Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 24/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ACUERDO de 1 de diciembre de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a la Consejería de Agricultura y Pesca para conceder una subvención a la empresa que se cita.

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La Orden de 16 de mayo de 2008, establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la mejora estructural y la modernización del sector pesquero andaluz, en el marco del Programa Operativo para 2007-2013.

Con fecha 31 de octubre de 2008, la Empresa José Martí Peix, S.A., presentó una solicitud de subvención para el proyecto denominado: «Nuevas líneas de Transformación y Comercialización de productos de la pesca» en el término municipal de Huelva, al amparo del artículo 9 de la referida Orden.

Una vez revisado el proyecto y aplicados los criterios de valoración, la Dirección General de Pesca y Acuicultura pretende conceder una subvención a la citada sociedad de 3.406.818,83 euros (tres millones cuatrocientos seis mil ochocientos dieciocho euros con ochenta y tres céntimos).

La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se requerirá Acuerdo de Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a 3.005.060,52 euros (tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos).

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Agricultura y Pesca y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de diciembre de 2009, se adopta el siguiente

A C U E R D O

1.º Autorizar a la Consejería de Agricultura y Pesca a conceder una subvención por importe de 3.406.818,83 euros (tres millones cuatrocientos seis mil ochocientos dieciocho euros con ochenta y tres céntimos) a la empresa José Martí Peix, S.A., para el proyecto: «Nuevas líneas de Transformación y Comercialización de productos de la pesca» en el término municipal de Huelva.

2.º Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba el correspondiente gasto.

3.º Esta autorización no exime a su titular de la obligación de recabar y obtener otros permisos, concesiones y/o autorizaciones que puedan ser exigibles en virtud de otras disposiciones legales que sean de aplicación.

Sevilla, 1 de diciembre de 2009

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CLARA E. AGUILERA GARCÍA

Consejera de Agricultura y Pesca

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