Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 16/02/2009

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Ayuntamientos

ANUNCIO de 26 de enero de 2009, del Ayuntamiento de Montoro, de bases para la selección de plaza de auxiliar de Administración General.

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Por Resolución del Concejal-Delegado de Personal de este Ayuntamiento, con fecha 30 de diciembre de 2008, se ha prestado aprobación a las siguientes:

«BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocar pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza de la Subescala Auxiliar, correspondiente al Grupo C, Subgrupo C2, de la Escala de Administración General, actualmente vacante e incluida en la plantilla de este Ayuntamiento y Oferta de Empleo Público del año 2008, por sistema de oposición libre.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o ciudadano de un país miembro de la Unión Europea, en los términos del art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP.

b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria o similar o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en cada caso.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Los requisitos establecidos en esta base, deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias.

Tercera. Solicitudes y documentación.

3.1. Forma: Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria habrán de hacerlo constar cumplimentando el anexo I de la presente convocatoria. Igualmente podrán instar su participación en el proceso selectivo mediante simple solicitud, con el contenido establecido en el art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esto es:

a) Nombre, apellidos, DNI y domicilio del interesado.

b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud, esto es, petición de participar en el proceso selectivo, identificándolo mediante alusión específica a la denominación de la plaza a la que se opta.

c) Lugar y fecha en que se firma el escrito.

d) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad acreditada por cualquier medio.

e) Órgano, Centro o Unidad Administrativa a la que se dirige (Señor Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Montoro).

En dicha solicitud, el peticionario deberá además formular declaración expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidos en la Base segunda de la convocatoria.

3.2. Documentos que deben presentarse: Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de fotocopia del DNI, original del recibo o carta de pago de los derechos de examen o, en su caso, resguardo que acredite su remisión por vía postal o telegráfica y los documentos acreditativos de los méritos alegados, en original o por fotocopia compulsada.

3.3. Plazo de presentación: Las solicitudes y la documentación complementaria deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.4. Lugar de presentación: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, sito en Plaza de España, núm. 1, 14600, Montoro (Córdoba), o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.5. Derechos de examen: Los derechos de examen serán de 12 euros, cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aún cuando sea impuesto por persona distinta.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

4.1. Lista provisional: Expirado el plazo de presentación de solicitudes, por la Concejalía de Personal se dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, lugar de exposición de dicha lista y plazo de subsanación de errores. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en ella se indicará el lugar y fecha de realización del primer ejercicio.

No serán subsanables las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en la Base 3.3 de esta convocatoria.

4.2. Los aspirantes excluidos y los omitidos en ambas listas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación de la Resolución en el tablón de anuncios de esta Corporación para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos defectos, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.

4.3. Lista definitiva: Transcurrido el plazo de subsanaciones, la Concejalía de Personal dictará resolución, aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, designando los miembros del Tribunal Calificador e indicando el lugar, fecha y hora de constitución del mismo para la realización del primer ejercicio. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y mediante inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinta. Tribunal Calificador.

5.1 Composición: Se constituirá un Tribunal Calificador integrado por los siguientes miembros:

- Presidente: La Secretaria del Ayuntamiento de Montoro o funcionario en quien delegue.

- Un funcionario de carrera de igual nivel de titulación que el exigido a la plaza convocada y suplente, designado por la Junta de Andalucía (art. 4.f del Real Decreto 896/1991 de 7 de junio por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local).

- Vocales: Tres funcionarios con habilitación de carácter estatal, designados por la Concejalía de Personal y suplentes.

- Secretario de la Comisión: un funcionario de la Corporación, designado por la Concejalía de Personal y suplente.

Todos los miembros del Tribunal deberán ser funcionarios de carrera y poseer igual o superior nivel de titulación o especialización al exigido para el acceso a la plaza convocada.

La determinación concreta de los miembros del Tribunal así como la fecha de realización del ejercicio se harán públicas juntamente con la resolución aprobatoria de las listas de aspirantes admitidos y excluidos.

5.2. Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicarlo al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento que resolverá lo procedente. Por estas mismas causas podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, conforme a lo establecido en el art. 29 de la citada Ley 30/1992.

5.3. Categoría del Tribunal y percepción de asistencias: A efectos de lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, y en la Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado y Hacienda y Presupuestos, los miembros del Tribunal percibirán asistencia por la concurrencia a sesiones de tribunal y órganos de selección, señalándose la categoría tercera de las recogidas en el anexo cuarto del citado R.D., en la cuantía legalmente establecida en el momento de la percepción, sin perjuicio de las dietas y gastos de viaje que correspondan en su caso.

5.4. Actuación del Tribunal: El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, el Presidente, el Secretario, y la mitad de los Vocales, titulares o suplentes indistintamente.

Las dudas o reclamaciones que pudieran originarse respecto de la interpretación o aplicación de las Bases serán resueltas por el Tribunal que decidirá, asimismo, lo que deba hacerse en los casos no previstos. Si el Tribunal tuviese conocimiento, en cualquier momento del proceso selectivo, de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos, deberá proponer, previa audiencia del interesado, su exclusión a la Autoridad convocante, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante a los efectos procedentes.

5.5. Nombramiento: La determinación concreta de los miembros del Tribunal Calificador, tanto de los titulares como de los suplentes, se hará pública de acuerdo con lo establecido en la Base 4.3.

Sexta. Sistema de selección.

6.1. La selección se efectuará por el sistema de oposición, y constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, en un tiempo de 90 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, en relación con los temas contenidos en el Anexo II de esta convocatoria.

Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una respuesta acertada.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, consistirá en la realización de una prueba práctica compuesta de un ejercicio, a elegir entre dos propuestos, directamente relacionados con las funciones objeto de la plaza y el programa correspondiente de esta convocatoria.

En él se valorarán el rigor analítico, la sistemática y claridad de ideas para su resolución, así como la calidad de la expresión escrita.

El contenido y tiempo de realización del ejercicio serán fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

6.2. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha, hora y lugar que se determinen en la resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos.

No será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios en el Boletín Oficial de la Provincia. Tan sólo deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de éste.

Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del procedimiento selectivo quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el tribunal.

Los aspirantes deberán acudir a la celebración de cada ejercicio provistos del DNI. o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

El Tribunal adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.

6.3. Calificación de los ejercicios.

Los dos ejercicios serán obligatorios y eliminatorios, y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para la aprobación de cada uno de ellos obtener un mínimo de 5 puntos.

La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminándose en todo caso las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 3 puntos.

La puntuación final de la Oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de los dos ejercicios de la misma. Para superar esta fase será preciso obtener un mínimo de 10 puntos, una vez sumada la puntuación de ambos ejercicios.

7. Propuesta de nombramiento.

Una vez finalizada la Oposición, el Tribunal aprobará la Propuesta de nombramiento. La propuesta deberá recaer sobre la persona aspirante que haya obtenido mayor puntuación final, sin que, en ningún caso, pueda proponerse un número mayor al de la plaza convocada.

En dicha propuesta figurará la relación de aspirantes por orden decreciente de puntuación final, con indicación de las puntuaciones obtenidas, con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.

En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido la mayor puntuación por los conceptos que sucesivamente se indican:

a) Puntuación del primer ejercicio.

b) Puntuación del segundo ejercicio.

El Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Montoro la propuesta de nombramiento.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la propuesta de nombramiento tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

8. Presentación de documentos.

8.1. La persona aspirante que hubiese sido propuesta para su nombramiento dispondrá de un plazo de 20 días hábiles desde que se haga pública la relación definitiva de personas aprobadas para presentar en la Secretaría del Ayuntamiento, quedando constancia de la correspondiente comparecencia, los documentos siguientes:

- Fotocopia del DNI o Documento de Identificación del Estado de la Unión Europea correspondiente, acompañado del original para su compulsa.

- Copia autentificada o fotocopia, que deberá ser presentada con el original para su compulsa, del título exigido para la plaza, o justificante de haber abonado los derechos de su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá aportarse asimismo la documentación que acredite su homologación.

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso en su Estado a la función pública.

- Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el art. 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

- Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

8.2. La no presentación dentro del plazo fijado de la documentación exigida en la Base 7.1 y salvo los casos de fuerza mayor, o cuando del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la Base 1, supondrá que el aspirante propuesto no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

9. Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Cumplidos los requisitos procedentes, el señor Alcalde nombrará a la persona aspirante propuesta que, habiendo superado la oposición, cumpla los requisitos exigidos en esta convocatoria. Dicho nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la provincia.

9.2. El plazo para tomar posesión será de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de nombramiento.

9.3. De no tomar posesión en el plazo señalado, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados, se entenderá que la persona aspirante renuncia a la plaza propuesta.

9.4. En el momento de la toma de posesión, la persona nombrada prestará juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 770/1979, de 5 de abril.

10. Normas finales.

Para lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y cualquier otra disposición que resulte de aplicación.

El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladores de las mismas que tienen consideración de Ley Reguladora de esta convocatoria.

El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas Bases y disposiciones vigentes que regulen la materia.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que la Comisión haya de hacer a los aspirantes que no sean las que obligatoriamente se mencionan en estas Bases, se realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios.

Contra la presente convocatoria y sus Bases, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados con carácter potestativo recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO

DATOS PERSONALES

NIF/DNI: ........................................................................

1.º apellido: .......................................................................

2.º apellido: .......................................................................

Nombre: .............................................................

Fecha nacimiento: ..........................................................

Sexo: Varon Mujer

Localidad de nacimiento: .......................................................

Provincia y Estado de nacimiento: ..............................................

Teléfono con prefijo: .....................................................

Domicilio: Calle o Plaza y número: ..............................................

Código Postal: .............................................

Domicilio: Municipio: .....................................................

Domicilio: Provincia: .....................................................

Domicilio: Estado: ......................................................

DATOS DE LA CONVOCATORIA

Denominación de la/s plaza/s: ...................................................

Núm. de plazas: .................................................

Régimen jurídico: Funcionario Laboral

Sistema selectivo:

Oposición Concurso oposición Concurso

Fecha publicación B.O.E.: ........................................................

Reserva discapacitados: ..........................................................

Grado de minusvalía: .................... %

Turno: Libre Promoción interna

TITULOS ACADÉMICOS OFICIALES

Exigido en la convocatoria: ...............................................................................................................................................................................................................................................................................

Otros títulos oficiales: ......................................................................................................................................................................................................................................................................................

El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso y las especialmente señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

Fecha y firma: En ............................, a ....... de ............................. de ......................

Importe de la tasa por derechos de examen a ingresar a favor del Excmo. Ayuntamiento de Montoro: 12 euros.

Ilmo. señor Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Montoro (Córdoba).

ANEXO II

PROGRAMA DE TEMAS

Tema 1. La Constitución española de 1978. Estructura y principios generales. El modelo económico de la Constitución española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución.

Tema 2. Las Cortes Generales. Composición y funciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: Los reglamentos parlamentarios. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

Tema 3. La Corona. Atribuciones según la Constitución española. El Poder Judicial: Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias.

Tema 4. El Procedimiento Administrativo: Principios informadores. Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, Ordenación, Instrucción y Terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 5. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 6. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las ordenanzas fiscales: elaboración y aprobación.

Tema 7. El gasto público en la Administración Local. El proceso de ejecución del gasto público en la Administración Local. El control del gasto público.

Tema 8. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 9. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La Autonomía Municipal y el control de legalidad.

Tema 10. El municipio: Concepto y elementos. El Término Municipal. La Población: Especial referencia al empadronamiento. La Organización. Competencias Municipales.

Tema 11. Los presupuestos de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del presupuesto local. Principios generales de ejecución del presupuesto. Modificaciones presupuestarias: los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, las transferencias de crédito y otras figuras. Liquidación del presupuesto.

Tema 12. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Tema 13. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Tema 14. El control interno de la gestión financiera.

Tema 15. Tasas y contribuciones especiales. Los precios públicos.

Tema 16. El personal al servicio de las Entidades Locales: sus clases.

Tema 17. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos.

Tema 18. Otras Entidades Locales Supramunicipales: Mancomunidades, Agrupaciones, Áreas Metropolitanas. La Entidad Local Menor. Especial referencia a la Ley de Demarcación Municipal de Andalucía.

Tema 19. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias.

Tema 20. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos.

Tema 21. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. Especial referencia a los derechos económicos.

Tema 22. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.

Tema 23. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: estructura y disposiciones generales. Competencias y organización de la Comunidad Autónoma de Andalucía».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Montoro, 26 de enero de 2009.- El Alcalde, Antonio Sánchez Villaverde.

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