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Existiendo vacante una plaza de Jefe de Negociado, he resuelto convocarla conforme a las siguientes:
BASES
Primera. Denominación y descripción de la plaza.
Se convoca una plaza de Jefe de Negociado adscrita al Departamento de Gestión Económica, cuyas funciones consisten, básicamente, en tramitación de expedientes de Mesa de Contratación y Junta de Compras, Control de Almacén y diversas tareas de apoyo al Departamento relativas a tesorería.
Dicha plaza se encuentra dotada con unas retribuciones básicas del grupo C, un complemento de destino nivel 22 y un complemento específico de 1.159,66 euros mensuales, que implica dedicación de carácter exclusiva y con las incompatibilidades consiguientes.
Segunda. Carácter y sistema de selección de la plaza que se convoca.
La plaza de Jefe de Negociado tiene el carácter de funcionario eventual, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 27.3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo Andaluz (BOJA núms. 124/1985, 34/1988, 27/1997 y 364/2002).
Conforme a lo establecido en el art. 33 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, reguladora de esta institución, la plaza de Jefe de Negociado es de libre designación por el Defensor del Pueblo Andaluz.
Tercera. Requisitos de los candidatos.
Podrán tomar parte en esta convocatoria todas aquellas personas que, como mínimo, tengan titulación de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller-Logse, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años que acrediten una experiencia de, al menos, cinco años en funciones administrativas de análoga naturaleza a la plaza que se convoca.
Cuarta. Méritos.
Los méritos serán acreditados fehacientemente por los participantes y, con carácter general, serán tenidos en cuenta los siguientes:
1.º Titulaciones académicas
2.º Carrera administrativa: Trabajos desempeñados con anterioridad en las Administraciones Públicas en puestos similares, nivel de los puestos desempeñados, así como permanencia en los mismos.
3.º Actividad profesional.
4.º Cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación con el puesto a desempeñar.
Se valorarán preferentemente los conocimientos y experiencia que se acrediten en el ámbito del área de gestión económica y presupuestaria y servicios de contratación y el dominio de herramientas ofimáticas.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 27.3 del Reglamento de esta institución, citado, en el nombramiento se procurará dar prioridad a los funcionarios públicos, valorándose especialmente los que, reuniendo los requisitos antes dichos, pertenezcan a los cuerpos de funcionarios de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas. Asimismo se tendrá en consideración, en su caso, tener reconocida la condición de minusválido.
Quinta. Solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria, conforme al modelo que figura como Anexo a la presente Resolución, se dirigirán al Excmo. Sr. Defensor del Pueblo Andaluz y se presentarán dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las solicitudes, acompañadas de los documentos acreditativos de los méritos, serán presentadas en el Registro de esta institución sito en C/ Reyes Católicos, núm. 21, 41001 de Sevilla, o bien por vía telemática a la siguiente dirección electrónica: convocatoriaJN09@defensor-and.es o por alguno de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Sexta. Proceso de selección.
La selección será realizada por una Comisión designada por la Junta de Coordinación y Régimen Interior de esta institución que tendrá en cuenta los méritos y preferencias citados en la base anterior y alegados por los concursantes. A estos efectos, la Comisión de selección valorará las solicitudes recibidas y podrá convocar a cualesquiera de los participantes que estime oportuno, al objeto de formular al interesado preguntas o aclaraciones sobre los méritos presentados por el mismo, o solicitar de los mismos datos complementarios que se deduzcan de aquellos o, la realización de alguna prueba práctica específica.
La Comisión de valoración en función de la evaluación de estos extremos, elevará al Defensor del Pueblo Andaluz una propuesta de aquella/s persona/s que estime más adecuada/s para ocupar la plaza.
Si no existieran candidatos que reúnan los requisitos que se consideran idóneos, a juicio de la Comisión de selección y así se estima por la Junta de Coordinación y Régimen Interior, la plaza se declarará desierta.
Séptima. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento de la persona que resulte seleccionada será realizado por el Defensor del Pueblo Andaluz a propuesta de la Comisión de Selección, oída la Junta de Coordinación y Régimen Interior.
La toma de posesión de quien resulte designado, habrá de efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde la notificación al solicitante de la Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz por la que se resuelva esta convocatoria. Dentro de dicho plazo se resolverá su situación funcionarial o laboral, para incorporarse en esta institución del Defensor del Pueblo Andaluz en la situación regulada por la legislación vigente, artículo 34.2 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, y artículos 27 a 30 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo Andaluz.
Sevilla, 4 de febrero de 2009.- El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo de la rubia.
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