Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 30/11/2009

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Ayuntamientos

Anuncio de 11 de noviembre de 2009, del Ayuntamiento de Vegas del Genil, de modificación de las bases que se citan.

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Modificaciones sobre las bases del procedimiento selectivo para la provisión de varias plazas reservadas a funcionarios del Ayuntamiento de Vegas del Genil, incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2008, y en el marco del Plan de Consolidación de Empleo Temporal aprobado por este Ayuntamiento, por el sistema de concurso-oposición libre.

Francisco Mendoza Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Vegas del Genil (Granada).

Hace saber: Que por Decreto de esta Alcaldía de fecha 9 de noviembre de 2009 han sido modificadas parcialmente las bases que habían de regir la provisión de varias plazas reservadas a funcionarios de este Ayuntamiento, incluidas en la OEP de 2008 y en el marco del Plan de consolidación del Empleo Temporal, aprobadas por Decreto de 9 de septiembre de 2009, y publicadas en el BOP de 15.9.09 y BOJA de 30.9.09.

Se hace público el contenido de las modificaciones realizadas en las citadas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos previstos en su base novena.

MODIFICACIONES APROBADAS SOBRE LAS BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE VARIAS PLAZAS RESERVADAS A FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE VEGAS DEL GENIL, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2008, Y EN EL MARCO DEL PLAN DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL APROBADO POR ESTE AYUNTAMIENTO, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE

Base tercera. Forma y plazo de presentación de instancias.

Apartado 3.3 (nueva redacción):

3.3. Aquellos aspirantes que pretendan intervenir en la fase de concurso justificarán sus méritos y aportarán obligatoriamente además, junto con la instancia y documentos citados en el apartado 3.2 anterior, los siguientes:

a) Para acreditar los servicios prestados en Administraciones Públicas, bien en régimen laboral o funcionarial, certificado del órgano administrativo que tenga encomendada por Ley en cada Administración esta competencia, detallando el nombre de la plaza o puesto en que se han prestado, contenido de sus funciones (en los casos que procede según la base 6.3, período/s de servicios con expresión de la fechas de su inicio y finalización, y régimen en que se han prestado (laboral o funcionarial), excluyéndose de valoración los servicios cuando los certificados no reúnan estos requisitos ni especifiquen dichos extremos. Los servicios prestados en régimen diferente al laboral o funcionarial no serán valorados.

b) Para acreditar la titulación académica, copia compulsada del título académico de mayor grado que se posea o del documento de su solicitud admitido por el organismo educativo que ha de expedirlo. Cuando se aleguen estudios equivalentes habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido. Cuando se trate de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación.

c) Para los restantes méritos que para cada plaza sean susceptibles de valoración en el apartado de «Formación», certificado expedido por el órgano competente de la correspondiente Administración que los acredite, o fotocopia compulsada de su título oficial, detallando, en el caso de los cursos de formación y doctorado, las horas. No se valorarán aquellos cursos en que no consten las horas de duración.

Todos los documentos deberán presentarse en original acompañado de fotocopia para su compulsa, o cotejados conforme lo establecido en el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo.

Base sexta. Procedimiento de selección y desarrollo de los procesos.

Apartado 6.3. Fase de concurso (nueva redacción):

Será previa a la fase de oposición.

No será eliminatoria, ni la puntuación obtenida se tendrá en cuenta para superar los ejercicios/pruebas de la fase de oposición, valorándose los siguientes méritos según la/s plaza/s a la/s que se opta:

Plazas de Auxiliares Administrativos

a) Experiencia laboral (hasta un máximo de 5,60 puntos):

a.1. Por cada mes de servicios en el Ayuntamiento de Vegas del Genil, al amparo de la Disposición Transitoria cuarta del EBEP, considerando la experiencia en los puestos objeto de la convocatoria, siempre que se hayan desempeñado, bien en régimen laboral temporal bien como funcionario/a interino/a, con anterioridad a 1 de enero de 2005, en la forma siguiente: 0,20 puntos/mes de servicios, hasta un máximo por este apartado de 3,60 puntos.

a.2. Por cada mes de servicios en cualquier Administración Pública en puestos de idéntico contenido de funciones, en régimen laboral temporal o funcionarial interino, en la forma siguiente: 0,10 puntos/mes de servicios, hasta un máximo por este apartado de 2,00 puntos.

b) Formación (hasta un máximo de 4,00 puntos): Por encontrarse en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria, a razón de 2,00 puntos por cada una de ellas, no estimándose aquellas titulaciones que supongan un mismo nivel académico.

Plaza de Especialista de los Servicios de Fontanería-Electricidad

a) Experiencia laboral (hasta un máximo de 5,60 puntos).

a.1. Por cada mes de servicios en el Ayuntamiento de Vegas del Genil, al amparo de la Disposición Transitoria cuarta del EBEP, considerando la experiencia en el puesto objeto de la convocatoria, siempre que se hayan desempeñado, bien en régimen laboral temporal bien como funcionario/a interino/a, con anterioridad a 1 de enero de 2005, en la forma siguiente: 0,20 puntos/mes de servicios, hasta un máximo de 3,60 puntos.

a.2. Por cada mes de servicios en cualquier Administración Pública en puestos con idéntico contenido de funciones (que debe contener al menos las especialidades de fontanería y electricidad), bien en régimen laboral temporal bien como funcionario/a interino/a, en la forma siguiente: 0,10 puntos/mes de servicios, hasta un máximo de 2,00 puntos.

No se valorarán los servicios prestados en plazas o puestos cuyo contenido de funciones sólo abarque una de las dos especialidades.

b) Formación (hasta un máximo de 4,00 puntos):

b.1. Por encontrarse en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria, a razón de 1,00 puntos por cada una de ellas, no estimándose aquellas titulaciones que supongan un mismo nivel académico, y hasta un máximo de 2,00 puntos.

b.2. Disponer de autorización expedida por los órganos competentes de la Junta de Andalucía para ejercer como Instalador Fontanero (1,00 punto), e Instalador electricista (1,00 punto). Máximo por este apartado 2 puntos.

Plaza de Arquitecto

a) Experiencia laboral (hasta un máximo de 5,60 puntos):

a.1. Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Vegas del Genil, al amparo de la Disposición Transitoria cuarta del EBEP, considerando la experiencia en el puesto objeto de la convocatoria, siempre que se hayan desempeñado, bien en régimen laboral temporal bien como funcionario/a interino/a, con anterioridad a 1 de enero de 2005, en la forma siguiente: 0,20 puntos/mes de servicios, hasta un máximo de 3,60 puntos.

a.2. Por cada mes de servicios en cualquier Administración Pública en plaza o puesto de Arquitecto, bien en régimen laboral temporal bien como funcionario/a interino/a, en la forma siguiente: 0,10 puntos/mes de servicios, hasta un máximo de 2,00 puntos.

b) Formación (hasta un máximo de 4,00 puntos):

b.1. Por encontrarse en posesión de otra titulación técnica universitaria de grado superior cuya especialidad esté estrechamente relacionada con el contenido de las funciones de la plaza: 1,00 punto, hasta un máximo de 1,00 punto.

b.2. Por haber realizado Cursos de Doctorado en relación con la licenciatura de Arquitectura, hasta un máximo de 1,00 punto, valorados:

- Cursos de hasta 300 horas totales: 0,50 puntos.

- Cursos de 300 horas totales o más: 1 punto.

b.3. Por haber realizado cursos de Derecho Urbanístico a partir de la entrada en vigor de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía impartidos, homologados u organizados por Organismos o Instituciones Públicas, y hasta un máximo de 2,00 puntos, valorados a razón de:

- Con una duración mínima de 50 y hasta 100 horas: 0,50 puntos/curso.

- Con duración superior a 100 horas y hasta 180 horas: 1,00 puntos/curso.

- Superior a 180 horas: 2,00 puntos/curso.

Plaza de Encargado General de Mantenimiento

a) Experiencia laboral (hasta un máximo de 5,60 puntos):

a.1. Por cada mes de servicios en el Ayuntamiento de Vegas del Genil, al amparo de la disposición transitoria cuarta del EBEP, considerando la experiencia en el puesto objeto de la convocatoria, siempre que se hayan desempeñado, bien en régimen laboral temporal bien como funcionario/a interino/a, con anterioridad a 1 de enero de 2005, en la forma siguiente: 0,20 puntos/mes de servicios, hasta un máximo de 3,60 puntos.

a.2. Por cada mes de servicios en otras Entidades de la Administración Local en puestos de encargado general de mantenimiento de los servicios propios de la competencia municipal, bien en régimen laboral temporal bien como funcionario/a interino/a, en la forma siguiente: 0,10 puntos/mes de servicios, hasta un máximo de 2,00 puntos.

b) Formación (hasta un máximo de 4,00 puntos).

b.1. Por encontrarse en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria, a razón de 0,50 puntos por cada una de ellas, no estimándose aquellas titulaciones que supongan un mismo nivel académico, y hasta un máximo de 1,00 punto.

b.2 Por asistencia a cursos impartidos, homologados u organizados por Organismos o Instituciones Públicas, en las siguientes materias: prevención de riegos laborales, planificación-dirección y coordinación del trabajo operario, o eficiencia en servicios públicos, hasta un máximo de 3,00 puntos, valorados a razón de:

- Con duración de hasta 20 horas: 0,50 puntos/curso.

- Con duración superior a 20 horas y hasta 30 horas: 0,75 puntos/curso.

- Más de 30 horas: 1,00 punto/curso.

No se valorarán los cursos en que no se especifiquen las horas.

Valoración del tiempo de servicios:

El cálculo de servicios se hará por meses completos, sumándose las fracciones inferiores al mes, en caso de existir, hasta completarlo.

De los resultados de esta fase se expondrá anuncio en el tablón del Ayuntamiento. Los interesados podrán formular las alegaciones que estimen oportunas sobre la valoración realizada, las cuales serán resueltas por el Tribunal antes de la celebración del primer ejercicio de la oposición.

Apartado 6.4.1. Primer ejercicio.

Se añade al comienzo de este apartado el siguiente inciso:

Se puntuará de 0 a 10 puntos.

ANEXO I

(nueva redacción)

MODELO DE SOLICITUD OFICIAL (*)

(*): Si se opta a convocatorias diferentes, deberán formalizarse solicitudes independientes.

Convocatoria a la que se opta (1):

(1) Plazas de Auxiliar de Admón. General-Plaza de Encargado General de Mantenimiento-Plaza de Especialista Fontanería-Electricidad-Plaza de Arquitecto.

Apellidos Nombre D.N.I./N.I.E
Domicilio a efectos
de notificación
Localidad (Provincia) Tlfno/s. contacto

DECLARA:

1. Conocer las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de la/s plaza/s arriba identificada/s, aprobadas por Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Vegas del Genil con fecha 9.9.09 y modificadas parcialmente por Decreto de 9.11.09, dentro del marco de consolidación de empleo temporal.

2. Reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en las citadas bases para poder optar a la/s plaza/s mencionada.

ADJUNTA (obligatoriamente): señalar con una X.

□ Fotocopia compulsada del NIF/NIE.

□ Fotocopia compulsada de haber abonado los derechos de examen.

□ Fotocopia compulsada del siguiente título académico de mayor grado que posee (que debe ser como mínimo el correspondiente a la titulación exigida para optar a la plaza):

TÍTULO: ................................................................................, y para su valoración, de proceder, en la fase de concurso (acreditada según la base 3.3. b).

ACOMPAÑANDO (para participar en la fase de concurso): señalar con una X.

□ Certificado de servicios prestados (reuniendo los requisitos exigidos en la base 3.3.a).

□ Documentos para acreditar la formación: Certificados o diplomas oficiales de cursos y demás méritos susceptibles de valoración (reuniendo los requisitos en la base 3.3.c)).

SOLICITA:

Ser admitido al correspondiente procedimiento selectivo de concurso-oposición libre para optar a la/s citada/s plaza/s mencionadas al comienzo.

Fdo:

SR. ALCALDE-PRESIDENTE AYUNTAMIENTO DE VEGAS DEL GENIL

Vegas del Genil, 11 de noviembre de 2009.- El Alcalde, Francisco Mendoza Pérez.

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