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Intentada sin efecto en dos ocasiones la notificación personal en la vivienda social procede la notificación de esta resolución a través de edictos.
Mediante el presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica que con fecha 19.5.2009 el Director de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA) ha dictado Resolución desestimando la solicitud de regularización formulada por doña Remedios Fernández Escalona sobre la vivienda sita en José de Espronceda, 4, 2.º B, y requiriendo a la misma el desalojo de la vivienda y entrega de llaves a EPSA en el plazo improrrogable de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.
Esta resolución no es firme y contra la misma podrá formularse recurso de alzada, ante el titular de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, conforme a los artículos 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Dicha resolución, así como la totalidad del expediente administrativo, se encuentra a disposición del interesado en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de Cádiz de EPSA, sita en Avda. de Andalucía, 24 local, 11008, Cádiz.
Cádiz, 30 de julio de 2009.- El Gerente, Rafael Márquez Berral.
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