Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 23/12/2009

2. Autoridades y personal2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Orden de 14 de diciembre de 2009, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Mediante Orden de esta Consejería de 1 de junio de 2009, publicada en el BOJA número 111, de 11 de junio, fue convocado concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y una vez finalizados los trabajos de valoración conforme a las bases de la convocatoria, la Comisión de Valoración ha formulado la correspondiente propuesta de resolución del concurso con la valoración final de las personas adjudicatarias y de los puestos que han resultado desiertos.

En su virtud, esta Consejería, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre,

HA RESUELTO

Primero. Adjudicación de los puestos de trabajo convocados.

1. Aprobar la propuesta de resolución del concurso efectuada por la Comisión de Valoración, adjudicando con carácter definitivo los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden al personal funcionario de carrera que en el mismo se especifica. Asimismo, en el Anexo II se relacionan los puestos que han resultado desiertos. Los destinos adjudicados son irrenunciables salvo que antes de que se produzca el cese efectivo o, en todo caso, antes de que finalice el plazo de cese, se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso serán los interesados los que, en el momento de solicitar el cese en el destino que tuvieran, determinen en cuál de ellos tomarán posesión, viniendo obligados a comunicar por escrito la opción ejercida a esta Consejería y a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

2. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de resolución de las alegaciones presentadas contra la lista provisional de adjudicatarios, en los términos que constan en el acta de la sesión correspondiente.

3. Las listas definitivas de personas admitidas que no resultan adjudicatarias de este concurso, así como de las que han resultado excluidas con indicación de las causas de exclusión, estarán expuestas en los tablones de anuncios de esta Consejería, su Delegación en Sevilla, así como en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública. Igualmente se podrán consultar en la web del Empleado Público (http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/empleadopublico).

Segundo. Plazos de cese y toma de posesión.

1. El cese del personal funcionario de carrera en su anterior destino deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes al día 25 de enero de 2010.

2. La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes contado a partir del día 27 de enero de 2010.

3. El cómputo de los plazos de cese y toma de posesión se realizará conforme a lo establecido en los apartados 2, 3 y 5 del artículo 51 del Decreto 2/2002, de 9 de enero.

4. De conformidad con el artículo 51.4 del mencionado Decreto, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, a excepción de los supuestos de permiso por parto o maternidad, paternidad y adopción o acogimiento, a los que se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Tercero. Recursos.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.2.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este mismo órgano, de conformidad con el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 14 de diciembre de 2009

Rosa Aguilar Rivero

Consejera de Obras Públicas y Transportes

Descargar PDF