Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 19/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 3 de febrero de 2009, por la que se delega la competencia para acordar la modificación de las resoluciones de concesión de las ayudas previstas en el Programa para impulsar Proyectos promovidos por las Corporaciones Locales en el marco de los Nuevos Yacimientos de Empleo.

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La Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 104, otorga la competencia general para conceder subvenciones a las personas titulares de las Consejerías y a los presidentes o directores de los Organismos Autónomos, en sus respectivos ámbitos.

El artículo 19 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, que regula el régimen y condiciones a observar en las eventuales modificaciones de las resoluciones de concesión de subvenciones y ayudas públicas, prevé que el acto por el que se acuerde dicha modificación será adoptado por el órgano concedente de la misma.

Razones de índole técnica, así como de agilización y eficacia de la gestión administrativa, aconsejan que se delegue en la persona titular de la Dirección General de Fomento e Igualdad en el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo la facultad para acordar las modificaciones de las resoluciones de concesión de ayudas otorgadas al amparo del Programa para impulsar Proyectos promovidos por las Corporaciones Locales en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo al amparo de lo establecido en el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único.

1. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Fomento e Igualdad en el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo la competencia para acordar la modificación de las resoluciones de concesión de ayudas otorgadas al amparo del Programa para impulsar Proyectos promovidos por las Corporaciones Locales en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo, regulado en el Capítulo IV de la Orden de 15 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas y su convocatoria al amparo de lo establecido en el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía.

2. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de febrero de 2009

ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA

Consejero de Empleo

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