SEVILLA  
REAL ACADEMIA DE BELLAS ARTES DE STA ISABEL DE HUNGRIA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
ACTO CONMEMORATIVO FUNDAC. ACAD. DEL ARTE DE LA PINTURA
CICLO CONFERENCIAS DEDICADAS A «CARAVAGGISMO Y TENEBRISMO EN PINTURA ANDALUZA»  
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 8.000
   
   
REAL ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
DISERTACION SOBRE EL TEMA «SEVILLA CAPITAL DE EUROPA»
DISERTACION SOBRE EL TEMA «LENGUA, CULTURA Y ESTEREOTIPOS NACIONALES: JUEGOS DE PALABRAS DESDE LA ANTROPOLOGÍA»
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 1.000
   
REAL ACADEMIA SEVILLANA DE LEGISLACION Y JURISPRUDENCIA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
TRASPOSICION DE LA DIRECTIVA 2006/123/CE
EL PLANEAMIENTO TERRITORIAL SOSTENIBLE
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 6.000
   
REAL ACADEMIA DE MEDICINA Y CIRUGIA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
ACTO CIRUGIA METABOLICA
MESA REDONDA ENFERMEDAD DE CROHN
MESA REDONDA: ETICA EN ASISTENCIA MEDICA
CHARLA «CIRUGIA POR ENERGIA FOCALIZADA»
MESA REDONDA. APORTACIONES DIAGNOSTICO POR IMAGEN EN PROCESOS ISQUEMICOS
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 5.500
   
REAL ACADEMIA SEVILLANA DE CIENCIAS  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
SIMPOSIO SOBRE INVASIONES BIOLOGICAS: INTRODUCCION DE  
PLANTAS, ANIMALES Y MICOORGANISMO EN NUEVAS AREAS
CICLO CONFEREN SOBRE GESTION DE PROYECT. CTFCOS. Y TECNOLOGICOS
SEMINARIO SOBRE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 6.000
 
REAL ACADEMIA SEVILLANA DE VETERINARIA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
CICLO PARQUES NATURALES DE ANDALUCIA
CICLO ALIMENTOS ANDALUCES
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 10.000
   
ACADEMIA DE CIENCIAS SOCIALES Y DEL MEDIO AMBIENTE DE ANDALUCIA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCIÓN
CICLO DE CONFERENCIAS SOBRE ACTUALIDAD ECONOMICA, SOCIAL,
MEDIOAMBIENTAL, EDUCATIVA…  
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 4.500
   
ECIJA  
REAL ACAD. DE CIENCIAS, BELLAS ARTES Y B. LETRAS «LUIS VELEZ DE GUEVARA»  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
CICLO CONFERENCIAS CIENTIFICAS Y HUMANISTAS  
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 500
   
HUELVA  
ACADEMIA DE CIENCIAS, ARTES Y LETRAS DE HUELVA  
ACTIVIDADES PARA LAS QUE SE CONCEDE LA SUBVENCION
JORNADAS «TEORIA DE LA EVOLUCION»
JORNADAS «NEUROLOGIA Y DEMENCIA»
JORNADAS “COMETARIOS SOBRE LEY 7/2007, DE 12 DE ABRIL, REGULADORA DEL ESTATUTO BASICO DEL EMPLEADO PUBLICO»
IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR 10.260
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