Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 24/08/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 7 de agosto de 2009, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se encomienda a la Empresa Pública Sociedad Andaluza para el Desarollo de la Sociedad de la Información, SAU, las actuaciones de «El desarrollo de una oficina técnica de gestión de servicios de tecnología de la información y proyectos de desarrollo de sistemas de información del Servicio Andaluz de Empleo».

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo (BOJA núm. 153, de 28 de diciembre de 2002), el Servicio Andaluz de Empleo, como Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, adscrito a la Consejería de Empleo, tiene asignada la competencia y gestión de la política de empleo de la Junta de Andalucía.

Le corresponde, la planificación, gestión, promoción y evaluación de los distintos programas y acciones para el empleo, competencia de la Comunidad Autónoma, siendo de su competencia, según el artículo 1 del Decreto 170/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo, las atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud del articulo 62 y 63 del Estatuto de Autonomía para Andalucía en materia de empleo, y en especial, según el mismo artículo en su apartado 6 las políticas activas de empleo atribuidas de la Ley 4/2002 de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo como entre otras son el fomento del empleo, formación para el empleo, orientación e información, prospección, registro de demanda e intermediación en el mercado de trabajo.

En este sentido, para coordinar las actuaciones en los sistemas de información del Servicio Andaluz de Empleo, y dado el fuerte compromiso de este organismo con la modernización y mejora de sus servicios, utilizando como soporte las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TI), se hace necesario disponer de nuevos instrumentos de seguimiento y coordinación ya que se han generado un gran número de sistemas de información. Estos sistemas están en diversas fases de desarrollo, desde los que están implantados, hasta los que se están desarrollando o en fase de contratación. Todo ello ha llevado a una insuficiencia de personal encargado de gestionar dichos sistemas de información, lo que hace inviable que pueda ser abordada la gestión de los proyectos que están en planificación o ya implantados con los recursos internos de que dispone el Servicio Andaluz de Empleo.

En base a lo indicado, se hace necesaria una oficina técnica para la gestión de los servicios relacionados con las tecnologías de la información, así como de los proyectos de desarrollo de sistemas de información del Servicio Andaluz de Empleo.

Por ello se considera, que el mejor modo de alcanzar los objetivos citados, en las actuales condiciones del Servicio Andaluz de Empleo, y atendiendo al art. 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en su apartado 1, es encomendando los servicios de «el desarrollo de una oficina técnica de gestión de servicios de tecnología de la información y proyectos de desarrollo de sistemas de información del Servicio Andaluz de Empleo» a la «Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, SAU» (en adelante SADESI). Así mismo, los estatutos de esta entidad establecen que el objeto social de la misma es «la gestión, asesoramiento, desarrollo, implantación y explotación de las infraestructuras, sistemas de telecomunicaciones y de servicios avanzados, que con carácter corporativo, institucional y estratégico pueda requerir la Junta de Andalucía, para incorporar y mantener completamente a Andalucía en la Sociedad de la Información». Así mismo, se destaca que el Centro de Proceso de Datos del Servicio Andaluz de Empleo (CPD-SAE) se encuentra hospedado en las dependencias de esta empresa pública, lo que garantizará la consistencia de que todos los desarrollos tecnológicos se adecuen a dicho Centro de Procesos de Datos y a sus características técnicas.

Y, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1 de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009,

RESUELVO

Primero. Se encomiende a SADESI, en los términos contenidos en la presente Resolución, y bajo la supervisión del Servicio Andaluz de Empleo, los servicios de «el desarrollo de una oficina técnica de gestión de servicios de tecnología de la información y proyectos de desarrollo de sistemas de información del Servicio Andaluz de Empleo».

Segundo. Las obligaciones a desempeñar por SADESI en relación al objeto de la presente encomienda serán los que se relacionan a continuación:

1. Gestión de Servicios TI:

- Gestión de los diversos proyectos existentes actualmente el Servicio Andaluz de Empleo.

- Definición del marco de referencia para gestión de los servicios TI en el Servicio Andaluz de Empleo.

- Definición y gestión de Procesos de Soporte, tales como: gestión de la continuidad y disponibilidad, gestión de la capacidad, gestión financiera, gestión de la seguridad y gestión de los acuerdos de nivel de servicio.

- Definición e implantación de Procesos Operacionales, tales como: Gestión de incidentes, gestión de problemas, gestión de la entrega, gestión de los cambios y gestión de la configuración.

- Soporte a la administración y gestión de la infraestructura tecnología distribuida en los centros dependientes del Servicio Andaluz de Empleo.

- Definición e implementación de un Centro de Servicio TI adaptado al contexto del Servicio Andaluz de Empleo.

2. Gestión de la Calidad de los Proyectos de desarrollo de Sistemas de Información del Servicio Andaluz de Empleo:

- Definición e implantación de un sistema de aseguramiento de la calidad: Elección de estándares de calidad aplicables a los proyectos, supervisión y control de los mismos y ejecución de las acciones correctoras necesarias.

- Auditorias: Revisión del correcto cumplimiento de los estándares definidos en el plan de calidad de los proyectos de desarrollo de los sistemas de información y propuesta de mejoras sobre el mismo.

- Pruebas: Validación de las diferentes versiones o entregables.

En el Proyecto Técnico se detallan las tareas incluidas en cada uno de los apartados anteriores.

Tercero. Los trabajos incluidos en la presente encomienda tendrán una duración de dos años, a contar desde el día de la firma de esta Resolución de Encomienda de Gestión, sin perjuicio de posibles prórrogas y/o ampliaciones , por el período necesario para la terminación de las actuaciones objeto de la presente encomienda , que el Servicio Andaluz de Empleo estime conveniente acordar, antes de la finalización del citado plazo de vigencia, no siendo la duración de cada una de ellas, superior a un año, todo ello, sin perjuicio de la vinculación de la encomienda a las disponibilidades presupuestarias.

Cuarto. A todos los efectos, la totalidad de los servicios encomendados serán suministrados por SADESI con independencia de las subcontrataciones que tuviera que realizar para prestar determinados servicios.

Que la Encomienda de Gestión no supone la cesión de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Servicio Andaluz de Empleo a través de la Dirección Gerencia dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda.

SADESI deberá dar cumplimiento estricto a lo especificado en la «Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal», y en particular al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Quinto. Como medio de garantizar la calidad de los servicios suministrados, se establecerán de forma consensuada y previamente al comienzo de la prestación efectiva de los servicios, unos Objetivos de Nivel de Servicio (SLO), y el compromiso por parte de SADESI de cumplirlos. Estos Objetivos de Nivel de Servicio podrán evolucionar a lo largo de la ejecución de la encomienda con el fin de conseguir una mejora continua en la calidad del servicio efectivamente suministrado. Los recursos tanto humanos como de otra índole disponibles para el proyecto, deberán ser dimensionados de forma cualitativa y cuantitativa como mínimo para garantizar los Objetivos de Nivel de Servicio vigentes en cada momento.

Sexto. La Dirección de las actuaciones corresponderá al Jefe de Servicio de Seguimiento y Evaluación de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo , que ejercerá como Director de Proyecto de la encomienda, para lo cual establecerá directrices de trabajo, autorizará las actuaciones concretas, realizará el seguimiento de las encomiendas y velará por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas en el apartado Segundo.

Séptimo. SADESI dará cuenta de la marcha de la encomienda al Director de Proyecto, mediante la presentación de los informes periódicos que se establezcan por este último, reuniones y cuantas actuaciones se estimen oportunas.

Octavo. Para la financiación de estas actividades, se autoriza un presupuesto máximo de 1.100.000 euros (un millón cien mil euros), IVA incluido. Dicho importe se consignará con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones presupuestarias:

ANUALIDAD CODIGO PROYECTO APLICACIÓN IMPORTE
2009 2008/000742 0.1.16.31.01.00.609.05.32A.9 200.000
TOTAL
ANUALIDAD 2009
    200.000
2010 2008/000742 3.1.16.31.01.00.609.05.32A.9.2010 500.000
TOTAL
ANUALIDAD 2010
    500.000
2011 2008/000742 3.1.16.31.01.00.609.05.32A.0.2011 400.000
TOTAL
ANUALIDAD 2011
    400.000
TOTAL 1.100.000

Y de acuerdo con lo que se establezca en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para dicho ejercicio presupuestario.

Anexo I se muestra un cuadro resumen con el detalle económico.

Noveno. El abono del presupuesto adjunto aprobado, se efectuará conforme a los gastos efectivamente ejecutados, tras certificaciones de conformidad por parte del Director de Proyecto, previa presentación de las correspondientes facturas y otros documentos acreditativos del gasto efectuado.

Deben presentar el análisis de costes imputados directamente a cada actuación, en cuanto a coste personal y medios materiales propios, así como relación de gastos en la que se indique el importe repercutido por la empresa en concepto de IVA.

Los gastos generales y corporativos de SADESI podrán ser imputados al coste de las actuaciones encomendadas, hasta un máximo del 6% de dicho coste (artículo 26.6, Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009).

Sevilla, 7 de agosto de 2009.- El Consejero de Empleo en Calidad de Presidente del SAE, Antonio Fernández García.

ANEXO I

PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL DESARROLLO DE una Oficina Técnica de Gestión de Proyectos de Desarrollo de Sistemas de Información del Servicio Andaluz de Empleo

SERVICIOS TOTAL AÑO 2009 TOTAL AÑO 2010 TOTAL AÑO 2011
SERVICIOS DE CONSULTORIA, COORDINACIÓN Y JEFATURA DE PROYECTO 31.014,99 97.530,60 70.488,61
GESTIÓN SERVICIOS TI 89.639,46 186.234,70 185.060,97
GESTIÓN DE LA CALIDAD EN PROYECTOS DE DESARROLLO 61.345,55 186.234,70 126.450,42
TOTAL  182.000,00 470.000,00 282.000,00
Total Año Importe Gestión (6%) 18.000 30.000 18.000
Total Año Importe 200.000 500.000 400.000
Total Importe Total 1.100.000
Descargar PDF