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En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica a Obras y Construcciones Nuevo Siglo, S.L., la siguiente providencia de levantamiento de suspensión dictada por el Delegado Provincial:
Vista el acta de infracción núm. 182/04, que inicia el procedimiento sancionador núm. 530/04, seguido a las empresas Obras y Construcciones Nuevo Siglo, S.L., y Obras y Servicios Promocionales, cuya tramitación se halla suspendida mediante providencia de 19 de mayo de 2004, por la sustanciación de actuaciones penales, y considerando que en fecha 15 de septiembre de 2009 ha tenido entrada la sentencia núm. 500/07, de veintiuno de diciembre de dos mil siete, del Juzgado de lo Penal núm. Seis de Sevilla, que contiene fallo absolutorio, procede pues el levantamiento de la indicada suspensión y la continuación del procedimiento sancionador, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y en el artículo 5 del Reglamento General sobre procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.
En aplicación del artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resulta oportuno la concesión a las entidades expedientadas del trámite de alegaciones por plazo de diez días desde la notificación de la presente, a fin de que, recaída la citada resolución judicial y en atención a esta, puedan presentar las alegaciones y pruebas que estimen convenientes a su derecho.
Sevilla, 19 de octubre de 2009.- El Delegado, Antonio Rivas Sánchez.
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