Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 04/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 30 de octubre de 2009, por la que se concede la autorización de traslado de domicilio y modificación de enseñanzas al centro docente privado de formación profesional «ADA» de Sevilla.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Francisco Javier Fernández Fernández, como representante de la entidad Asociación ADA, titular del centro docente privado de formación profesional «ADA», con domicilio en C/ Fragua de Vulcano, 2, de Sevilla, por el que se solicita autorización de traslado de domicilio a la Avenida Fernando Corral Corrachán, s/n, de Sevilla, y modificación de las enseñanzas que tenía concedidas por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de 26 de mayo de 1998 (BOJA de 25 de junio), por ampliación un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Explotación de sistemas informáticos y de tres ciclos formativos de formación profesional de grado superior, uno de Mantenimiento aeromecánico, uno de Mantenimiento de aviónica y uno de Sistemas de telecomunicación e informáticos, y reducción de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Equipos electrónicos de consumo, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con código número 41006468, cuenta con autorización para impartir cinco ciclos formativos de formación profesional de grado medio, tres de Electromecánica de vehículos y dos de Equipos electrónicos de consumo, estando todos ellos concertados.

Resultando que el ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Explotación de sistemas informáticos ha sido sustituido por el de Sistemas microinformáticos y redes según el Real Decreto 1691/2007, de 14 de diciembre (BOE de 17 de enero de 2008), por el que se establece el título de Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Resultando que en el expediente de traslado de domicilio y modificación de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, vigente en los términos previstos en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1649/1994, de 22 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Electromecánica de Vehículos y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 622/1995, de 21 de abril (BOE de 11 de agosto), por el que se establece el título de Técnico Superior en Sistemas de telecomunicación e informáticos y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 624/1995, de 21 de abril, por el que se establece el título de Técnico en Equipos electrónicos de consumo y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 625/1995, de 21 de abril (BOE de 23 de agosto), por el que se establece el título de Técnico Superior en Mantenimiento aeromecánico y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 626/1995, de 21 de abril (BOE de 21 de septiembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Mantenimiento de aviónica y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1691/2007, de 14 de diciembre (BOE de 17.1.2008), por el que se establece el título de Técnico en Sistemas microinformáticos y redes y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar el traslado de domicilio y modificación de autorización del centro docente privado de formación profesional «ADA» de Sevilla y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de formación profesional.

Denominación específica: «ADA».

Código del centro: 41006468.

Titular: Asociación ADA.

Domicilio: Avenida Fernando Corral Corrachán, s/n.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

— Electromecánica de vehículos:

Núm. ciclos: 3.

Grupos: 6.

Puestos escolares: 180.

— Equipos electrónicos de consumo:

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

— Sistemas microinformáticos y redes:

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

— Mantenimiento aeromecánico:

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

— Mantenimiento de aviónica:

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

— Sistemas de telecomunicación e informáticos:

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Transitoriamente el centro podrá seguir impartiendo 2 ciclos formativos de formación profesional de grado medio de Equipos electrónicos de consumo con la disminución progresiva de uno de ellos a partir del curso 2010/11.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2009/10, pues tal como previene el artículo 57.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Tercero. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Cuarto. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de octubre de 2009

María del Mar Moreno Ruiz

Consejera de Educación

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