Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 01/10/2009

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 18 de septiembre de 2009, de la Universidad de Córdoba, por la que se procede a la modificación de la de 12 de julio de 2006, sobre estructura y determinación de los Vicerrectorados y del régimen de delegación de competencias.

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Mediante resolución del Rector de la Universidad de Córdoba de 12 de julio de 2006 (BOJA núm. 149, de 3 agosto), dictada en virtud de lo dispuesto en el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre), en relación con los arts. 51 y 52 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 206, de 27 de octubre), se definieron la estructura del Consejo de Dirección, las funciones de los Vicerrectorados, de la Secretaría General y del Gerente, a la vez que se delegaba en cada uno de ellos las competencias correspondientes.

En virtud de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE núm. 89, de 13 de abril), fue modificada la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, estableciendo en la Disposición adicional octava que las Universidades adaptarán sus estatutos conforme a lo dispuesto en referida Ley en un plazo máximo de tres años.

La propuesta de inicio del proceso de reforma de los Estatutos de la Universidad de Córdoba fue acordada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, en sesión ordinaria de 24 de julio de 2009, de conformidad con lo establecido en el art. 246.b) de los Estatutos. La optimización de los recursos del Consejo de Dirección y una mayor eficiencia en el desarrollo del proceso de reforma estatutaria hacen conveniente introducir modificaciones en las funciones de algunos Vicerrectorados.

Por ello, al amparo de las competencias que tengo conferidas en el art. 20 de la LOU, en relación con los arts. 51 y 52 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba,

DISPONGO

Primero. Modificar el punto 10 del art. primero de la Resolución de 12 de julio de 2006, que pasará a tener la siguiente redacción:

«10. Vicerrectorado de Gestión, Presupuestos y Sociedades:

Comprende las siguientes funciones y comisiones:

- Procedimientos de gestión económica y financiera.

- Contratación de servicios y suministros centralizados.

- Patrimonio.

- Elaboración del Presupuesto.

- Auditoría Interna.

- Prevención de Riesgos Laborales.

- Presidencia de la Mesa Sectorial.

- Sociedades Participadas.

- Formación del PAS.

- Reforma de los Estatutos.

- Comisiones: Asuntos Económicos, Estatutos y la Presidencia delegada de las Comisiones que puedan ser creadas por Consejo de Gobierno en el ámbito de su competencia.»

Segundo. Modificar el punto 12 del artículo primero de la Resolución de 12 de julio de 2006, que pasará a tener la siguiente redacción:

«12. Vicerrectorado de Comunicación y Coordinación Institucional:

Comprende las siguientes funciones y comisiones:

- Procesos electorales y relaciones con el Claustro.

- Gabinete de Comunicación.

- Desarrollo y Mantenimiento de la página web.

- Relaciones con las instituciones y los órganos internos de la Universidad.

- Desarrollo convenio con Instituciones Sanitarias.

- Relación con Centros Adscritos.

- Imagen Corporativa.

- Supervisión de Convenios Marco en colaboración con los otros Vicerrectorados a los que corresponderá su desarrollo y el establecimiento de los Convenios Específicos que fueran necesarios.

- Modificaciones normativas no atribuidas a otros Vicerrectorados.

- Comisiones: Electoral, Elaboración de Reglamentos y la Presidencia delegada de las Comisiones que puedan ser creadas por Consejo de Gobierno en el ámbito de su competencia.»

Tercero. Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su firma y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.

Córdoba, 18 de septiembre de 2009.- El Rector, P.A., la Secretaria General, María José Polo Gómez.

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