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NIG: 1808742C20070000050.
Procedimiento: Juicio Verbal 24/2007. Negociado: JM.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Don Elías Torres Jiménez.
Procuradora: Sra. Carolina Cachón Quero.
Letrado: Sr. Enrique Hernández-Carrillo Fuentes.
Contra: Buljer Said Hadduch, CIA, Aseguradora Reale Autos y Seguros Generales, S.A., y Consorcio de Compensación de Seguros.
Procuradora: Sra. Felisa Sánchez Romero.
Letrado: Sr. José Casenave Ruiz.
EDICTO
Hago saber: Que en el procedimiento Juicio Verbal 24/2007 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Granada a instancia de don Elias Torres Jiménez contra Buljer Said Hadduch, CIA, Aseguradora Reale Autos y Seguros Generales, S.A., y Consorcio de Compensación de Seguros, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA Núm. 215
En la ciudad de Granada, a doce de diciembre de dos mil siete.
Don Vicente Tovar Sabio, Magistrado Juez de Primera Instancia núm. Dos de esta ciudad y su Partido Judicial, ha examinado los autos de Juicio Verbal Civil, seguidos en este Juzgado bajo el núm. 24/2007 entre partes, de una, y como demandante, don Elías Torres Jiménez, representada por la Procuradora doña Carolina Cachón Quero y dirigida por el Letrado Sr. Hernández Carrillo, y de otra, como demandados, Buljer Said Madduch, declarado en rebeldía, la CIA Aseguradora Reale, S.A., representada por la Procuradora doña Felisa Sánchez Romero, bajo la dirección de la Letrada Sra. Matarán Ferreira, y el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y dirigido por el Letrado Sr. Casenave Ruiz.
FALLO
Estimar en parte la demanda formulada por don Elías Torres Jiménez y, en consecuencia, condenar a Buljer Said Madduch y al Consorcio de Compensación de Seguros a que paguen solidariamente al actor la suma de 950,39 euros, más el interés legal, absolviendo a la mercantil Reale, S.A., de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda, sin hacer expresa condena de las costas procesales provocadas con el ejercicio de esta acción.
Notifíquese a todas las partes en forma legal.
Contra esta Resolución cabe formular recurso de apelación en el plazo de cinco dias para su resolución ante la lIma. Audiencia Provincial de Granada.
Póngase esta sentencia en el Libro de Sentencias Civiles de este Juzgado, y expídase testimonio de la misma para su unión a los autos de su razón.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal al demandado Buljer Said Hadduch, que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero expido y firmo la presente en Granada, a diecinueve de noviembre de dos mil nueve.- El/La Secretario.
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