Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 10/12/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 16 de noviembre de 2009, de la Universidad de Cádiz, por la que se realiza convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Personal de Administración y Servicios funcionario, mediante concurso de méritos.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/03, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 73.3 de la citada Ley Orgánica de Universidades, y de acuerdo con las bases de la convocatoria aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, de 19 de octubre de 2009,

RESUELVO

Convocar provisión de puestos de trabajo vacantes del personal de administración y servicios funcionario, mediante concurso de méritos con sujeción a las bases que se acompañan como Anexo I.

Cádiz, 16 de noviembre de 2009.- El Rector, por delegación de competencia (Resolución UCA/REC04/2007, de 16.2), el Gerente, Antonio Vadillo Iglesias.

ANEXO I

BASES DE CONVOCATORIA

Base I. Aspirantes.

1. Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio de la Administración de la Universidad de Cádiz, pertenecientes a los Cuerpos o Escalas clasificados en los Grupos C y D de los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, que se encuentren en la situación de servicio activo o en las situaciones de servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria, declaradas por el órgano competente y reúnan los requisitos establecidos en el Anexo II y los establecidos en el punto siguiente.

2. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán participar, para los puestos de cobertura definitiva, siempre que hayan transcurridos dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido por concurso, excepto que se trate de un puesto de trabajo adscrito al mismo Área o similar unidad organizativa.

En el caso de puestos a ocupar en Comisión de Servicios, el tiempo que deberá haber transcurrido es el de un año. Para aquellos funcionarios que soliciten los mismos, y que no lleven en su actual puesto de trabajo más de un año, desde su adjudicación por el correspondiente procedimiento de selección, la Comisión Valoradora deberá solicitar informe a la Gerencia, el cual será preceptivo y vinculante.

3. Los funcionarios en Excedencia Voluntaria por interés particular sólo podrán participar, si al término del plazo de presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.

Base II. Valoración.

La valoración de los méritos para la adjudicación de la plaza, se ajustará al siguiente baremo:

1. Méritos generales.

1.1. Grado personal consolidado:

El grado personal consolidado se valorará en todos los casos, calificándose hasta un máximo de 3 puntos, con arreglo al siguiente baremo:

- Por tener un grado personal consolidado de superior nivel al del puesto que se solicita: 3 puntos.

- Por tener un grado personal consolidado del mismo nivel al del puesto que se solicita: 2,5 puntos.

- Por tener un grado personal consolidado de inferior nivel al del puesto que se solicita: 2 puntos.

Todos aquellos solicitantes que se encuentren en proceso de consolidación de grado, se entenderá que poseen un grado personal consolidado, equivalente al nivel mínimo de su grupo de titulación.

1.2. Cursos de Formación y Perfeccionamiento:

Por la realización o impartición de cursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo que se solicita, organizado por Organismo Oficial, en los que se haya expedido diploma y certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento:

- Organizado por centro oficial de formación de funcionarios: 1 punto por cada curso impartido y 0,5 puntos por cada curso asistido.

- Organizado por otro centro oficial: 0,5 puntos por cada curso impartido y 0,25 puntos por cada curso asistido.

El límite máximo será de 2,5 puntos.

Las publicaciones y ponencias tendrán la consideración de cursos asistidos de carácter oficial en centros no de formación de funcionarios.

1.3. Experiencia:

En el mismo área de conocimiento del puesto solicitado, a razón de 1 punto por año de servicio completo o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 6 puntos. El período máximo de tiempo a valorar será de seis años.

La Comisión adjudicará la puntuación correspondiente a la experiencia, en función de un baremo proporcional al nivel del puesto desempeñado por el solicitante en el mismo área de conocimiento del puesto que se solicita, pudiendo valorarse también las aptitudes y rendimientos apreciados a los candidatos en los puestos anteriormente desempeñados; solicitando para ello los informes necesarios.

1.4. Antigüedad:

Se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de servicios reconocidos o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 3,5 puntos.

No se computarán, a efectos de antigüedad, servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

1.5. Por tener destino previo el cónyuge, siempre que fuese personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz o funcionario de cualquier Administración, en la localidad donde radique el puesto/s de trabajo solicitado/s, se concederá al solicitante 1,5 puntos.

La puntuación a que hace referencia el apartado anterior se entenderá otorgada siempre que el solicitante concurse desde un puesto de trabajo en localidad distinta a aquella en que radique la del puesto solicitado.

Para poder adjudicar las plazas relacionadas en el Anexo II será preciso obtener una puntuación mínima total en los méritos generales de 6,5 puntos.

A los efectos de la superación de la puntuación mínima, se podrá sumar a la puntuación obtenida en los méritos generales la obtenida en la confección de la memoria, siempre que se hubiese superado el mínimo establecido en dicha memoria.

Todos los méritos alegados deberán ser justificados documentalmente.

2. Méritos específicos.

Memoria:

En todos los puestos de trabajo solicitados se podrá presentar memoria justificativa de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño, la cual deberá presentarse dentro del plazo establecido en la base III a través de correo electrónico a la siguiente dirección: planificacion.personal@uca.es. A la entrada de ésta, el Área de Personal remitirá de forma inmediata un correo electrónico al interesado/a comunicándole la correcta recepción. De no recibirse la conformidad del Área de Personal, el interesado remitirá la memoria en papel a través del Registro General de la Universidad.

Se puntuará hasta un máximo de 4 puntos, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 45.5, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. La Comisión podrá, en su caso, entrevistar a los candidatos en relación con la memoria presentada.

Para poder sumar la puntuación obtenida en la memoria a la de los restantes méritos reconocidos, será preciso haber obtenido una puntuación mínima de 2 puntos.

A título orientativo, se relacionan las siguientes recomendaciones que se podrán tener en cuenta en la confección de las memorias:

La memoria podría consistir en una propuesta organizativa que contendría, como mínimo, un análisis de las tareas del puesto y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño, etc., con base en la descripción establecida en la convocatoria y que versaría sobre las funciones que el citado puesto tiene dentro del Área al que esté adscrito. Podría contener entre 10 y 100 páginas.

Base III. Solicitudes.

Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo IV que aparece publicado en la siguiente dirección de Internet: http://www.personal.uca.es/PAS/OPOSICIONES/Impresos/I_Anexos_Oposiciones.htm al Excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y las presentarán en el Registro General de la Universidad de Cádiz (C/ Ancha, 16, 11001 Cádiz), así como en las Oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (F. Ciencias planta baja), Jerez de la Frontera (Edificio de Servicios Generales), Bahía de Algeciras (E. Politécnica Superior, primera planta) y Cádiz (Edificio Andrés Segovia), de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o en las formas establecidas en el artícu-lo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que los participantes soliciten varias plazas, la preferencia de las mismas se entenderá establecida en el mismo orden en que aparezcan en la solicitud de participación.

Base IV. Calificación.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuyos componentes se relacionan en el Anexo III.

La Comisión podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.

2. No se calificarán las solicitudes presentadas fuera de plazo ni las formuladas por quienes no fuesen funcionarios de carrera al servicio de la Administración de la Universidad de Cádiz o se hallasen sujetos a limitaciones que les impidan tomar parte en el presente concurso.

3. Los requisitos y méritos invocados por los interesados, deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Base V. Adjudicaciones.

1. La Comisión elevará a la autoridad competente la correspondiente propuesta para la adjudicación de las plazas, según la prelación de los concursantes a los puestos, de acuerdo con las evaluaciones que consten en el acta y en orden de mayor a menor puntuación. Sumando para ello, las puntuaciones obtenidas en la fase de méritos generales, y las obtenidas en la fase de méritos específicos, teniendo en cuenta lo establecido en los apartados 1 y 2 de la base II.

2. En caso de que varios aspirantes tuviesen igual puntuación, se dará preferencia al funcionario que hubiera obtenido mayor puntuación en el apartado 1.3 de la base II.

Base VI. Resolución.

1. El concurso será resuelto por Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», cuya publicación servirá de notificación a los interesados.

2. El plazo de toma de posesión será de tres días si radica en la misma localidad o de un mes si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», así como el cambio de situación administrativa que en cada caso corresponda.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde la fecha de concesión de dicho reingreso.

3. El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos al interesado.

La presente convocatoria y los actos derivados de la misma, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.

ANEXO II
PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CONVOCAN A CONCURSO
PLAZA ÓRGANO DE GOBIERNO UNIDAD ADMINISTRATIVA/
ÁREA FUNCIONAL
SERVICIO/SUBUNIDAD PUESTO
TRABAJO
GRUPO NIVEL
F30110 Gerente Área de Personal Área de Personal Gestor C/D 17
F30073 Vicerrector de Alumnos Área Atención Alumnado Área Atención Alumnado Gestor C/D 17
F30067 Vicerrector de Alumnos Área Atención Alumnado Área Atención Alumnado Gestor C/D 17
F30250 Gerente Administración Campus Puerto Real Administración Campus Puerto Real Gestor C/D 17
F30253 Gerente Administración Campus Puerto Real Administración Campus Puerto Real Gestor C/D 17
F30086 Secretaría General Registro General Registro General Gestor C/D 17
F30133 Gerente Área de Economía Servicio Asuntos Económicos Gestor C/D 17
1

ANEXO III

COMISIÓN TITULAR

Presidente: Don Antonio Vadillo Iglesias, Gerente de la Universidad de Cádiz.

Dos Vocales en representación de la Universidad de Cádiz:

- Doña Candelaria Gallardo Plata, Funcionaria de la Escala Técnica de Gestión Universitaria.

- Doña Mercedes Zájara Espinosa, Funcionaria de la Escala Técnica de Administración S. Social.

Dos Vocales en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: Don Manuel Pérez Fabra, Funcionario de la Escala Técnica de Gestión Universitaria.

COMISIÓN SUPLENTE

Presidente suplente: Don Miguel Duarte Barrionuevo, Vicegerente de la Universidad de Cádiz.

Dos Vocales suplentes en representación de la Universidad de Cádiz:

- Don Juan Román Astorga, Funcionario de la Escala de Gestión Universitaria.

- Doña María Isabel Gómez Campillejo, Funcionaria de la Escala de Gestión Universitaria.

Dos vocales suplentes en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretaria Suplente: Doña Consuelo Perán Mesa, Funcionaria de la Escala Técnica de Gestión Universitaria.

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