Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 04/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 23 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del himno del municipio de Iznájar (Córdoba).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Iznájar (Córdoba), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su himno municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 13 de noviembre de 2009, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su himno municipal, siendo su música la que consta en la partitura que se adjunta como Anexo a la presente Resolución, y su letra la siguiente:

¡¡QUÉ LINDO ES IZNÁJAR!!

¡Qué lindo es Iznájar!,

que huele a romero,

qué lindas chicas

que tienen salero

y saben querer.

Todo aquel que viene

y vive tu vida

ya nunca te olvida

y ha de volver.

Iznájar tus noches,

son noches de ensueño,

que alumbran estrellas,

y guardan luceros

tus días hermosos

radiantes de sol

son la maravilla

de tu resplandor.

El Genil te baña

con sus aguas limpias.

Y vela tu sueño

tus noches tranquilas.

No puedo olvidarte

rayito de luz,

no puedo dejarte

¡Ay! pueblo andaluz.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 14 de noviembre de 2009, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de su himno municipal en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del himno del municipio de Iznájar (Córdoba), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la letra indicada, y con la música de la partitura que se adjunta como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de noviembre de 2009.- El Director General de Administración Local, Manuel Zafra Víctor.

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