Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 03/12/2009

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Ayuntamientos

Anuncio de 29 de septiembre de 2009, del Ayuntamiento de Trigueros, de bases para la selección de plaza de Electricista.

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Por Resolución de Alcaldía núm. 455/2009, de fecha 28.9.2009, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Electricista-Mantenedor Eléctrico de Edificios Municipales, Vías Públicas e Instalaciones Municipales, vacante en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento de Trigueros (Huelva), mediante sistema de concurso-oposición libre.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

«BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE “ELECTRICISTA-MANTENEDOR ELÉCTRICO DE EDIFICIOS MUNICIPALES, VÍAS PÚBLICAS E INSTALACIONES MUNICIPALES”, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE

Primero. Normas Generales

Es objeto de las presentes bases la contratación de la plaza (1) de Electricista-Mantenedor Eléctrico de Edificios Municipales, Vías Públicas e Instalaciones Municipales, vacante en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento (código L4.4), y con las funciones encomendadas en la Relación de Puesto de Trabajo del Ayuntamiento de Trigueros.

La selección del aspirante se realizará por Concurso-Oposición, sistema selectivo que se estima el más adecuado, teniendo en cuenta las funciones y cometidos del correspondiente puesto de trabajo, para cuyo desempeño se requiere cierta especialización y experiencia, resultando aconsejable la valoración de otros méritos distintos a los que puedan obtener los interesados en la realización de la fase de oposición del procedimiento selectivo.

Segundo. Modalidad del contrato.

Contrato sujeto al régimen general y a jornada completa. El carácter del contrato es de fijo e indefinido.

La jornada de trabajo será de 35 horas semanales, prestadas de lunes a viernes, de 8 a 15 horas, y sujeto a disponibilidad.

La plaza está retribuida con: Sueldo base, equivalente al Grupo C2; Complemento de Destino, nivel 12; Complemento Específico (para 2.009), 542,16 euros; y 85,00 euros de Disponibilidad.

Tercero. Condiciones de admisión de aspirantes.

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión del título de FPI Grado Medio, Familia Electricidad y Electrónica, Rama Instalaciones Eléctricas, o cumplidas las condiciones para obtener el documento acreditativo de dicha titulación. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida por la Administración competente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión, y presentarse, de la credencial que acredite su homologación. Corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de títulos.

f) Estar en posesión del Carné de Instalador en B y MT (documento exigible para el ejercicio individual o empresarial referente a instalaciones y/o reparaciones eléctricas en general).

g) Estar en posesión del permiso de conducción Clase B, o equivalente, y compromiso expreso de conducir los vehículos municipales que se pongan a su disposición.

Cuarto. Forma y plazo de presentación de Instancias.

Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Trigueros, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

La solicitud deberá ir acompañada por:

- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.

- Currículo vital del aspirante.

- Documentos acreditativos de la titulación, permiso y carné exigidos en la convocatoria así como de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados en la fase de concurso.

- Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 36,00 euros, y que deberá ingresarse en la Tesorería Municipal.

Quinto. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección, y la composición del Tribunal calificador. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

En caso de no existir aspirantes excluidos, y por lo tanto no proceder plazo de subsanación, se obviará la primera publicación, pudiendo realizarse directamente la segunda, con la lista definitiva de aspirantes admitidos; el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección; y la composición del Tribunal calificador.

Sexto. Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estarán constituidos por:

- Presidente: A designar por la Alcaldía, preferentemente de entre el personal Técnico o de oficios del Ayuntamiento.

- Secretario: el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

- 4 Vocales, designados por la Alcaldía, de entre el personal Técnico o de oficios del Ayuntamiento, o, a falta de ellos, de entre el personal, con al menos la misma titulación a la exigida para acceder a la plaza, de la Diputación Provincial de Huelva o de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

6.2. La pertenencia de los respectivos miembros al órgano de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Asimismo, se atenderá al principio de paridad entre mujer y hombre en la composición del Tribunal.

6.3. Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

6.4. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

6.5. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.6. El Tribunal tendrá la categoría de Segunda, de conformidad con el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal, por mayoría.

6.8. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.

Séptimo. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.

7.1. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

- Concurso.

- Oposición.

7.2. Fase de concurso.

7.2.1. Constituido el Tribunal, a los aspirantes se les valorará en la fase de concurso los méritos que aleguen, que sean justificados documentalmente, por los aspirantes en el momento de presentar la instancia, con arreglo al siguiente baremo:

1. Méritos profesionales:

a) En puestos de trabajo en actividades similares al de la plaza convocada, en Administraciones Locales: 0,15 puntos por mes completo, debidamente acreditado mediante certificación de servicios prestados emitido por la entidad local de que se trate.

b) Ídem, en cualquier Administración Pública: 0,10 puntos por mes completo.

La puntuación máxima por estos conceptos anteriormente considerados [a) y b)], nunca podrá ser superior a 2 puntos.

2. Méritos académicos:

a) Poseer la titulación de FP II, Grado Superior, misma familia y rama, o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, 1 punto.

La puntuación máxima por estos conceptos anteriormente considerados [a)], nunca podrá ser superior a 1 punto.

3. Cursos de formación y perfeccionamiento, relacionados con la plaza a la que se opta, debidamente acreditados con mención expresa del contenido y del número de horas:

a) De 20 a 50 horas, 0,15 puntos.

b) Entre 51 y 100 horas, 0,30 puntos.

c) De 101 horas o más, 0,60 punto.

La puntuación máxima por estos conceptos anteriormente considerados [a), b), c)], nunca podrá ser superior a 1,5 puntos.

7.2.2. Los puntos obtenidos en esta fase no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de Oposición.

7.2.3. Esta fase de Concurso no será en ningún caso eliminatorio, y deberá haber finalizado al menos cuarenta y ocho horas antes del inicio de la fase de Oposición.

7.2.4. Todas las actuaciones del Concurso podrán realizarse en el mismo día y lugar.

7.3. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, de carácter eliminatorio:

7.3.A) Ejercicio teórico: Que constará de un ejercicio consistente en responder por escrito, en un tiempo de dos horas, dos temas a elegir entre cuatro, uno del temario general y otro del temario específico, extraídos al azar por el Tribunal, del temario de la convocatoria (Anexo II), todo ello durante el plazo máximo de 120 minutos.

7.3.B) Ejercicio práctico: Que consistirá en resolver/realizar uno o varios supuestos prácticos relacionados con las funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, comprendidas en las materias del temario que figura en Anexo II. La duración de esta prueba se determinará por el Tribunal en función del supuesto, pero en ningún caso podrá exceder de treinta minutos por cada supuesto. El Tribunal pondrá a disposición de los aspirantes cuantos medios materiales resulten necesarios para la ejecución de los supuestos (vehículos, maquinaria, herramientas, objetos y enseres, instrumental y materiales varios), sín que resulte admisible su realización con medios distintos a los facilitados. En este ejercicio se valorarán, fundamentalmente, los conocimientos profesionales acreditados y demostrados en la realización de los ejercicios, así como la perfección, destreza y corrección técnica en la ejecución de los trabajos.

Además de obligatorios, cada uno de estos ejercicios tendrá carácter eliminatorio, por lo que el/la aspirante que no obtenga un mínimo de 5 puntos en cada una de las pruebas será eliminado.

7.4. Normas de desarrollo y puntuación.

7.4.1. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

7.4.2. Cada uno de los ejercicios se calificará hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

La puntuación de cada aspirante, en los diferentes ejercicios, será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistentes a la sesión, que puntuarán de cero a diez. El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.

7.4.3. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.

En caso de empate se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995.

Una vez terminados los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará y elevará a la Autoridad competente la relación de aprobados, según orden de puntuación, no pudiendo rebasarse en aquélla el número de plazas convocadas y sin que quepa, por tanto, asignar la calificación de aprobado sin plaza u otro semejante y careciendo de relevancia, a estos efectos, la calificación obtenida por los aspirantes no aprobados ni seleccionados. Si se rebasase el número de plazas convocadas, la propuesta será nula de pleno derecho.

El Presidente de la Corporación resolverá de acuerdo con la propuesta del Tribunal, que tendrá carácter vinculante.

7.4.4. En los ejercicios escritos, el Tribunal podrá invitar a que sean leídos por los aspirantes, si así lo considera oportuno.

7.4.5. El orden de actuación, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el alfabético comenzando por el aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “L”; en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “L”, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “LL”, y así sucesivamente. Todo ello de conformidad con el sorteo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 3 de Febrero de 2009.

Octavo. Relación de aprobados, presentación de documentos y formalización del contrato.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. A saber:

- Fotocopias compulsadas, acompañadas de los originales, de la documentación presentada junto a la solicitud.

- Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal desempeño de las funciones propias de la plaza. En el supuesto de personas con discapacidad, dicho certificado deberá declarar de forma expresa que la minusvalía no está incluida entre las enfermedades o defectos físicos inhabilitantes.

- Declaración jurada o promesa bajo personal responsabilidad, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso al cuerpo o escala de funcionario correspondiente. En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada o promesa bajo personal responsabilidad de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Noveno. Incidencias.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Publíquese esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Provincia, así como el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

ANEXO I

(MODELO DE INSTANCIA)

Don/Doña ............................................................................,

con DNI núm. .................., y domicilio a efectos de notificación

en ...............................................................................,

EXPONE

Primera. Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial del Estado núm. ..........., de fecha ..................................., en relación con la convocatoria de la plaza de Electricista-mantenedor Eléctrico de Edificios Municipales, Vías Públicas e Instalaciones Municipales, en régimen laboral fijo, conforme a las bases que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia número ..................., de fecha............................................

Segundo. Que declara expresamente reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.

Tercero. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria relativas a las pruebas de selección de personal laboral de la plantilla municipal.

Cuarto. Que adjunta:

- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.

- Currículum vitae del aspirante.

- Documentos acreditativos de la titulación/permiso/carné exigidos en la convocatoria.

- Documentos justificativos de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados en la fase de concurso.

- Fotocopia del permiso de conducción y compromiso de conducir vehículos.

- Justificante del pago de derecho de examen.

Por todo ello,

SOLICITA

Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.

En ..................., a ........... de ................................. de 20.....

El solicitante,

Fdo.: ..............................................

ANEXO II

A) MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Principios generales. Características y estructuras.

Tema 2. La organización del Estado. Las CC.AA. y los Estatutos de Autonomía.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 4. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. La provincia en el régimen local: Organización provincial. Caracteres y atribuciones de los órganos provinciales. Competencias de la Diputación Provincial.

Tema 5. El Municipio. El término municipal. La población municipal. Derechos y deberes de los vecinos. Derechos y deberes de los vecinos extranjeros mayores de edad. Transeúntes. El empadronamiento. Gestión del padrón municipal. El padrón Especial de españoles residentes en el extranjero.

Tema 6. Organización municipal. Competencias. Caracteres y atribuciones de los órganos fundamentales en los Ayuntamientos de régimen común: el Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno.

Tema 7. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Quórum y desarrollo de las sesiones. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos.

Tema 8. El Estatuto Básico del Empleado Público: Clasificación del personal al servicio de la Administración Local. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Local. Situaciones Administrativas. Régimen disciplinario.

B) MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 9. Prevención de riesgos laborales. Trabajos en altura. Escaleras, plataformas de trabajo y camión cesto-escala. Trabajos en la vía pública: medidas preventivas. Trabajos en instalaciones de baja tensión. Trabajos y maniobras en seccionadores, interruptores y transformadores. Trabajos en líneas aéreas y redes subterráneas.

Tema 10. Seguridad e higiene en el trabajo. Precauciones en el manejo de residuos tóxicos y no tóxicos. Utilización de protecciones. Actuación en el caso de cortes, accidentes de trabajo y otras circunstancias anómalas. Normas de seguridad para trabajos de manutención manual de cargas. Normas de seguridad para talleres y almacenes.

Tema 11. Instalaciones de alumbrado público. Materiales, características y sistemas de implantación. Modalidad de instalación en red subterránea y sobre fachada. Cuadros de protección y mando. Distribución de puntos de luz en vías públicas. Soportes de luminarias.

Tema 12. Puesta a tierra. Definición. Unión a tierra. Resistencia de las tomas de tierra y medición del valor de resistencia. Finalidad, materiales usados y características.

Tema 13. Receptores. Prescripciones generales, alumbrado, motores, convertidores y generadores. Lámparas. Características. Equipos. Conexiones.

Tema 14. Líneas de distribución en baja tensión. Líneas de enlace. Esquemas y elementos de la instalación hasta el abonado.

Tema 15. Resistencia, aislamiento y rigidez. Medidas. Métodos de medición. Centros de transformación. Montaje. Elementos constructivos.

Tema 16. Motores de corriente continua: tipos, estudio, características. Motores de corriente alterna: clasificación, estudio, características.

Tema 17. Transformadores. Clasificación. Aspectos constructivos.

Tema 18. Líneas de distribución en edificios y plantas industriales. Instalaciones interiores o receptoras. Sistemas de instalación. Tubos y canales protectores. Protección contra sobreintensidades y contra contactos directos e indirectos.

Tema 19. Cálculo de sección de los conductores. Caída de tensión. Circuitos monofásicos y trifásicos. Instalaciones de motores trifásicos. Mando manual y mando automático. Protecciones.

Tema 20. Circuito eléctrico. Definiciones. Tensión eléctrica y fuerza electro motriz. Intensidad y densidad de corriente. Resistencia eléctrica. Ley de Ohm. Medidas de tensión, intensidad y potencia de suministro. El factor de potencia.

Tema 21. Fuentes luminosas: clasificación. Lámpara de incandescencia: tipos. Ventajas e inconvenientes de las mismas. Lámparas de descarga en un gas o vapor: tipos. Ventajas e inconvenientes de las mismas.

Tema 22. Iluminación de jardines. Finalidad y elementos a tomar en consideración. Requisitos de las instalaciones. Instalaciones fijas. Instalaciones móviles. Instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia.»

Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Trigueros, 29 de septiembre de 2009.- El Alcalde, Cristóbal Romero Márquez.

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