Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 07/10/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 7 de septiembre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de San Fernando, dimanante de autos núm. 697/2007.

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NIG: 1103142C20070001808.

Procedimiento: Filiación 697/2007. Negociado: AN.

De: Doña Miriam Flores.

Procuradora: Sra. Inmaculada Pizarro Blanco.

Letrada: Sra. Villar Motrel, Rosa María.

Contra: Don Jimmy Carlos Galarza Balaca.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Filiación 697/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de San Fernando a instancia de Miriam Flores contra Jimmy Carlos Galarza Balaca sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En San Fernando, a 27 de enero de 2009.

Doña María del Pilar Fernández Nebot, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de San Fernando, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal sobre Impugnación de paternidad, seguidos en este Juzgado con el número 697 de 2007, siendo demandante doña Miriam Flores, actuando como representante legal de su hijo menor E.B.G.F., representada por la Procuradora doña Inmaculada Pizarro Blanco y asistida por la Letrada doña Rosa María Villar Motrel, y demandado don Jimmy Carlos Galarza Balaca, en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora doña Inmaculada Pizarro Blanco, en nombre y representación de doña Miriam Flores, actuando como representante legal de su hijo menor E.B.G.F., declaro que don Jimmy Carlos Galarza Balaca no es el padre biológico del menor E.B.G.F., con todas las consecuencias legales inherentes a tal declaración.

Firme que sea la presente resolución, líbrese exhorto al Registro Civil de Santa Coloma de Gramanet a fin de que se proceda a la cancelación del asiento relativo a la inscripción no matrimonial de la filiación del referido menor respecto del cual aparece como progenitor don Jimmy Carlos Galarza Balaca, así como de cualquier otro asiento contradictorio con dicha declaración.

Todo ello sin expresa imposición de las costas procesales causadas en el presente procedimiento a ninguna de las partes.

Notifíquese esta sentencia a las partes, de la que se llevará testimonio a los presentes autos y su original al libro correspondiente

La presente resolución no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación para ser resuelto por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Jimmy Carlos Galarza Balaca, extiendo y firmo la presente en San Fernando, a siete de septiembre de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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