Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 11 de enero de 2009, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes, a efectos de escolarización, de los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos.

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Con fecha 27 de febrero de 2007, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 6 de febrero de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se acordaba la publicación de las áreas de influencia y sus modificaciones en las correspondientes zonas de escolarización de la provincia de Jaén. De conformidad con el art. 3.3 de la Orden de 24 de febrero de 2007, de la Consejería de Educación, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, a excepción de los universitarios, esta Delegación Provincial, oído el Consejo Escolar Provincial y, en su caso, los Consejos Escolares Municipales, ha resuelto publicar las áreas de influencia y limítrofes y determinadas modificaciones existentes, en relación con los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica, que quedarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del mes de mayo del presente año.

Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta Resolución estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el artículo 3.3 de la Orden de 24 de febrero de 2007 antes citada. Dichas áreas estarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial de Jaén durante los meses de marzo, abril y mayo de cada año.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso conteciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, y en el plazo de un mes a contar desde su publicación, recurso de reposición ante esta Delegación Provincial de Educación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 11 de enero de 2009.- La Delegada, Angustias Rodríguez Ortega.

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