Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 10/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Orden de 2 de octubre de 2009, por la que se autoriza la transferencia de la concesión administrativa de radiodifusión sonora de frecuencia modulada en la localidad de Almuñécar (Granada) solicitada por Radio Tormes, S.A.U., a favor de Uniprex, S.A.U. (PD. 3587/2009).

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Vista la solicitud de autorización conjunta formulada por los representantes legales de Radio Tormes, S.A.U., y Uniprex, S.A.U., para la transmisión de la concesión del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial, en la frecuencia 88.5 MHz, en la localidad de Almuñécar (Granada), resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Radio Tormes, S.A.U., es titular de la concesión administrativa para la gestión de la emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la localidad de Almuñécar (Granada), frecuencia 88.5 MHz, otorgada por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 18 de mayo de 1993 (BOJA núm. 66, de 22 de junio), renovada por diez años por Acuerdo de 3 de febrero de 2004 (BOJA núm. 25, de 6 de febrero).

Segundo. Con fecha 3 de octubre de 2008, se presentó solicitud de autorización conjunta formulada por los representantes legales de Radio Tormes, S.A.U., como transmitente, y de Uniprex, S.A.U., como adquirente, para la transferencia de la concesión. En dicha solicitud se expone que Uniprex, S.A.U., ha aprobado un proyecto de fusión por absorción de determinadas sociedades de las que es socio único, entre las que se encuentra Radio Tormes, S.A.U., por lo que la transferencia de la concesión indicada no tiene otro sentido que adecuarla a la nueva organización empresarial planteada por Uniprex, S.A.U.

Tercero. Consta acreditado en el procedimiento instruido para la transferencia de la concesión que el adquirente reúne los requisitos exigidos para ser concesionario y que el cedente ha explotado la concesión durante dos años ininterrumpidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 20.1 del Decreto 174/2002, de 11 de junio, por el que se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de Emisoras de Radiodifusión Sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, dispone que «todos los actos o negocios jurídicos que impliquen una modificación en la titularidad de las acciones, participaciones o títulos equivalentes de las empresas concesionarias del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, así como las ampliaciones de capital cuando la suscripción de acciones o títulos equivalentes no se realice en idéntica proporción entre los propietarios del capital social, deberán ser autorizados por el Consejero de la Presidencia».

El apartado 3 del citado artículo 20 señala, así mismo, que «la modificación que sea asimilable a una transferencia a la que se refiere el artículo 19 de este Decreto, deberá cumplir los mismos requisitos exigidos en el citado artículo para este tipo de negocio jurídico».

Una de las consecuencias de la fusión por absorción planteada por Uniprex, S.A.U., es la transferencia de la concesión de que es titular la entidad absorbida, Radio Tormes, S.A.U.

Segundo. Consta el informe del Consejo Audiovisual de Andalucía, emitido en cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 4.4 de la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía.

Tercero. Ha quedado acreditado en el expediente al efecto instruido el cumplimiento de los requisitos exigidos por el artícu-lo 20 citado, así como los demás previstos en la normativa vigente aplicables a este tipo de transmisiones.

De acuerdo con lo expuesto, y de conformidad con la propuesta formulada por la Dirección General de Comunicación Social, en uso de las competencias conferidas por el citado artículo 20.1 del Decreto 174/2002, de 11 de junio,

DISPONGO

1.º Autorizar la transmisión de la titularidad de la concesión del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, en la localidad de Almuñécar (Granada), frecuencia 88.5 MHz, de Radio Tormes, S.A.U., a la entidad mercantil Uniprex, S.A.U.

2.º La presente autorización comporta la subrogación del adquirente en todos los derechos y obligaciones del transferente derivados de la concesión.

3.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 19.6 y 20.3 del citado Decreto 174/2002, de 11 de junio.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses. Ambos plazos deberán computarse a partir del día siguiente al del recibo de la notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 48.2, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 2 de octubre de 2009

Antonio Ávila Cano

Consejero de la Presidencia

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