Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 01/10/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 15 de septiembre de 2009, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan para su provisión por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, diez plazas de Profesor del Instituto de Idiomas de las Áreas que se citan, en régimen laboral con carácter fijo, correspondientes al Grupo I del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

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En el ejercicio de las competencias conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y de conformidad con los artículos 114 y siguientes del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003 de 25 de noviembre, lo previsto en el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y el Acuerdo sobre estabilidad del Personal de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla suscrito por el Sr. Rector y el Comité de Empresa, y en uso de las competencias que le están atribuidas al Sr. Rector por el artículo 116 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, acuerda convocar para su provisión por acceso libre mediante el sistema de concurso-oposición, en régimen laboral con carácter fijo, plazas de Profesor del Instituto de Idiomas que se relacionan a continuación, correspondientes a las Áreas que igualmente se relacionan, la cual se regirá por las siguientes

BASES GENERALES

1. Normas generales.

1.1. El objeto de la convocatoria es cubrir diez plazas de Profesor del Instituto de Idiomas de las Áreas que se relacionan a continuación, en régimen laboral con carácter fijo, a tiempo completo.

Nº de plazas Área
2 ALEMÁN
2 ESPAÑOL
2 FRANCÉS
1 INGLÉS
2 ITALIANO
1 JAPONÉS

1.2. El proceso de selección se regirá por lo previsto en las bases de la convocatoria y, en su defecto, por lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación, Ley 30/84, de 2 de agosto, y demás disposiciones concordantes, realizándose el mismo conforme al proyecto de Reglamento del IDI (Instituto de Idiomas) aprobado por Consejo de Centro de 17 de abril de 2009.

1.3. Las condiciones de trabajo del personal que resulte seleccionado se regirán por el Convenio Colectivo vigente para el Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y demás legislación laboral que le sea de aplicación a la docencia universitaria y de acuerdo con el Plan de Organización Docente del Instituto de Idiomas.

1.4. Las condiciones técnicas fijas de las plazas objeto de esta convocatoria son las siguientes:

1.4.1. Impartir enseñanza de la lengua que corresponda, exigiéndose para ello el dominio y conocimiento del idioma a nivel de nativo.

1.4.2. El candidato seleccionado será contratado en régimen laboral con la docencia asignada por el Instituto de Idiomas en sus clases propias o en las desarrolladas en alguno de los Centros de la Universidad de Sevilla.

2. Requisitos de los candidatos.

Para participar en esta convocatoria los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos, conforme a la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:

2.1. Ser español, nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o estar en las situaciones contempladas en el artículo 57 de la mencionada norma. Los extranjeros de países no pertenecientes a la Unión Europea deberán además reunir los requisitos necesarios para la obtención de la autorización de trabajo por cuenta ajena, establecida en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Será responsabilidad del candidato que sea adjudicatario de la plaza convocada, la realización de cualquiera de los trámites necesarios para su incorporación inmediata al puesto de trabajo cuando sean requeridos para ello.

2.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.4. Estar en posesión del título de Licenciado o equivalente reconocido por el Ministerio de Educación y Ciencia.

2.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sometido a sanción disciplinaria que impida en su Estado, el acceso al empleo público.

Para ser admitido bastará con que los participantes manifiesten en su solicitud que reúnen todas las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y no habrán de presentar otra documentación más que las que sean exigidas expresamente en la base 3. El resto de documentación acreditativa se entregará en el plazo de aportación establecido previo a la formalización del contrato.

3. Solicitudes.

Las solicitudes, cuyo modelo consta en el Anexo I de esta convocatoria, serán facilitadas en el Registro General de esta Universidad, dirigida Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla y deben presentarse en el mencionado Registro, ubicado en la calle San Fernando, núm. 4, de Sevilla, en el Registro General Auxiliar del Pabellón de Brasil, sito en el Paseo de las Delicias, s/n o, en su caso, en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dicha solicitud deberá ir acompañada de un currículum vítae en el que conste la relación de los méritos del aspirante, acreditados documentalmente. Dicho currículum se elaborará de acuerdo con la hoja resumen que acompaña a esta convocatoria como Anexo II.

Asimismo, a la solicitud se acompañará fotocopia del DNI, Pasaporte o documento identificativo del país al que pertenezca el solicitante, en caso de no ostentar la nacionalidad española y fotocopia compulsada del título académico oficial exigido o, en su caso, del justificante de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar acompañadas de credencial de reconocimiento u homologación expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla informa a los participantes en esta convocatoria que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud de participación y demás documentación que se adjunte, van a ser incorporados para su tratamiento, en el fichero Oposiciones y Concursos, declarado ante la Agencia Española de Protección de Datos, que tratará los datos de todos los participantes en la presente convocatoria, conforme al procedimiento establecido en la misma. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, 4, 41004, Sevilla.

Los aspirantes con discapacidad y grado reconocido igual o superior al 33%, deberán acreditar documentalmente (mediante certificado expedido por el organismo competente) el porcentaje de discapacidad reconocido e indicarlo en la instancia utilizando el correspondiente recuadro de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medio para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud.

El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de participación que serán de 20 €, en la cuenta restringida de recaudación número 0049-2588-71-2114241655 del banco Santander en cualquiera de sus oficinas, mediante una de las siguientes formas de pago:

a) Cumplimentación y sellado por la Entidad Bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto, directamente en las oficinas de la citada Entidad.

b) Resguardo acreditadito de transferencia bancaria, en la que deberá hacer constar obligatoriamente, en el campo observaciones, nombre y apellidos del participante, número del DNI y Código 761.

Estarán, no obstante, exentos del abono de las tasas de participación los colectivos a que se refiere el art. 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en los términos y con las condiciones que allí se indican. A estos efectos habrán de hacer constar tal circunstancia en su solicitud de participación (casilla correspondiente al apartado 3.A), debiendo aportar la justificación pertinente de todos los extremos exigidos.

Asimismo, estarán exentos del abono de las tasas de examen, en aplicación de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, los que estando en posesión del título correspondiente ostenten la categoría especial y tendrán derecho a una bonificación del 50% los que ostenten la categoría general. A estos efectos habrán de hacer constar tal circunstancia (general o especial) en su solicitud de participación (casilla correspondiente al apartado 3.B), debiendo aportar la justificación pertinente.

La ausencia de justificación de dicho ingreso dará lugar a la exclusión provisional del solicitante. Dentro del plazo de reclamaciones o subsanaciones contra la lista de admitidos y excluidos provisional, podrá realizarse el ingreso y la pertinente justificación de dicho ingreso.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la Entidad Bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud, aún justificándose el abono de dichos derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante.

Los candidatos deberán presentar asimismo certificado académico de calificaciones con el fin de que pueda ser valorado en el punto 6.2.2, apartado a).

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación en aquel Boletín Oficial del Estado (BOE) o de la Junta de Andalucía (BOJA) que publique en último lugar la convocatoria o anuncio de la misma.

Será publicada asimismo en el tablón de anuncios de la página web de la Dirección de Recursos Humanos: www.r2h2.us.es, remitiéndose la necesaria publicidad a los Centros y Servicios de la Universidad de Sevilla.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente.

Habrá de presentarse una instancia por cada una de las Áreas, en las que se desee participar, relacionadas en la base 1.1.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo, debiendo el interesado solicitar la devolución de las cantidades ingresadas aportando los datos necesarios para la transferencia bancaria correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

4. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará, en el Tablón de Anuncios de la página web de la Dirección de Recursos Humanos www.r2h2.us.es, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, número del DNI y en su caso la causa de exclusión.

No obstante, dicha relación provisional podrá ser consultada en formato papel personándose en el Servicio de Gestión de P.A.S. Laboral (C. San Fernando, núm. 4).

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para poder subsanar el defecto o causa que haya motivado la exclusión. Finalizado dicho plazo se procederá a la publicación de la Resolución de la relación definitiva de admitidos y excluidos.

5. Comisión de Selección.

A fin de juzgar las pruebas y valorar los méritos se constituirá la Comisión de Selección, conforme al Convenio Colectivo en vigor, cuya composición se publicará junto con la relación provisional de admitidos y excluidos.

Los miembros de la Comisión de Selección quedan sujetos al cumplimiento de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto a los motivos de abstención y recusación, debiéndolo notificar si efectivamente se dieran, al Rector de la Universidad de Sevilla. Con anterioridad a la iniciación del procedimiento de valoración, se publicará resolución por la que se nombre, en su caso, a los nuevos miembros de la Comisión de Selección.

La composición de la Comisión de Selección deberá ajustarse a los principios de imparcialidad de sus miembros, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas.

La Comisión de Selección estará integrada por el Rector o el Vicerrector en quien delegue, dos profesores propuestos por el Instituto de Idiomas y dos miembros designados por el Comité de Empresa. Como Secretario actuará con voz pero sin voto, un funcionario de la Dirección de Recursos Humanos. Se nombrará a un miembro suplente por cada uno de los titulares mencionados.

Los criterios específicos de valoración para la adjudicación de las plazas serán establecidos y publicados por la Comisión de Selección.

Las funciones de la Comisión de Selección serán las de adjudicar las plazas convocadas y será auxiliada en sus trabajos por las Comisiones Técnicas correspondientes.

La Universidad, a propuesta de la Comisión de Selección, podrá designar por cada una de las Áreas afectadas, una Comisión Técnica, que estará integrada necesariamente por el Director del Instituto de Idiomas, que representará el Presidente de la Comisión de Selección, y el Secretario de la misma, que actuarán respectivamente como Presidente y Secretario de las Comisiones Técnicas. Asimismo, formarán parte de dichas Comisiones dos Vocales especialistas del idioma correspondiente.

Las Comisiones Técnicas auxiliarán en todo momento a la Comisión de Selección siendo las encargadas de la elaboración y corrección de las pruebas así como del asesoramiento sobre valoración de los currículos de los candidatos.

La Comisión de Selección quedará facultada para solventar las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases y los posibles aspectos no contemplados en las mismas.

Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión de Selección con la asistencia obligada del Presidente y del Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros Vocales. En esta sesión se adoptarán todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El régimen de posteriores reuniones y toma de decisiones será el regulado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los miembros de la Comisión de Selección y de las Comisiones Técnicas deben tener superior o igual nivel de titulación al requerido para concurrir a la convocatoria o pertenecer al mismo Grupo que corresponda a las plazas convocadas.

En cualquier momento del proceso, la Comisión de Selección podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad, debiendo proponer la exclusión de los mismos en el caso de que no fueran poseedores de la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado.

La Comisión de Selección y las Comisiones Técnicas que actúen en estas pruebas tendrán el nivel correspondiente entre los recogidos en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía (BOJA de 21 de abril).

6. Desarrollo del proceso selectivo.

Junto con la relación de admitidos y excluidos se publicará el lugar, las fechas y horas de celebración de las pruebas (una escrita y otra oral), así como las características de las mismas. Quienes superen estas pruebas serán valorados a continuación por la Comisión de Selección, de acuerdo al currículum vitae de méritos alegados por los aspirantes, que habrá de tener en cuenta los informes y propuestas emitidas por las Comisiones Técnicas y los méritos alegados por los aspirantes.

La valoración de los méritos alegados se ajustará al baremo que se establece a continuación en el apartado 6.2.

6.1. Conocimiento del idioma objeto de la convocatoria y de la metodología de su enseñanza (máximo 65 puntos).

Los candidatos deberán realizar los siguientes ejercicios:

1. Prueba escrita, anónima y de carácter eliminatorio. Se calificará 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener al menos 16 puntos para superarla.

2. Prueba oral, de carácter eliminatorio. Se valorará de 0 a 45 puntos, siendo necesario obtener al menos 22,50 puntos para superarla.

En dichas pruebas el aspirante deberá demostrar su dominio del idioma, de la metodología de su docencia y un amplio conocimiento del entorno cultural del mismo.

Para que la Comisión de Selección proceda a valorar el resto de los apartados relativos al currículum vitae, el candidato deberá conseguir al menos una calificación mínima de 16 puntos en la prueba escrita y una calificación mínima de 22,50 puntos en la prueba oral.

6.2. Currículum vitae (máximo 35 puntos).

Para que se pueda proceder a la valoración de los méritos alegados por los candidatos, será requisito imprescindible que se presenten debida y rigurosamente documentados. Los documentos extranjeros deberán estar acompañados de su traducción al español, debidamente compulsada.

A dichos efectos, el candidato deberá ordenar la documentación justificativa aportada, haciendo constar en la hoja resumen que se acompaña, aportándose con la máxima limpieza y paginado los datos requeridos, desglose de documentos y número de páginas del documento acreditativo.

6.2.1. Experiencia profesional (máximo 14 puntos).

La experiencia docente sólo se estimará cuando la documentación aportada presente todos los datos necesarios para la valoración (carga lectiva, periodos desempeñados, naturaleza de los contratos –debidamente verificados con copia sellada por el Inem u organismo correspondiente en cada país–. Únicamente podrán ser objeto de valoración aquellos períodos ininterrumpidos no inferiores a un mes completo. En caso de que la prestación de servicios se haya llevado a cabo en régimen de dedicación parcial, la puntuación del apartado correspondiente se reducirá a la mitad.

- Experiencia en la docencia del idioma relacionada con el perfil de la plaza objeto de la convocatoria (docencia universitaria no valorada en el apartado 6.2.3 docencia impartida en otros Centros oficiales de enseñanza secundaria de segundo ciclo y experiencia docente, en adultos, en Centros privados de reconocido prestigio):

Enseñanza universitaria, cada mes completo: 0,20 puntos.

Enseñanza secundaria, cada mes completo: 0,10 puntos.

Ámbito privado, cada mes completo: 0,05 puntos.

- Experiencia en la docencia de un idioma como lengua extranjera distinto al de referencia, siempre que sea en el ámbito universitario: (Máximo 3 puntos).

Cada mes completo: 0,10 puntos.

6.2.2. Formación (máximo 8,75 puntos).

Para que se pueda proceder a la valoración de los méritos alegados por los candidatos, será requisito imprescindible que se presenten debida y rigurosamente documentados. Los candidatos deberán presentar asimismo certificado académico de calificaciones con el fin de que pueda ser valorado en el punto 6.2.2, apartado a).

a) Expediente académico: Grado de Licenciado o equivalente, en relación con el idioma a impartir (de 0 a 3 puntos).

Calificación de la Licenciatura con Matrícula de Honor: 3 puntos.

Calificación de la Licenciatura con Sobresaliente: 2,5 puntos.

Calificación de la Licenciatura con Notable: 2 puntos.

Calificación de la Licenciatura con Aprobado: 1 punto.

b) Tesina, Cursos de Doctorado y Másteres directamente relacionados con el perfil de la plaza objeto del concurso (de 0 a 2,5 puntos):

Tesina o Trabajo de Investigación con puntuación máxima: 1 punto.

Tesina o Trabajo de Investigación sin puntuación máxima: 0,5 puntos.

Cursos de Doctorado (mínimo 16 créditos): 1 punto.

Master: 1 punto.

Memoria de Master con puntuación máxima: 0,5 puntos.

c) Doctorados directamente relacionados con el perfil de la plaza objeto del concurso (de 0 a 2,5 puntos):

Calificación de la Tesis Doctoral con Apto Cum Laude: 2,5 puntos.

Calificación de la Tesis Doctoral con Apto: 2 puntos.

d) Otros méritos (de 0 a 3 puntos):

1. Otras licenciaturas, tesinas, doctorados, masteres, diplomas de centros oficiales, no valorados en los apartados anteriores y no directamente relacionados con la docencia del idioma a impartir, hasta un máximo de 1 punto.

2. Actividades de formación pedagógica y de perfeccionamiento docente.Se valorarán únicamente los certificados que indiquen claramente el número de horas o los créditos concedidos, entendiendo que un crédito equivale a diez horas, hasta un máximo de 2 puntos:

- Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP): 0,50 puntos.

- Equivalentes a CAP en el país del idioma correspondiente: 0,50 puntos.

- Cursos recibidos: por cada 10 horas: de 0,10 hasta 2 puntos.

- Cursos recibidos: valoración global sumando las horas de cursos inferiores a 10 horas: de 0,05 hasta 0,50 puntos.

- Cursos impartidos: por cada 10 horas: de 0,25 hasta 2 puntos.

3. Otras actividades profesionales directamente relacionadas con el perfil de la plaza (hasta un máximo de 1 punto).

- Gestión de convenios internacionales: certificaciones europeas, intercambios, congresos etc.: hasta 1 punto.

- Gestión administrativa de centros de idiomas etc., participación en órganos de gobierno y de coordinación docente: hasta 1 punto.

- Actividades como becario relacionadas con la docencia del idioma a impartir: hasta 0,25 puntos.

- Traducciones realizadas: hasta 0,25 puntos.

4. Conocimiento de otros idiomas debidamente acreditados (nivel mínimo exigido: B2 del MCERL: 0,10 puntos por idioma. Máximo 0,3 puntos.

e) Publicaciones relevantes y conferencias impartidas en reuniones de carácter científico y relacionadas con la docencia del idioma a impartir: de 0 a 1,5 puntos.

- Libros (autoría/colaboración): hasta 1 punto.

- Artículos (autoría/colaboración): hasta 0,50 puntos.

- Elaboración de material didáctico (autoría/colaboración): hasta 0,50 puntos.

- Conferencias: hasta 0,25 puntos.

6.2.3. Antigüedad (máximo 12,25 puntos).

- Servicios prestados en la Universidad de Sevilla en un puesto directamente relacionado con el perfil de la plaza objeto de la convocatoria.

Cada mes completo: 0,40 puntos.

- Servicios prestados en Centros Adscritos de la Universidad de Sevilla en un puesto directamente relacionado con el perfil de la plaza objeto de la convocatoria.

Cada mes completo: 0,20 puntos.

7. Adjudicación provisional.

Terminado el proceso de valoración, la Comisión de Selección procederá a hacer público el resultado de la misma, desglosando los resultados por apartados.

El Acuerdo de la Comisión de Selección por el que se publiquen dichas puntuaciones tendrá carácter provisional y estará sujeto a posibles reclamaciones durante un plazo de cinco días naturales, al final del cual se elevará a definitivo. La Comisión de Selección procederá a adjudicar las plazas convocadas, proponiendo la contratación que corresponda.

8. Presentación de documentos.

Antes de la formalización de los contratos, los candidatos seleccionados deberán justificar adecuadamente los requisitos establecidos en la base 2, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la Resolución definitiva de aprobados, en el Registro General o Auxiliar de la Universidad de Sevilla, mediante los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico correspondiente, según el exigido, debidamente compulsado, o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración Jurada o Promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante Sentencia Judicial firme, según el modelo que figura como Anexo documental 3 de esta convocatoria.

c) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

d) Los candidatos que han hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán presentar certificación de los Órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición e igualmente deberán presentar certificación de los citados Órganos de la Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes, expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de esta Universidad.

Si dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, no se presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no se procederá a la formalización del contrato y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiese incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Eliminación de documentos.

Se informa a los participantes en esta convocatoria que la documentación presentada junto con su solicitud de participación permanecerá en los archivos del Servicio de Gestión del Personal de Administración y Servicios Laboral durante un año a partir de la firmeza del procedimiento y otro año en el Archivo General de esta Universidad y pasados dichos plazos serán eliminados, por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado el proceso selectivo en curso, procedan a la retirada de los mismos.

10. Información a los participantes.

A efectos de comunicación, la Comisión de Selección tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, calle San Fernando, núm. 4, teléfonos 954 551 071 y 954 556 486 y a través de la dirección electrónica paslaboral@us.es.

11. Recursos.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de Selección podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, procediendo contra esta Resolución alternativamente:

1.º Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde su publicación en los tablones de anuncios.

2.º Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, según dispone el artículo 58 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá interponerse por el interesado el recurso contenciosoadministrativo en tanto no sea resuelto expresa o implícitamente aquel, al amparo de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 15 de septiembre de 2009.- El Rector, Joaquín Luque Rodríguez.

ANEXO II
CATEGORÍA ORGANISMO
O CENTRO
RÉGIMEN DE
DEDICACIÓN
ACTIVIDAD FECHA
DE
INICIO
FECHA
DE TÉRMINO
CÓMPUTO
(POR MESES)
ESPECIFICAR
Nº PAG. DEL EXPEDIENTE
DONDE FIGURA




2.- ENSEÑANZA SECUNDARIA.
CATEGORÍA ORGANISMO
O CENTRO
RÉGIMEN DE
DEDICACIÓN
ACTIVIDAD FECHA
DE
INICIO
FECHA
DE TÉRMINO
CÓMPUTO
(POR MESES)
ESPECIFICAR
Nº PAG. DEL EXPEDIENTE
DONDE FIGURA




3.- ENSEÑANZA EN ÁMBITO PRIVADO
CATEGORÍA ORGANISMO
O CENTRO
RÉGIMEN DE
DEDICACIÓN
ACTIVIDAD FECHA
DE
INICIO
FECHA
DE TÉRMINO
CÓMPUTO
(POR MESES)
ESPECIFICAR
Nº PAG. DEL EXPEDIENTE
DONDE FIGURA




b) Experiencia en la docencia de un idioma como lengua extranjera distinto al que opta, siempre que sea en el ámbito universitario:
CATEGORÍA ORGANISMO
O CENTRO
RÉGIMEN DE
DEDICACIÓN
ACTIVIDAD FECHA
DE
INICIO
FECHA
DE TÉRMINO
CÓMPUTO
(POR MESES)
ESPECIFICAR
Nº PAG. DEL EXPEDIENTE
DONDE FIGURA




6.2.2. FORMACIÓN.
TÍTULO DE LA TESINA O TRABAJO DE INVESTIGACIÓN_________________________________________
DENOMINACIÓN DEL CURSO CENTRO QUE IMPARTE DURACIÓN DEL CURSO (en horas) MÉRITO JUSTIFICADO CON EL DOCUMENTO Nº:






- Cursos recibidos: Valoración global sumando las horas de cursos inferiores a 10 horas ____________________________________
(Este mérito está justificado con el documento nº _____ del currículum)
- Cursos impartidos:
DENOMINACIÓN DEL CURSO CENTRO QUE IMPARTE DURACIÓN DEL CURSO (en horas) MÉRITO JUSTIFICADO CON EL DOCUMENTO Nº:





3) Otras actividades profesionales directamente relacionadas con el perfil de la plaza:
- Gestión de convenios internacionales: certificaciones europeas, intercambios, congresos etc:
________________________________________________________________________________
- Gestión administrativa de centros de idiomas etc., participación en órganos de gobierno y de coordinación docente:
________________________________________________________________________________
- Actividades como becario relacionadas con la docencia del idioma a impartir:
________________________________________________________________________________
- Traducciones realizadas:
_________________________________________________________________________________
(Estos méritos están justificados con los documentos nº ____________________ del currículum)
4) Conocimiento de otros idiomas debidamente acreditados (nivel mínimo exigido: B2 del MCERL –Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas-):
_____________________________________________________________________________
(Este mérito está justificado con el documento nº _____ del currículum)
_________________________________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________________________________
(Estos méritos están justificados con los documentos nº ____________________ del currículum)
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