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Con fecha 25 de junio de 2009, se ha dictado, por la Dirección General de Transportes y Movilidad, Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Úbeda, que a continuación se detallan, aprobadas por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Úbeda el día 23 de enero de 2009, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas, y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:
CONCEPTO TARIFAS MÁXIMAS
1. Por entrada o salida de un autobús con viajeros al iniciar o finalizar viaje. Los vehículos en tránsito (entrada y salida) sólo abonarán uno de estos conceptos:
1.1. De servicios regulares permanentes de uso general:
1.1.1. Cercanías. Hasta 30 km 0,84 €
1.1.2. Resto. 0,87 €
1.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior:
1.2.1. Cualquier servicio. 0,87 €
2. Por utilización por los viajeros de los servicios generales de Estación con cargo a aquellos que salen o rinden viaje de la Estación:
2.1. De servicios regulares permanentes de uso general:
2.1.1. Viajeros de cercanías. Hasta 30 km. 0,13 €
2.1.2. Resto de viajeros. 0,15 €
2.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior:
2.2.1. Cualquier recorrido. 0,15 €
4. Por utilización de los servicios de consigna «manual»:
4.1. Por bulto de hasta 50 kg. 0,40 €
4.2. Por bultos mayores de 50 kg. 0,56 €
4.3 Por cada día de demora. 0,56 €
5. Por alquiler de la zona de taquillas:
5.1. Por cada módulo de taquilla. 55,54 €/mes
6. Servicio de aparcamiento de autobuses:
6.1. Aparcamiento de autobús de 8 a 22. 1,06 €/día
6.2. Aparcamiento de autobuses servicio re-
gular permanente de uso general desde
las 22 horas hasta las 8 horas del día
siguiente, sin fraccionamiento por
razón de tiempo dentro del indicado. 2,22 €/día
6.3. Aparcamiento de un autobús que
no preste servicio regular permanente
de viajeros (siempre que la capacidad
de la Estación lo permita), desde las
22 h a 8 horas del día siguiente, sin
fraccionamiento por razón de tiempo
dentro del indicado. 7,77 €/día.
Segundo. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.
Tercero. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Úbeda (Jaén), entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.
Sevilla, 25 de junio de 2009.- La Directora General, María Belén Gualda González.
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