Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 17/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 23 de octubre de 2009, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se instrumentan comisiones de agentes del conocimiento para el seguimiento de los incentivos concedidos en el marco de la Orden de 11 de diciembre de 2007.

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La Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento, establece como uno de sus principios informadores el de evaluación de las actividades de ciencia, tecnología innovación del Sistema Andaluz del Conocimiento (artículo 4.f) y como uno de sus objetivos específicos el promover la investigación de calidad y la excelencia en las actividades de I+D+I y establecer formas de evaluación rigurosas, coherentes y transparentes (artículo 5.f).

Asimismo, en su artículo 51 dedicado a la Evaluación del Sistema Andaluz del Conocimiento, establece que el Sistema Andaluz del Conocimiento se rige por el principio de evaluación de los procesos y de los resultados de sus actividades de generación y aprovechamiento compartido del conocimiento. La función evaluadora del Sistema tendrá por finalidad determinar, de forma sistemática y objetiva, la relevancia, eficiencia, eficacia, pertinencia, progresos y efectos o impactos de una actividad en función de los objetivos que se pretenden alcanzar, remitiendo al Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación para concretar la definición del sistema de evaluación.

A tal fin, el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación 2008-2013, aprobado por Decreto 86/2007, de 27 de marzo, dedica su apartado decimotercero al Seguimiento y Evaluación, con la finalidad última de contribuir a la mejora de las políticas de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de la Junta de Andalucía, para lo que se pretende valorar si los recursos invertidos en la producción y explotación del conocimiento están sirviendo a las necesidades e intereses de la sociedad y revierten efectiva y eficazmente en ella.

Ahora bien, la propia complejidad del PAIDI aconseja establecer diferentes momentos y niveles en su seguimiento y evaluación, tomando en consideración, entre las distintas posibilidades, una evaluación de procesos, asociada al desarrollo de las diferentes acciones o programas, que servirá para determinar su adecuación y para realizar, sobre la marcha, los ajustes necesarios; En esta misión tiene un papel fundamental la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, «sin perjuicio de las competencias que sobre seguimiento y evaluación específicos se le reconocen a los restantes órganos de dirección, coordinación y gestión del PAIDI» entre las que se encuentra la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, que ostenta la presidencia de la Comisión Interdepartamental de I+D+i, a la que se deben rendir los resultados de estos procesos de seguimiento y evaluación, como establece el propio PAIDI.

La Orden de 11 de diciembre de 2007, tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de incentivos a los distintos Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y efectuar su convocatoria para los ejercicios 2008-2013 (art. 1).

La disposición final primera de dicha Orden faculta al titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología para dictar las resoluciones necesarias para la aplicación de esa Orden, su cumplimiento, desarrollo e interpretación.

Para instrumentar la evaluación por procesos asociada a los objetivos y acciones del PAIDI instrumentados a través de la Orden de 11 de diciembre de 2007, y en uso de las facultades atribuidas a esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología por su disposición final primera,

RESUELVO

Primero. Crear las Comisiones de Agentes del Conocimiento para el Seguimiento de los Incentivos regulados en la Orden de 11 de diciembre de 2007, con carácter provincial y autonómico con las siguientes funciones de seguimiento, coordinación e información sobre los incentivos:

- Seguimiento de los planes de acción y de la ejecución de los incentivos.

- Seguimiento de la ejecución de los incentivos instrumentados por convenio.

- Información, en su caso, de cualquier modificación de las acciones incentivadas.

- Propuesta de proyectos de su ámbito territorial (debiendo abstenerse los miembros que su vez sean solicitantes de incentivos).

- Propuesta de planes y programas de comunicación.

Segundo. La Comisión Provincial de Información y Seguimiento tendrá la siguiente composición:

- La persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de innovación, Ciencia y Empresa, que la presidirá.

- Un representante de la Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa.

- Un representante de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA).

- Un representante de las Cámaras de Comercio de la Provincia.

- Un representante de las OTRIS de la provincia.

- Un representante de los Agentes de Generación del Conocimiento del Sistema Andaluz del Conocimiento.

- Un representante de los Agentes de Transferencia del Conocimiento del Sistema Andaluz del Conocimiento.

Tercero. La Comisión Autonómica de Información y Seguimiento tendrá la siguiente composición:

- La persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, que la presidirá.

- La persona titular de la Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa.

- Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de innovación, Ciencia y Empresa.

- Un representante de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA).

- Un representante del Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio.

- Un representante de los Agentes de Generación del Conocimiento del Sistema Andaluz del Conocimiento.

- Un representante de los Agentes de Transferencia del Conocimiento del Sistema Andaluz del Conocimiento.

Cuarto. Los informes y conclusiones acerca de la evaluación y seguimiento de los incentivos de las Comisiones Provinciales serán trasladados por sus presidencias respectivas a la Comisión Autonómica, y los de ésta, a través de la Secretaría General de Universidades. Investigación y Tecnología, a la Comisión Interdepartamental de I+D+i, prevista en el PAIDI.

Sevilla, 23 de octubre de 2009.- El Secretario General de Universidades, Investigación y Tecnología, Francisco Andrés Triguero Ruiz.

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