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Procedimiento: J. Faltas Inmediato 95/2008. Negociado: R.
NIG: 1402143P20087004964.
De: Enrique Bermúdez Luque, Noemí Delgado García y Policía Local 9283 y 9276.
Contra: Lulimar Quintana García y Juan Manuel Llamas Jiménez.
EDICTO
DON ANTONIO GARCÍA JULIÁ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO SIETE DE CÓRDOBA.
Doy Fe y Testimonio:
Que en el Juicio de Faltas Inmediato núm. 95/2008 se ha acordado notificar la sentencia:
SENTENCIA nÚM. 291/08
Córdoba, 4 de noviembre de 2008.
Doña María D. Rivas Navarro, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción núm. Siete de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa de Juicio de Faltas Inmediato por una falta de injurias, registrada bajo número 95/08 y tramitada entre partes, a instancia de Enrique Bermúdez Luque y Noemí Delgado García contra Lulimar Quintana García y Juan Manuel Llamas Jiménez, todos ellos en calidad de denunciantes y denunciados, no habiendo sido parte el Ministerio Fiscal y a tenor de los siguientes:
FALLO
Absuelvo a los denunciados Enrique Bermúdez Luque, Noemí Delgado García, Lulimar Quintana García y Juan Manuel Llamas Jiménez, de la falta de injurias por la que venían siendo acusados, con todos los pronunciamientos favorables. Las costas del presente procedimiento, deberán ser satisfechas de oficio.
Notifíquese la presente Resolución a las partes, previniéndoles que la misma no es firme y que contra ella podrán interponer en el plazo de cinco días, recurso de apelación ante este Juzgado, que se resolverá por la Audiencia Provincial de Córdoba.
Y para que conste y sirva de notificación a Juan Manuel Llamas Jiménez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expido el presente en Córdoba, a nueve de enero de dos mil nueve.- El/La Secretario.
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