Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 13/02/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de enero de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla, dimanante del procedimiento de Divorcio Contencioso núm. 199/2007.

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NIG: 4109142C20070006010.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso núm. 199/2007. Negociado: 4.

De: Doña Iryna Silibina.

Procuradora: Sra. Patricia Meana Pérez.

Contra: Don Siarhei Silibin.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia, Divorcio Contencioso 199/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla a instancia de Iryna Silibina contra Siarhei Silibin sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 645/08

En Sevilla a 17 de noviembre de 2008.

Vistos por la Ilma. Sra. doña María Núñez Bolaños, Magistrada-Juez de Primera Instancia (Familia) número Diecisiete de Sevilla y su partido, los presentes autos de Divorcio Contencioso seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 199/07, a instancia de la Procuradora doña María Patricia Meana Pérez en nombre y representación de doña Iryna Silibina frente a su cónyuge don Siarhei Silibin habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que, estimando la demanda de divorcio promovida por la Procuradora Sra. María Patricia Meana Pérez en nombre y representación de Iryna Silibina frente a su cónyuge don Siarhei Silibin habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio que ambos contrajeron, con los efectos inherentes a tal declaración, estableciendo como medidas reguladoras las siguientes:

Primero. Respecto a la guardia y custodia de los hijos menores del matrimonio, se atribuye a la madre, dado que es la que ha venido ocupándose del cuidado y atención del menor, siendo el ejercicio de la patria potestad compartido por ambos progenitores. Se atribuye, así mismo, en función de las custodia, el uso del domicilio y ajuar familiar a la madre sito en C/ Villa Manrique, núm. 53, 2 B, Sevilla.

Segundo. El régimen de visitas queda suspendido en atención a las circunstancias concurrentes sin perjucio de su establecimiento en el caso de que el padre lo solicitase en legal forma.

Tercero. Como pensión de alimentos para los hijos don Siarhei abonará la cantidad de 300 euros mensuales (150 para cada hijo) por doce mensualidades; dicha cantidad deberá hacerla efectiva dentro de los cinco primeros días de cada mes mediante su ingreso en la cuenta de la entidad bancaria que al efecto se designe, actualizándose anualmente el 1.° de enero de cada año de conformidad con el Índice de Precios al Consumo fijado por el Instituto Nacional de Estadística. Los gastos extraordinarios, entendiendo por tales los educativos o sanitarios no cubiertos por el sistema público, se abonarán al 50%; todo ello sin expresa condena en costas.

Comuníquese esta sentencia, firme que sea, al Registro Civil correspondiente para su anotación. Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días ante la lima. Audiencia Provincial de Sevilla.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

La Magistrada-Juez.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrado-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial, doy fe, en Sevilla, a 17 de noviembre de dos mil ocho.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Siarhei Silibin, extiendo y firmo la presente en Sevilla a veintiuno de enero de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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