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Advertido error en la Resolución arriba indicada, publicada en el (BOJA núm. 14, de 22 de enero de 2009), se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página número 14, primera columna, apartado sexto:
Donde dice:
Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento. De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 6 de la Orden reguladora y el artículo 8 del Decreto 123/2008, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, el órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento es la Dirección General de Industrias Culturales y Artes Escénicas, que resolverá por delegación de el/la titular de la Consejería de Cultura.
Debe decir:
Órganos competentes para instruir y resolver.
La tramitación y resolución del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a las personas titulares de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes Escénicas y de las Delegaciones Provinciales de Cultura, quienes resolverán por delegación de la titular de la Consejería de Cultura, de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 6 de la Orden reguladora y en el artículo 8 del Decreto 123/2008, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Cultura.
Sevilla, 22 de enero de 2009
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