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Advertido error en el texto de la Orden de 10 de diciembre de 2008, del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se modifica la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía, y se instrumentan medidas para su desarrollo, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 251, de 19 de diciembre de 2008, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En el punto núm. 4 del artículo único:
- Donde dice: «...El apartado 2 del art. 23 queda redactado de la siguiente forma:
2. Las intensidades máximas de este tipo de subvenciones serán de un 60% para el promotor y las Entidades Locales y de un 40% para el resto de beneficiarios, del valor de la inversión en ambos casos».
- Debe decir: «...El apartado 2 del art. 23 queda redactado de la siguiente forma:
2. Las intensidades máximas de este tipo de subvenciones serán de un 70% para las Entidades Locales, de un 60% para el promotor cuando no sea una Entidad Local y de un 40% para el resto de beneficiarios, del valor de la inversión en todos los casos».
Sevilla, 22 de diciembre de 2008
LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Turismo, Comercio y Deporte
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