Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 27/11/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 28 de octubre de 2009, por la que se resuelve la convocatoria a la que se refiere la Orden que se cita.

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La Orden de la Consejería de Educación de 29 mayo de 2009, estableció las bases reguladoras de la concesión de subvenciones instrumentalizadas a través de convenios con Escuelas Hogar y Entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro, para facilitar la escolarización del alumnado con graves discapacidades y para la realización de determinadas actuaciones de compensación educativa y efectuó su convocatoria para el curso 2009/10.

Vistas las solicitudes presentadas por las Escuelas Hogar y Entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro, para formalizar nuevo convenio con la Consejería de Educación para el curso 2009/10, cumplidos todos los trámites previstos en la citada Orden de 29 mayo de 2009, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Centros, esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Aprobar la formalización de convenios con las Escuelas Hogar que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden para la atención al alumnado en régimen de internado en el curso 2009/10, para el número de plazas que en el mismo se especifica, denegándose cualquier otra modalidad de convenio solicitada por no ser necesario para la escolarización del alumnado.

Segundo. Aprobar la formalización de convenio con la Escuela Hogar que se relaciona en el Anexo II de la presente Orden para la atención del alumnado a través de servicios y actividades complementarias en el curso 2009/10, para el número de plazas que en el mismo se especifica.

Tercero. Aprobar la formalización de convenios con las Entidades que se relacionan en el Anexo III de esta Orden para la prestación del servicio de residencia al alumnado con necesidades educativas especiales en el curso 2009/10, para el número de plazas que en el mismo se especifica, denegándose cualquier otra modalidad de convenio solicitada por no ser necesario para la escolarización del alumnado.

Cuarto. Denegar la formalización de convenio con las entidades que se relacionan en el Anexo IV de esta Orden por no ser considerado necesario para la atención del alumnado en su escolarización.

Quinto. Los Delegados y Delegadas Provinciales de la Consejería de Educación notificarán a los interesados la fecha, lugar y hora en que deban personarse en la Delegación Provincial de Educación para firmar el convenio. Entre la notificación y la firma del Convenio deberá mediar un plazo mínimo de dos días.

Sexto. El documento administrativo de formalización del convenio será firmado por el correspondiente Delegado o Delegada Provincial de la Consejería de Educación y por el titular o persona con representación legal debidamente acreditada de la Escuela Hogar o Entidad, de acuerdo con lo establecido en la Orden de esta Consejería de Educación de 29 de mayo de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones instrumentalizadas a través de convenios con Escuelas Hogar y Entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro, para facilitar la escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y para la realización de determinadas actuaciones de compensación educativa y se convocan las correspondientes para el curso 2009/10.

Séptimo. Si el titular de la Escuela Hogar o Entidad, sin causa justificada, no suscribiere el documento de formalización del convenio en la fecha notificada, se entenderá decaído en su derecho.

Octavo. De acuerdo con lo establecido en la Orden de 29 de mayo de 2009, los gastos derivados de los convenios aprobados por la presente Orden se imputarán a la aplicación presupuestaria 0.1.20.00.01.00.0500.487.01.42F para la anualidad 2009 y a la 3.1.20.00.01.00.0500.487.01.42F para la anualidad 2010, del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación, financiando el cien por cien del presupuesto de la actividad objeto de la subvención.

Noveno. La forma de pago se realizará mediante transferencias bancarias a las cuentas de las entidades beneficiarias, siempre que se cumplan las obligaciones exigidas en los artículos 16, 17 y 18 de la Orden de 29 de mayo de 2009, con la secuenciación de pagos que se explicita en el artículo 20 de la citada Orden.

Décimo. La justificación de las cantidades percibidas por las entidades beneficiarias se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Orden de 29 de mayo de 2009.

Undécimo. Las condiciones impuestas a los beneficiarios derivadas de la percepción de las subvenciones objeto de esta resolución, serán las reflejadas en los artículos 16, 17 y 18 y, en su caso, las del artículo 23 de la Orden de 29 de mayo de 2009.

Duodécimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Decimotercero. La presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar.

Sevilla, 28 de octubre de 2009

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ

Consejera de Educación

ANEXO I

RELACIÓN DE ESCUELAS HOGAR CON LAS QUE SE FORMALIZARÁ ÚNICAMENTE CONVENIO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO EN RÉGIMEN DE INTERNADO

PROVINCIA: CÁDIZ

Nombre: «JESÚS, MARÍA Y JOSÉ». Código: 11000061. CIF: R1100079A

Angel Viera, 1. 11180 Alcalá de los Gazules

Plazas: 77

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

386.611,78 € 154.644,71 € 231.697,07 €

Nombre: «SAN JUAN BOSCO». Código: 11002092. CIF: R4100020I

11130 Campano.

Plazas: 29

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

163.678.92 € 65.471,57 € 98.207,35 €

Nombre: «SAN RAFAEL«. Código: 11003539. CIF: R4100020I

San Juan Bosco s/n. 11580 San José del Valle

Plazas: 59

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

310.122,32 € 124.048.93 € 186.073,39 €

PROVINCIA: CÓRDOBA

Nombre: «JUAN DE DIOS GIMÉNEZ». Código: 14006448. CIF: G14058838

Ntra. Sra. de la Cabeza, 12. 14960 Rute

Plazas: 95

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

379.622,63 € 151.849,05 € 227.773,58 €

Nombre: «NTRA.SRA. DE LOS REMEDIOS». Código: 14006680. CIF: R1400172A

Alcolea, 69. 14420 Villafranca de Córdoba

Plazas: 41

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

218.534,90 € 87.413,96 € 131.120,94 €

Nombre: «MARÍA JESÚS HERRUZO MARTOS». Código: 14006734. CIF: R1400012I

Real 30. 14440 Villanueva de Córdoba

Plazas: 50

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

249.504,63 € 99.801,85 € 149.702,78 €

PROVINCIA: GRANADA

Nombre: «CRISTO REY». Código: 18000167. CIF: R1800136B

Maura, 22. 18700 Albuñol

Plazas: 116

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

488.424,55 € 195.369,82 € 293.054,73 €

Nombre: «REINA ISABEL». Código: 18001408. CIF: R1800219F

Real, 14. 18198 Cájar

Plazas: 60

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

430.260,81 € 172.104,32 € 258.156,49 €

Nombre: «ANDRÉS MANJÓN». Código: 18003910. CIF: G18618777

Molinos, 63. 18009 Granada

Plazas: 57

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

226.073,87 € 90.429,55 € 135.644,32 €

Nombre: «DIVINA INFANTITA». Código: 18003958. CIF: R1800069E

Valle Gran Rey, 4. 18014 Granada

Plazas: 52

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

221.633,02 € 88.653,21 € 132.979,81 €

Nombre: «CIUDAD DE LOS NIÑOS». Código: 18004021. CIF: G18029066

Ctra. de Málaga s/n. 18015 Granada

Plazas: 87

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

312.014,88 € 124.805,95 € 187.208,93 €

Nombre: «MADRE TERESA». Código: 18004033. CIF: R1800072I

San Juan de los Reyes, 8. 18010 Granada

Plazas: 90

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

337.655,59 € 135.062,24 € 202.593,35 €

Nombre: «DIVINA INFANTITA». Código: 18004771. CIF: R1800068G

Santa María, 5. 18500 Guadix

Plazas: 59

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

196.995,77 € 78.798,31 € 118.197,46 €

Nombre: «PÍO XII-CRISTO REY». Código: 18005244. CIF: R1800135D

Pío XII, 42. 18360 Huétor-Tájar

Plazas:62

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

260.162,67 € 104.065,07 € 156.097,60 €

Nombre: «SAGRADO CORAZÓN». Código: 18008452. CIF: R1800101F

Gloria, 20. 18480 Ugíjar

Plazas: 116

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

413.372,17 € 165.348,87 € 248.023,30 €

PROVINCIA: JAÉN

Nombre: «CRISTO REY». Código: 23000121. CIF: R2300073J

Arcipreste Robles, 8. 23680 Alcalá la Real

Plazas: 80

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

313.675,93 € 125.470,37 € 188.205,56 €

Nombre: «MARTÍNEZ MONTAÑÉS». Código: 23002361. CIF: G23633266

Avda. de Europa s/n. 23680 Alcalá la Real

Plazas: 18

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

130.932,85 € 52.373,14 € 78.559,71 €

Nombre: «VIRGEN DE GUADALUPE». Código: 23002437. CIF: G23633266

Avda. Cristo Rey, 25. 23400 Úbeda

Plazas:46

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

245.951,95 € 98.380,78 € 147.571,17 €

Nombre: «HIJAS DE CRISTO REY». Código: 23005335. CIF: R2300090D

Fuensanta 14. 23330 Villanueva del Arzobispo

Plazas: 65

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

262.827,18 € 105.130,87€ 157.696,31 €

Nombre: «MADRE DEL DIVINO PASTOR». Código: 23005359. CIF: R2300045H

María Ana Mogas, 28. 23740 Andújar

Plazas:25

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

160.126,24 € 64.050,50 € 96.075,74 €

PROVINCIA: MÁLAGA

Nombre: «SAGRADO CORAZÓN». Código: 29001042. CIF: R4100020I

Ctra. de Campillos, S/N. 29200 Antequera

Plazas: 113

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

485.760,04 € 194.304,02 € 291.456,02 €

ANEXO II

ESCUELA HOGAR CON LA QUE SE FORMALIZARÁ CONVENIO PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

Este convenio no conlleva dotación de personal dependiente de la Junta de Andalucía.

PROVINCIA: GRANADA

Nombre: «STELLA MARIS». Código: 18004951. CIF: R1800094C

Ctra. de Almería. 18740 Castell de Ferro (Los Gualchos)

Plazas: 50

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

93.800,00 € 37.520,00 € 56.280,00 €

ANEXO III

RELACIÓN DE ENTIDADES CON LAS QUE SE FORMALIZARÁ CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RESIDENCIA AL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

PROVINCIA: CÁDIZ

Nombre: Ángel de la Guarda AFANAS. Código: 11701267. CIF: G11017340

Juan Sebastián Elcano, 11. 11100 San Fernando (Cádiz)

Plazas: 6

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

55.765,50 € 22.306,20 € 33.459,30 €

PROVINCIA: GRANADA

Nombre: Ntra. Sra. de la Esperanza. Asociación ProDeficientes Mentales San José. Código: 18700751. CIF: G18018853

Avda. Colmenar s/n. 18500 Guadix

Plazas: 47

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

436.829,75 € 174.731,90 € 262.097,85 €

PROVINCIA: HUELVA

Nombre: Asociación de Protectores de Minusválidos Psíquicos. ASPROMIN. Código: 21700691. CIF: G21013743

Camino Real s/n. 21650 El Campillo

Plazas: 18

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

167.296,50 € 66.918,60 € 100.377,90 €

PROVINCIA DE JAÉN

Nombre: Asociación Provincial Pro Minusválidos Psíquicos de Jaén. Código: 23700891. CIF: G23014814

Avda. Madrid, 15. 23001 Jaén

Plazas: 16

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

148.708,00 € 59.483,20 € 89.224,80 €

PROVINCIA: SEVILLA

Nombre: Orden Hospitalaria de San Juan de Dios. Código: 41702205. CIF: R4100193D

Autovía Sevilla-Málaga km 15. 41500 Alcalá de Guadaíra

Plazas: 26

Importe Total Anualidad 2009 Anualidad 2010

241.650,50 € 96.660,20 € 144.990,30 €

ANEXO IV

ENTIDADES CON LAS QUE NO SE FORMALIZARÁ CONVENIO

PROVINCIA: JAÉN

Nombre: Asociación de Atención Social Siloé

San Lucas 6-A. 23005 Jaén

PROVINCIA: MÁLAGA

Nombre: Asociación de Linares Von Schmiterlöw

Manuel de Palacio, 17. 29017 Málaga.

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