Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 22/09/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto Dos), dimanante de Juicio Verbal 1068/2007. (PD. 2710/2009).

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NIG: 2905442C20070002758.

Procedimiento: Juicio Verbal 1068/2007. Negociado: MT.

De: Comunidad de Propietarios Edificio Royal Park.

Procuradora: Sra. Cruz García-Valdecasas, Ángela.

Contra: Don Eric Zinser y doña Antonia Jiménez Lara.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM.

En Fuengirola, a nueve de julio de dos mil nueve.

La Sra. doña Esperanza Brox Martorell, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto Dos) y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal 1068/2007 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante, la Comunidad de Propietarios Edificio Royal Park, con Procuradora doña Cruz García-Valdecasas, Ángela y Letrado don José M. Cruz García-Valdecasas; y de otra como demandados, don Eric Zinser y doña Antonia Jiménez Lara, y,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En escrito con Registro General núm. 4562/07, de 24 de octubre de 2007, por la Procuradora de los Tribunales doña Ángela Cruz García-Valdecasas, en la representación ostentada de la Comunidad de Propietarios Edificio Royal Park, de Fuengirola, y bajo la dirección letrada de don José M.ª Cruz García-Valdecasas, se formuló demanda de Juicio Verbal frente a don Eric Zinser y doña Antonia Jiménez Lara en reclamación de cuotas comunitarias impagadas.

Segundo. Requerida la Sra. Procuradora para que acreditase la representación manifestada (providencia de 26.10.07), hecho (acta de apoderamiento de 7.11.07), se dictó auto el 9 de noviembre admitiendo a trámite la demanda, acordando dar traslado de la misma a la demandada, con los requisitos y prevenciones legales, citándose a las partes a la celebración de vista para el día 10 de enero de 2008.

Tercero. Ante la diligencia negativa de citación de la demandada, y practicadas diligencias sobre su actual paradero, finalmente se acordó su citación por medio de edictos, señalándose para la celebración del juicio el día 22 de abril de 2009 (providencia 19.1.09).

Cuarto. En el acto del juicio se declaró en situación legal de rebeldía procesal a los demandados. La actora, tras afirmarse y ratificarse en su escrito de demanda, propuso como prueba la documental, interesando se tuviera por reproducida la aportada. Tras su admisión, quedaron los autos pendientes del dictado de sentencia, siéndolo en el día de la fecha dado el volumen de trabajo existente en este Juzgado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En los presentes autos seguidos bajo el núm. 1068/07-B se ejercita por la Comunidad de Propietarios del Edificio Royal Park de Fuengirola demanda de juicio verbal frente a don Eric Zinser y doña Antonia Jiménez Lara, suplicando el dictado de sentencia por la que se condene a los demandados a pagar a la actora la suma de 928 €, más los intereses legales procedentes, y al pago de las costas procesales.

Cantidad que reclama en concepto de cuotas comunitarias impagadas por los demandados, titulares regístrales de la finca núm. 55037 del Registro de la Propiedad de Fuengirola, sita en Royal Park, adquirida por compraventa en régimen económico matrimonial de gananciales. Suma correspondiente a las cuotas comunitarias impagadas hasta el mes de septiembre de 2007.

Segundo. El artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal establece la obligación de contribuir, con arreglo a la cuota de participación o a lo especialmente establecido, a las gastos generales necesarios para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización. Obligación que compete al propietario, con arreglo a su cuota de participación (art. 3.b LPH).

Tercero. Dada la procedencia de estimar la demanda, en armonía con lo dispuesto en el art. 394 LEC, las costas procesales causadas deben serle impuestas a la demandada vencida en juicio (criterio objetivo del vencimiento).

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que, estimando como estimo la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios del Edificio Royal Park frente a don Eric Zinser y doña Antonia Jiménez Lara, debo condenar y condeno a dichos demandados a que abonen a la actora la suma de 928 €, más los intereses legales, y al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Fuengirola.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Eric Zinser y doña Antonia Jiménez Lara, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Fuengirola, a veinticuatro de julio de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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