Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 30/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 22 de septiembre de 2009, por la que se autoriza la nueva denominación específica de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Beneficencia San Antonio Huerta de la Cruz», de Algeciras (Cádiz), pasando a denominarse «Huerta de la Cruz».

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña María del Pilar Goicoechea Ronda, como representante de la congregación Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Beneficencia San Antonio Huerta de la Cruz», con domicilio en C/ San Vicente de Paúl, 7, de Algeciras (Cádiz), solicitando nueva denominación específica, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que los citados centros, con número de código 11000253, tienen autorización para impartir seis unidades de segundo ciclo de educación infantil, doce de educación primaria y ocho de educación secundaria obligatoria, funcionando todas ellas, así como dos unidades de educación básica especial apoyo a la integración en régimen de concierto educativo.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar el cambio de denominación específica de los centros docentes privados «Beneficencia San Antonio Huerta de la Cruz», de Algeciras (Cádiz), por el de «Huerta de la Cruz», y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los mismos que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de educación infantil.

Denominación específica: «Huerta de la Cruz».

Código del centro: 11000253.

Titular: Congregación Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Domicilio: C/ San Vicente de Paúl, 7.

Localidad: Algeciras.

Municipio: Algeciras.

Provincia: Cádiz.

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil (segundo ciclo): 6 unidades.

- Puestos escolares: 144.

Denominación genérica: Centro docente privado de educación primaria.

Denominación específica: «Huerta de la Cruz».

Código del centro: 11000253.

Titular: Congregación Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Domicilio: C/ San Vicente de Paúl, 7.

Localidad: Algeciras.

Municipio: Algeciras.

Provincia: Cádiz.

Enseñanzas autorizadas:

Educación primaria: 12 unidades.

- Puestos escolares: 300.

Denominación genérica: Centro docente privado de educación secundaria.

Denominación específica: «Huerta de la Cruz».

Código del centro: 11000253.

Titular: Congregación Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Domicilio: C/ San Vicente de Paúl, 7.

Localidad: Algeciras.

Municipio: Algeciras.

Provincia: Cádiz.

Enseñanzas autorizadas:

Educación secundaria obligatoria: 8 unidades.

- Puestos escolares: 240.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de septiembre de 2009

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ

Consejera de Educación

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