Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 22/12/2009

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 1 de diciembre de 2009, de la Universidad de Granada, por la que se convoca a concurso público una beca predoctoral homologada, dentro del Programa 6.C del Plan Propio de Investigación de la Universidad de Granada para el año 2009.

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De acuerdo con lo previsto en el Programa 6.C del Plan Propio de Investigación del año 2009, la Universidad de Granada convoca a concurso público una beca predoctoral homologada en cofinanciación con Instituciones, Empresas o Entidades.

La presente convocatoria se regirá tanto por las normas generales contenidas en la presente Resolución como por las específicas contenidas en cada uno de sus Anexos. En todo lo no previsto serán directamente aplicables las normas previstas del Programa 6.C del Plan Propio de Investigación de la Universidad de Granada para el año 2009.

Forma de provisión: La forma de provisión será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos generales, expediente académico y currículum, y los específicos detallados en el Anexo correspondiente. La Comisión Evaluadora podrá declarar desierto el concurso cuando el currículum de los candidatos no se adecue a la funciones a desarrollar dentro del proyecto al que se adscriban.

Requisitos de los solicitantes: Podrán solicitar estas ayudas quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en los subprogramas que figuran como Anexos de esta Resolución. En el caso de solicitantes con títulos extranjeros no homologados deberán aportar el reconocimiento académico de los citados títulos, expedido por la Comisión de Doctorado de la Universidad de Granada, junto con la copia legalizada del mismo.

Los títulos de Máster y Doctor obtenidos en el extranjero surtirán efectos para participar en las convocatorias selectivas siempre que estén homologados por una Universidad española. Se admitirá la participación en los procesos selectivos cuando se acredite haber solicitado la citada homologación ante la Comisión de Doctorado de la Universidad de Granada, y esta haya sido admitida a trámite.

La contratación de investigadores o técnicos extranjeros no comunitarios, la cual se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación propias del proyecto, quedará en suspenso mientras no obtengan la autorización administrativa para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la LO. 4/2000 y Reglamento aprobado por R.D. 2393/2004.

Carácter de las ayudas: El disfrute de estas ayudas es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los contratos derivados de la aplicación del art. 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, o del art. 11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Ley 13/1986, de 14 de abril).

La concesión de las ayudas y en su caso la suscripción del contrato a partir del tercer año de ayuda predoctoral no implica por parte de la Universidad de Granada ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

Condiciones: El período de disfrute de cada ayuda será de un año prorrogable hasta un máximo de cuatro. El período máximo comprenderá dos años de beca, más dos años de contrato en prácticas, siempre que se den las condiciones establecidas en el R.D. 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de Personal Investigador en Formación. Cualquier renovación estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias de las entidades cofinanciadoras, así como a la voluntad de continuidad que estas manifiesten y a que el becario siga cumpliendo los requisitos establecidos en este programa y en la convocatoria específica.

a) Los dos primeros años en fase de beca tendrá una dotación mensual mínima de 970 € brutos.

b) Durante la fase de contrato, a partir del tercer año de ayuda, que se suscribirá en la modalidad de contrato en prácticas por la titulación de DEA o Máster Oficial alcanzada, al amparo del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores. En este último, se especificará el proyecto de Tesis aprobado y un cronograma. El coste mensual del contrato será como mínimo de 1.130 € brutos, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

La financiación de estas ayudas se realizará de acuerdo con lo previsto en la normativa del Programa 6.C del Plan Propio de Investigación de la Universidad de Granada.

El paso al tercer año de contrato requerirá estar en posesión del DEA o del título de Máster Oficial. Además, el beneficiario deberá adjuntar a la memoria del trabajo realizado, el plan de investigación a desarrollar para el proyecto de Tesis Doctoral con el V.ºB.º del investigador responsable.

Efectos: Los efectos de estas ayudas se iniciarán los días 1 ó 15 posteriores a la resolución del concurso público.

Duración de las ayudas: La duración será de un año, prorrogable hasta alcanzar un máximo de cuatro años de duración. Al término de cada anualidad deberá presentarse una breve memoria del trabajo realizado que será evaluada por la Comisión de Investigación de la Universidad de Granada. La no presentación de dicho informe o su evaluación científica desfavorable podrá determinar la no renovación de la beca o contrato.

Objeto de las ayudas: Realización de la Tesis Doctoral en la línea de investigación del proyecto al que se adscriba.

Obligaciones del trabajador: Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.

Solicitudes: Los candidatos deberán presentar su solicitud obligatoriamente a través de la web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación, http://investigacion.ugr.es/pages/personal/index; una vez finalizada la presentación telemática, imprimirán la hoja de solicitud y la presentarán en formato papel en el Registro General de la Universidad o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigida a la Vicerrectora de Política Científica e Investigación, hasta el día 10 de enero de 2010, acompañada de la siguiente documentación:

- Currículum Vitae.

- Fotocopia del DNI o equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea, o tarjeta de residente del solicitante en caso de naturales de otros países.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en la que figuren detalladas las asignaturas y calificaciones obtenidas en sus estudios en la Universidad.

- Resto de méritos debidamente documentados en función de los requisitos de la convocatoria específica.

Subsanación de solicitudes: El Servicio de Gestión de Investigación procederá a la revisión administrativa de las solicitudes presentadas. En la web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, concediéndose un plazo de cinco días naturales desde dicha publicación para que los interesados subsanen los defectos, aporten la documentación requerida o presenten las alegaciones que estimen pertinentes. Los solicitantes que no aporten la documentación requerida o subsanen los defectos se entenderán que desisten de su solicitud. Posteriormente se publicará en la web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación de la UGR la lista definitiva de admitidos y excluidos, remitiéndose los expedientes a las Comisiones de Valoración para su resolución.

Criterios de valoración: La Comisión valorará con carácter general:

- Expediente académico.

- Formación específica relacionada la convocatoria.

- Otros méritos acreditados documentalmente.

Comisión evaluadora de las solicitudes:

La Comisión Evaluadora estará constituida por:

- Tres miembros propuestos por el responsable del Proyecto y que figurarán relacionados en la convocatoria específica.

El resultado de esta convocatoria se hará público en la página web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación. Los solicitantes que no obtengan contrato ni aparezcan relacionados como suplentes en el acta de Resolución podrán retirar la documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación del acta. La documentación que no se retire en dicho plazo podrá ser destruida.

Granada, 1 de diciembre de 2009.- El Rector, Francisco González Lodeiro.

ANEXO 1

Una beca predoctoral cofinanciada entre la Unviersidad de Granada y la Consejería de Agricultura y Pesca (Ref. 2426)

Investigador responsable: Don Alberto Fernández Gutierrez.

Funciones del becario:

- Extracción de compuestos polifenólicos de muestras de frutas y verduras liofilizadas. Puesta a punto de métodos analíticos. Desarrollo de Tabla de composición de alimentos.

Requisitos de los candidatos:

- Licenciado en Tecnología de Alimentos, Química o Ingeniero en Industrias Alimentarias.

Condiciones de la beca.

- Cantidad mensual a retribuir: 970 euros.

- Horas semanales: 40 horas.

- Duración: 12 meses.

Criterios de valoración:

- Conocimientos analíticos.

- Formación en alimentos y análisis de polifenoles.

- Conocimientos de inglés.

Miembros de la Comisión:

- Alberto Fernández Gutiérrez.

- Antonio Segura Carretero.

- Jorge Fernando Fernández Sánchez.

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