Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 04/11/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 22 de octubre de 2009, por la que se delegan en la persona titular de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral competencias de aprobación, modificación o extinción del convenio marco de colaboración entre el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, y los convenios específicos que deriven de este, para la ejecución de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012.

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La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 constituye el instrumento para establecer el marco general de las políticas de prevención de riesgos laborales. Esta Estrategia, sobre la base del consenso de todas las partes implicadas, pretende diseñar el marco común y compartido de las acciones en materia de prevención de riesgos laborales a desarrollar en el futuro por el Gobierno, las Comunidades Autónomas y los interlocutores sociales.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo es el órgano científico-técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y ayuda de las mismas. Para ello establece la cooperación necesaria con los órganos de las Comunidades Autónomas competentes en la materia.

La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en su artículo 9.2, atribuye la competencia para la aprobación modificación o extinción de convenios de colaboración a la persona titular de cada Consejería en el ámbito de sus competencias, salvo que el Consejo de Gobierno disponga otra cosa.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 13.1, regula la delegación de competencias y el artículo 101.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en su artículo 101.1, establece que los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía podrán delegar mediante resolución motivada el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros de la misma Administración, del mismo rango o inferior, aunque no sean jerárquicamente dependientes.

De acuerdo con estos preceptos, con la finalidad de agilizar la gestión y de una mayor proximidad con el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en aras de una mayor eficacia, se considera conveniente delegar en la persona titular de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral el ejercicio de la competencia para la aprobación, modificación o extinción del Convenio Marco de Colaboración entre el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, y los convenios específicos que deriven de este, para la ejecución de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 en la persona titular de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral.

Por todo ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral la competencia para la aprobación, modificación o extinción del Convenio Marco de Colaboración entre el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, y los convenios específicos que deriven de este, para la ejecución de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 en la persona titular de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente Orden tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de octubre de 2009

ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA

Consejero de Empleo

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