Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 22/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 16 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, por la que se ratifican las nuevas tarifas de aplicación de la estación de autobuses de El Ejido (Almería). (PP. 2931/2009).

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Con fecha 16 de septiembre de 2009, se ha dictado por la Dirección General de Transportes y Movilidad Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de El Ejido, aprobadas por el Excmo. Ayuntamiento en sesión extraordinaria de fecha 16 de diciembre de 2008, que a continuación se exponen, expresadas en euros, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

CONCEPTO TARIFAS MÁXIMAS

1. Por entrada o salida de autobuses con viajeros.

1.1. Servicios regulares permanentes de uso general

1.1.1. Cercanías hasta 30 km 0,50

1.1.2. Resto 1,33

1.2. De los servicios no encuadrados en el apartado

anterior:

1.2.1. Cualquier servicio: 2,09

2. Por utilización por los viajeros de los servicios generales de la estación.

2.1. De servicios regulares permanentes de uso

general:

2.1.1. Viajeros de Cercanías hasta 30 km 0,13

2.1.2. Resto de viajeros 0,14

2.2. De servicios no encuadrados en el apartado

anterior.

2.2.1. Cualquier recorrido 0,18

3. Por utilización de los servicios de consigna automática.

Los precios por utilización de los servicios de consigna automática serán los que libremente establezca el concesionario de la Estación siempre que se preste también el servicio de consigna manual.

4. Por utilización de los servicios de consigna manual.

Cada bulto, por día o fracción:

4.1. Bulto de hasta 50 kg 0,25

4.2. Bulto mayor de 50 kg 0,55

4.3. Por cada día de demora 1,04

5. Facturación de equipajes:

5.1. Por cada 10 kg o fracción de peso 0,54

5.2. Mínimo de percepción 2,09

6. Por alquiler de la zona de taquillas.

6.1. Por cada módulo de taquilla 208,78

7. Servicio de aparcamiento de autobuses:

7.1. De 8 a 22 horas, por cada hora o fracción 0,84

7.2. Aparcamiento de un autobús de servicio

regular permanente de uso general desde las

22 horas a las 8 horas del día siguiente sin

fraccionamiento por razón de tiempo 10,91

7.3. Aparcamiento de un autobús que no preste

servicio regular permanente de viajeros

(siempre que la capacidad de la Estación lo

permita) desde las 22 horas a las 8 horas

del día siguiente, sin fraccionamiento por

razón de tiempo dentro del indicado: 18,19

Segundo. Las tarifas con cuatro decimales servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de El Ejido entrarán en vigor, al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 16 de septiembre de 2008.- La Directora General, María Belén Gualda González.

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