Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se cita. Expte.: 15716-AT. (PP. 4236/2008).

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Antecedentes de hecho

Primero. Con fecha 6 de septiembre de 2006, la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa de Huelva dictó Resolución de Autorización Administrativa a la compañía distribuidora Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., para instalar una línea aérea de 66 kV D/C., entrada y salida, en Subestación «Costa de la Luz». De la línea de 66 kV Ayamonte-Onuba, del término municipal de Lepe (Huelva), publicándose en BOP de Huelva núm. 231, de 5.12.2006, conformando el expediente administrativo 15716-AT.

Consta en el expediente Declaración de Impacto Ambiental viable a los exclusivos efectos ambientales, dictada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía de fecha 15.5.2006 (publicada en BOP de Huelva núm. 147, de 2.8.2006, referencia: DIA 080/05).

Segundo. Con fecha 12 de noviembre de 2007, la mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., CIF: B-82846817, con domicilio a efectos de notificaciones en Avda. de la Borbolla, núm. 5, 41004, Sevilla, solicita conjuntamente la aprobación de proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública en concreto de la citada instalación, acompañando relación de interesados, bienes y derechos afectados, junto con proyecto de ejecución y separatas para organismos afectados, de conformidad con lo establecido en los artículos 130 y 143 del R.D. 1955/2000.

Se remitieron éstas a los organismos y entidades que se relacionan, al objeto de que establecieran el condicionado técnico procedente: Excmo. Ayuntamiento de Lepe, Agencia Andaluza del Agua, Excma. Diputación Provincial de Huelva, Ministerio de Fomento Carreteras, Delegación Provincial en Huelva de la Consejería de Medio Ambiente, Telefónica, Enagas y Gas Natural SDG. De estos organismos y entidades, unos contestaron dando su conformidad, otros emitieron condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria y otros, ante el silencio producido una vez reiterada la solicitud de condicionado, fue aceptada la propuesta del solicitante.

Tercero. A los efectos prevenidos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con lo establecido en la Resolución del 23.2.2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en la materia en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOE núm. 127, de 26.5.2008, BOJA núm. 100, de 21.5.2008, BOP Huelva núm. 63, de 3.4.2008 y Diario Huelva Información de 31.3.2008.

Asimismo, fue efectuada publicación en los tablones de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Lepe, según diligencia acreditativa de la misma firmada por el Secretario de dicho Ayuntamiento, no constando que se hubieran efectuado alegaciones durante el trámite de información pública.

En dichos anuncios se incluía relación concreta y detallada de bienes y derechos afectados por la instalación.

Durante el período de información pública preceptivo se presentaron alegaciones por parte de uno de los afectados: Don Juan González Almonte (números de parcelas según proyecto 12 y 14). Dichas alegaciones fueron remitidas a la empresa beneficiaria en cumplimiento de lo establecido en el artículo 145 del R.D. 1955/2000, con el siguiente resultado:

Don Juan González Almonte, con NIF núm. 75566705K, según alegaciones presentadas con fecha 14.4.2008 y registro de entrada en esta Delegación Provincial núm. 7916 declara «Que es propietario de las parcelas rústicas 81 y 78 del Polígono 7 del Catastro del término municipal de Lepe (...) Que en la parcela 81, en concreto, va el apoyo núm. 7 de dicha línea eléctrica» y solicita «Que dicho apoyo se ubique lo más próximo al lindero con la parcela núm. 82 y que tengan en cuenta que en un breve plazo de tiempo se va a proceder al rebaje de nuestro terreno para igualar la cota que hay entre las distintas parcelas anexas de esta propiedad».

La empresa beneficiaria por su parte indica en su escrito de 8.7.2008, registro de entrada núm. 14361: «Que tal y como está establecido en el proyecto, se ubicará el apoyo núm. 7 lo más cercano posible a la linde con la parcela del polígono 7, pero siempre dentro de la propiedad del interesado (Pol. 7, parcela 81)», «Se tendrá en cuenta la información facilitada por el propietario relativa a los trabajos que se van a realizar en su propia parcela» y «Se le informará del inicio de las obras previamente a la entrada en su propiedad».

A los anteriores antecedentes de hecho, le corresponden los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero. Esta Delegación Provincial es competente para resolver el otorgamiento de la Utilidad Pública en concreto, según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como los Decretos de Presidencia de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y 201/2004, de 11 de mayo, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005 (BOJA núm. 59, de 28.3.2005), de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delega competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de Innovación, Ciencia y Empresa.

De conformidad con los preceptos legales citados, así como la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; Real Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Segundo. La declaración de Utilidad Pública en concreto está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.

Tercero. Que la Declaración, en concreto, de utilidad pública es el presupuesto de la operación expropiatoria y no un mero trámite, razón por la cual la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, en sus artículos 1.1.º y 9, en relación con el artículo 33 de la Constitución Española de 1978, establecen dicha declaración como imprescindible en todo procedimiento expropiatorio.

Cuarto. Respecto a las alegaciones formuladas por los afectados en el trámite de información pública, habiéndose cumplido todos los trámites exigidos por la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y demás normativa de aplicación, esta Delegación Provincial procede de la siguiente manera:

La alegación de don Juan González Almonte ha sido estimada expresamente por la beneficiaria, que la suscribe plenamente.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,

Resuelve

Primero. Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica de alta tensión cuyas características principales son las siguientes:

a) Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.

b) Domicilio: Avda. de la Borbolla, 5, Sevilla.

c) Lugar donde se va a establecer: Lepe (Huelva).

d) Finalidad de la misma: Satisfacer la demanda de energía eléctrica de la zona.

e) Presupuesto en euros: 309.041,20.

f) Línea eléctrica:

Origen: Nuevo apoyo núm. 76/1 de la l. 66 kV Ayamonte-Onuba.

Final: Último apoyo núm. 15 fin de línea en nueva subestación Costa de la Luz, hasta posición salida de línea.

Términos municipales afectados: Lepe (Huelva).

Tipo: Aérea y acometida en la subestación subterránea.

Longitud en Km: 3,778.

Tensión de Servicio: 66 kV.

Conductores: Aéreo-Aluminio-Acero del tipo LARL 280/Subterráneo-Aluminio de 1.000 mm².

Apoyos: 15 apoyos metálicos en celosía.

Aisladores: Aéreo-aisladores compuestos CS-120SB 325/2250/subterráneo- polietileno reticulado (XLPE).

Cable de tierra: ARLE 8,71.

Segundo. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación denominada «Línea aérea de 66 kV D/C., entrada y salida, en Subestación “Costa de la Luz”. De la línea de 66 kV Ayamonte-Onuba», del término municipal de Lepe (Huelva), lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con los artículos 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En el expediente expropiatorio, que se tramitará en esta Delegación Provincial, la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., asume la condición de beneficiaria.

Tercero. El reconocimiento de la utilidad pública en concreto de la instalación se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27.12.2000), teniendo en cuenta lo siguiente:

1. La declaración de utilidad pública en concreto se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación Provincial.

2. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación, durante la ejecución del proyecto y su explotación.

3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes.

4. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación y aceptados por él.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 148 del R.D. 1955/2000 y en el apartado 4 de la Resolución de la DGIEM de 23.2.2005, esta Resolución se publicará en el BOE, BOJA y BOP de Huelva, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), para el caso de domicilios ignorados o de notificaciones que no se hubiesen podido practicar.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados, en la forma y efectos previstos en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), entregando a las partes copia literal, con la advertencia de que la misma no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, directamente o por conducto de esta Delegación Provincial, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día de su notificación o a partir de la última de las publicaciones de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Huelva, 2 de diciembre de 2008.- La Delegada, Manuela A. de Paz Báñez.

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