Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 17/12/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Educación

Resolución de 30 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se publica convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en puestos del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de la especialidad de Lengua de Signos (590-201) para personas que acrediten discapacidad auditiva y/o de fonación reconocida superior al 33%.

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Con el fin de proveer en régimen de nombramiento interino las vacantes o sustituciones que puedan producirse en los centros docentes dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, de conformidad con la Orden de 5 de junio de 2006, de la Consejería de Educación (BOJA de 29 de junio), por la que se fija el baremo y se establecen las bases que deben regir las convocatorias que con carácter general efectúe la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a fin de cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en los Cuerpos Docentes de Enseñanza dependientes de esta Consejería, excepto las Enseñanzas Artísticas Superiores de Música y Danza, y

Con base en la Constitución Española de 1986, como la Ley 2/2007 de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI); La Ley 1/1999, de 31 de marzo, de atención a las personas con discapacidad en Andalucía; la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas y en virtud de las competencias que le confiere el Decreto 121/2008, de 29 de abril (BOJA de 2 de mayo), por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General,

R E S U E L V E

Primero. Publicar convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en puestos de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad de Lengua de Signos (590-201).

Segundo. La presente convocatoria se regirá conforme a lo establecido en la Orden de 5 de junio de 2006 (BOJA de 29 de junio), por la que se fija el baremo y se establecen las bases que deben regir las convocatorias que con carácter general efectúe la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a fin de cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en los Cuerpos Docentes de Enseñanza dependientes de esta Consejería, excepto las Enseñanzas Artísticas Superiores de Música y Danza.

Tercero. El personal que participe como aspirante deberá reunir los siguientes requisitos:

Acreditar una discapacidad auditiva y/o de fonación reconocida superior al 33%, justificado con el correspondiente certificado de reconocimiento de minusvalía.

Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Licenciado en Pedagogía, Psicología, Psicopedagogía, Sociología, Antropología Social y Cultural o Ciencias del Trabajo; Diplomado en Educación Social o Trabajo Social; Maestro, en todas sus especialidades.

Además, han de tener conocimiento de la Lengua de Signos Española (LSE), acreditado mediante el Título de Técnico Superior en Interpretación de la Lengua de Signos o Certificado de Formación Profesional Ocupacional de «Comunicación en Lenguaje de Signos» o Máster en Lengua de Signos o equivalente o Experto universitario en interpretación de lengua de signos o equivalente; o mediante la realización de una prueba práctica consistente en demostrar su aptitud pedagógica para transmitir sus conocimientos y dominios técnicos al alumnado, impartiendo una clase de Lengua de Signos, con una duración máxima de 10 minutos.

La valoración de la aptitud pedagógica para transmitir sus conocimientos y dominios técnicos al alumnado será realizada por una comisión que estará constituida por la Jefa del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Provincial de Sevilla o persona en quien delegue, que actuará como presidenta, y cuatro miembros del personal del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Lengua de Signos que actuarán como vocales, actuando como secretario o secretaria la persona que nombre la presidenta de la comisión.

Una vez expuestas las listas provisionales de personal admitido por resolución de esta Dirección General, se designarán los miembros de la citada comisión y se indicará el lugar y la fecha de la realización de la prueba.

Concluida la prueba, la comisión antes mencionada hará pública la lista de las personas con la calificación obtenida («apto» o «no apto») en los tablones de anuncios del lugar donde se celebre la citada prueba y en los de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, remitiendo una copia de la misma a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos. El personal que sea declarado «no apto» no podrá figurar en el listado de personal admitido.

Contra la valoración de la prueba práctica realizada por esta comisión de valoración se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto. Las personas participantes en la presente convocatoria, además de la documentación recogida en la Orden de 5 de junio de 2006, deberán presentar cumplimentado el Anexo I a la presente Resolución, que contiene declaración jurada o promesa de no estar en situación de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni tener inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas.

Asimismo, quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar, además, los siguientes documentos:

- De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán acreditar, a través del citado Anexo I, no sufrir sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

- El personal que resida en España deberá presentar fotocopia del documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de personal trabajador comunitario fronterizo, en vigor. El personal que sea nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberá presentar dos fotocopias compulsadas del documento de identidad o pasaporte.

- El personal familiar incluido en el párrafo anterior deberá presentar fotocopia del pasaporte o del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la tarjeta o la exención del visado y de dicha tarjeta. En caso contrario deberá presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa de la persona con la que existe este vínculo de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el personal participante vive a sus expensas o está a su cargo.

Quinto. La Comisión de Valoración de la prueba de conocimiento del castellano a que se refiere el apartado 3 del artículo segundo de la Orden de 5 de junio de 2006, estará constituida por la Jefa del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Provincial de Sevilla o persona en quien delegue, que actuará como presidenta, y cuatro miembros del personal del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura que actuarán como vocales, actuando como secretario o secretaria la persona que nombre la presidenta de la comisión. Una vez expuestas las listas provisionales de personal admitido, por resolución de esta Dirección General se designarán los miembros de la citada Comisión, indicando asimismo, el lugar y la fecha de realización de la prueba.

Concluida la prueba, la Comisión de Valoración hará pública la lista de las personas con la calificación obtenida («apto» o «no apto») en los tablones de anuncios del lugar donde se celebre la citada prueba y en los de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, remitiendo una copia de la misma a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos. El personal que sea declarado «no apto» no podrá figurar en el listado de personal admitido.

Contra la valoración de la prueba de conocimiento del castellano realizada por la Comisión de Valoración se podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. La valoración de los méritos del personal solicitante será realizada por la Comisión Baremadora que designen las personas titulares de la Delegación Provincial de Sevilla.

La Comisión Baremadora estará integrada por:

- Presidente: La Jefa del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Provincial o persona en quien delegue.

- Vocales:

Un representante del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, que actuará como secretario o secretaria.

El personal funcionario que se designe, de acuerdo con el número de solicitudes presentadas.

Cada una de las organizaciones sindicales integrantes de la Junta de Personal podrá nombrar una persona representante como observadora del proceso de baremación.

Séptimo. La Comisión Baremadora remitirá a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos las actas correspondientes al listado de personal admitido con las puntuaciones de los méritos alegados en cada uno de los apartados del baremo, así como el listado del personal excluido con indicación de la causa de exclusión, para la publicación, por parte de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de las resoluciones provisional y definitiva de los listados de personal admitido y excluido.

Octavo. Con la publicación de la resolución provisional de los listados de personal admitido y excluido, conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por el artículo 1.19 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, se considerará efectuada la notificación al personal interesado con la advertencia de que, si no se subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite.

Asimismo, el personal admitido sólo podrá figurar en la lista definitiva de aspirantes a interinidad de una especialidad, por lo que, en caso de haber sido admitido provisionalmente para más de una especialidad estará obligado a optar por una de ellas en el plazo de alegaciones a los listados provisionales establecido. De no hacerlo así, figurará en la especialidad que la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos considere.

Noveno. Quienes participen en esta convocatoria consignarán, en el Anexo II de la presente Resolución, una provincia y, potestativamente, hasta ocho provincias para posibles vacantes o sustituciones. De no hacerlo así, se incluirán de oficio las ocho provincias de Andalucía.

Décimo. Los admitidos definitivamente en esta convocatoria se integrarán en la lista definitiva de admitidos de la especialidad de Lengua de Signos (590-201) resultante de la convocatoria realizada mediante la Resolución de 20 de octubre de 2009, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se publica convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en puestos de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño en centros docentes públicos dependientes de esta Consejería, ordenándose según el baremo que obtengan.

Undécimo. Establecer el plazo de presentación de solicitudes recogido en el punto 3 del artículo tercero de la Orden de 5 de junio de 2006 (BOJA de 29 de junio) precitada.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 30 de noviembre de 2009.- El Director General, Manuel Gutiérrez Encina.

ANEXO I

CONVOCATORIA PARA CUBRIR VACANTES O SUSTITUCIONES DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS Y DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (RESOLUCIÓN DE 25 DE NOVIEMBRE DE 2009)

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Don/Doña …….....………………………..............................…..., con domicilio en ……………..…………………………………………….…, y con Documento Nacional de Identidad o Pasaporte número ..............................., declara bajo juramento o promete no estar en situación de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni tener inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas, y en el caso de no poseer la nacionalidad española, que no sufre sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

En ........................, a ....... de ................. de 20.....

Fdo.: ......................................................

ANEXO II

CONVOCATORIA PARA CUBRIR VACANTES O SUSTITUCIONES DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS Y DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS. (RESOLUCIÓN DE 25 DE NOVIEMBRE DE 2009)

DNI ...................., 1.er Apellido ................., 2.º Apellido ..............., Nombre ............................., Teléfonos ...................../....................., Domicilio ..................................................., C.P. ...................., Localidad ...................., Provincia ...........................

PETICIÓN DE PROVINCIA/S PARA SUSTITUCIONES:

1.ª 2.ª 3.ª 4.ª 5.ª 6.ª 7.ª 8.ª

04 ALMERÍA 21 HUELVA

11 CÁDIZ 23 JAÉN

14 CÓRDOBA 29 MÁLAGA

18 GRANADA 41 SEVILLA

En ...................., a ............ de ..................... de 20.......

Fdo.: ............................................

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