Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 23 de octubre de 2008, de la Delegación del Gobierno de Granada, por la que se modifica la de 31 de octubre de 2007, por la que se resolvió el procedimiento de concesión de subvenciones a las Entidades Locales, convocado por la Orden que se cita.

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H E C H O S

Único. Se advierte error material en el apartado 23, entidad beneficiaria Zagra, del Anexo 1, «Listado de beneficiarios, por orden de puntuación», de la Resolución antedicha de 31 de octubre de 2007, en cuanto al importe del presupuesto aceptado. Examinada la documentación del expediente, se procede a correcta determinación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación del Gobierno es competente, por delegación del titular de la Consejería, para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones, en virtud de la delegación de competencias aprobada por el artículo 13.1 de la Orden de 12 de diciembre de 2006.

Segundo. Según el apartado 2 del artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Júridico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Vistas las anteriores consideraciones,

RESUELVO

Primero. Modificar la Resolución de 31 de octubre de 2007, de concesión de subvenciones, en lo referente al Anexo 1 (listado de beneficiarios, por orden de puntuación), en el punto 23, que detalla las condiciones de la subvención concedida al Ayuntamiento de Zagra:

- Donde dice «Importe del presupuesto aceptado: 11.870,45 €», debe decir «Importe del presupuesto aceptado: 5.935 €».

- Donde dice «Cuantía de la subvención (y porcentaje que representa): 5.341 € (44,99%)», debe decir «Cuantía de la subvención (y porcentaje que representa): 5.341 € (89,99%)».

Publíquese esta resolución en los términos establecidos en el artículo 14 de la Orden.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Granada, 23 de octubre de 2008.- El Delegado del Gobierno, Jesús Huertas García.

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