Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 17/12/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de octubre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Cádiz (Antiguo Mixto núm. Ocho), dimanante del procedimiento ordinario núm. 835/2006. (PD. 3646/2009).

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NIG: 1101242C20060003542.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario núm. 835/2006. Negociado: AN.

De: Don Jesús Ruso Rodríguez.

Procuradora: Sra. María Vicenta Guerrero Moreno.

Letrada: Sra. Alicia Estévez Vidal.

Contra: Novoconstrusur, S.L. y Helvetia Previsión, S.A., de Seguros y Reaseguros.

Procuradora: Sra. Gómez Coronel, M.ª Isabel.

Letrado: Sr. Francisco Rodríguez Ferrera.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 835/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Cádiz (Antiguo Mixto Ocho) a instancia de Jesús Ruso Rodríguez contra Novoconstrusur, S.L., y Helvetia Previsión, S.A., de Seguros y Reaseguros sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Cádiz a diez de septiembre de dos mil nueve. La Sra. doña María Esther Martínez Saiz, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio ordinario seguidos con el núm. 835/06 a instancia de don Jesús Ruso Rodríguez, representado por la Procuradora doña María V. Guerrero Moreno y asistida de la Letrada doña Alicia Estévez Vidal contra la mercantil Novoconstrusur, S.L., declarada en rebeldía y contra la entidad Helvetia Previsión, S.A., representada por la Procuradora doña María Isabel Gómez Coronil y asistida del Letrado don Francisco Rodríguez Ferrera.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por don Jesús Ruso Rodríguez contra la entidad Novoconstrusur, S.L., y contra la entidad Helvetia Previsión, S.A., debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente al actor la suma de 5.135,98 euros y sus intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda y hasta el total pago; todo ello con expresa condena en costas a los demandados.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos originales, y contra la cual puede anunciarse recurso de apelación ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Cádiz, en el plazo de cinco días, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Novoconstrusur, S.L., y Helvetia Previsión, S.A., de Seguros y Reaseguros, extiendo y firmo la presente en Cádiz a trece de octubre de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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