Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 15/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Resolución de 3 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se reconocen como Grupos de Desarrollo Pesquero a las entidades que se citan.

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El Reglamento (CE) núm. 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de la Pesca, establece en su eje prioritario 4 que el mismo podrá intervenir, de forma complementaria con otros instrumentos comunitarios, para apoyar el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida en zonas de pesca subvencionables, en el ámbito de una estrategia global dirigida a acompañar la consecución de los objetivos de la política pesquera común, teniendo en cuenta, en particular, sus efectos socioeconómicos.

Establece, asimismo, el citado Reglamento, que las medidas destinadas a ayudar al desarrollo sostenible de zonas de pesca serán llevadas a la práctica en un territorio determinado por entidades o grupos locales que representen a interlocutores públicos y privados procedentes de los distintos sectores socioeconómicos locales y pertinentes y, de acuerdo con el principio de proporcionalidad, con una capacidad administrativa y financiera suficiente para administrar la ayuda y velar por que las operaciones se lleven a cabo con éxito.

La Orden de 23 de julio de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se establecen las normas básicas de intervención del Fondo Europeo de la Pesca 2007-2013 para el Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 9, apartado 5, que la Dirección General de Pesca y Acuicultura aprobará mediante Resolución el reconocimiento como Grupo de Desarrollo Pesquero a una única entidad por Zona de Pesca, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el apartado 4 del artículo 9 de la citada Orden.

Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos y efectuada la valoración de las propuestas presentadas con arreglo a lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 23 de julio de 2009, y en virtud de las facultades que me confiere el Decreto 172/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca,

RESUELVO

Primero. Reconocer como Grupo de Desarrollo Pesquero para las Zonas de Pesca que se citan a las siguientes entidades, de acuerdo con el artículo 9 de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 23 de julio de 2009, por la que se establecen las normas básicas de intervención del Fondo Europeo de la Pesca 2007-2013 para el Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía:

- Zona de Pesca Huelva: Asociación para el Desarrollo Pesquero de la Costa Occidental de Huelva «Costa Luz».

- Zona de Pesca Cádiz-Golfo: Grupo de Desarrollo Pesquero Comarca Noroeste de Cádiz.

- Zona de Pesca Cádiz-Estrecho: Grupo de Desarrollo Pesquero Cádiz-Estrecho.

- Zona de Pesca Málaga: Grupo de Desarrollo Pesquero de la Provincia de Málaga.

- Zona de Pesca Granada: Asociación para la Promoción Económica del Valle de Lecrín, Temple y Costa «Aprovalle-Temple-Costa».

- Zona de Pesca Almería Occidental: Asociación para la Promoción Económica y el Desarrollo Rural de la Alpujarra-Sierra Nevada Almeriense: «ADR Alpujarra-Sierra Nevada Almeriense».

- Zona de Pesca Almería Oriental: Grupo de Desarrollo de la Comarca del Levante Almeriense.

Segundo. No se elabora Lista de Reserva al haber resultado excluida la única Asociación que ha concurrido y no ha sido seleccionada, en concreto la «Asociación del Grupo de Desarrollo Pesquero de Almería Occidental», al no alcanzar la representatividad exigida en el artículo 9, apartado 4.a).1, de la Orden de 23 de julio de 2009.

Tercero. De acuerdo con lo establecido el artículo 9, apartado 6, de la Orden de 23 de julio de 2009, con la obtención del reconocimiento como Grupo de Desarrollo Pesquero, queda validado el Plan Estratégico presentado por cada entidad para cada Zona de Pesca, quedando atribuido a cada Grupo de Desarrollo Pesquero la gestión y ejecución del mismo y quedando también delegado en ellos la realización de los controles administrativos sobre las solicitudes de subvención y las solicitudes de pago.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.4 de la Orden de 23 de julio de 2009, la asignación financiera de cada Zona de Pesca en el Eje 4 del Fondo Europeo de la Pesca coincidirá con la asignación financiera que recibirá el Grupo de Desarrollo Pesquero implantado en cada Zona de Pesca, recogida en la Resolución de 23 de julio de 2009, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueba la asignación financiera a las Zonas de Pesca de Andalucía relativa al Eje prioritario 4 Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca del Fondo Europeo de la Pesca 2007-2013.

Quinto. Los fondos públicos asignados a cada Grupo de Desarrollo Pesquero se transferirán una vez suscrito el Convenio de Colaboración que se prevé en el artículo 9 de la Orden de 23 de julio de 2009, el cual deberá formalizarse en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La forma y secuencia del pago de estos fondos será la prevista en el artículo 17 de la citada Orden.

Sexto. Notifíquese la presente Resolución a las personas interesadas en legal forma con indicación de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excma. Sra. Consejera de Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y siguiente de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la presente Resolución será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tal y como se prevé en el artículo 9.6 de la Orden de 23 de julio de 2009.

Sevilla, 3 de diciembre de 2009.- La Directora General, Margarita Pérez Martín.

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