Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 25/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Corrección de errores de las Resoluciones de 18 de agosto, 1 de septiembre y 15 de septiembre, de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por las que se establecen perfiles profesionales de Programas de Cualificación Profesional Inicial y los currículos de los módulos específicos correspondientes.

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Publicadas en los Boletines Oficiales de la Junta de Andalucía números 174, 175, 189 y 191, de 2, 3, 22 y 24 de septiembre, respectivamente, y 202 de 9 de octubre de 2008, Resoluciones de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por las que se establecen perfiles profesionales de Programas de Cualificación Profesional Inicial y los currículos de los módulos específicos correspondientes, y advertidos errores en el Anexo II de las mismas, se procede a su subsanación mediante la presente corrección de errores:

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Ayudante de Albañilería y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 174, de 2 de septiembre).

Página 42.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«ANEXO II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Ayudante de Albañilería.

Módulos específicos Especialidades
del Profesor
Cuerpo
(1001_EOC) Operaciones de ayuda en obra y demoliciones. Oficina de Proyectos de Construcción.
Construcciones Civiles y Edificación. (*)
(***)
Profesor Técnico de Formación Profesional.
Catedrático de
Enseñanza Secundaria.
Profesor de Enseñanza Secundaria.
(1002_EOC) Labores básicas en cimentación y estructuras de hormigón.
(1003_EOC) Operaciones básicas en albañilería.
(1004_EOC) Formación en Centros de Trabajo. Oficina de Proyectos de Construcción.
Construcciones Civiles y Edificación. (*)
(**)
(***)
Profesor Técnico de Formación Profesional.
Catedrático de
Enseñanza Secundaria.
Profesor de Enseñanza Secundaria.
Maestros.
(*)

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar de Peluquería y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 174, de 2 de septiembre).

Páginas 49 y 50.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«ANEXO II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar de Peluquería.

Módulos específicos Especialidades del Profesor Cuerpo
(1001_IMP) Preparación del entorno profesional y atención al cliente. Estética.
Peluquería.
(**)
P
(1002_IMP) Cuidados estéticos básicos de uñas.
(1006_IMP) Lavado y cambios de forma del cabello. Peluquería.
(**)
(1007_IMP) Cambios de color
del cabello.
(1008_IMP) Formación en Centros
de Trabajo.
Peluquería.
(*)
(**)
Profesor Técnico de Formación Profesional. Maestros.
(*)

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar de Alojamientos Turísticos y Catering y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 174, de 2 de septiembre).

Página 58.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«ANEXO II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar de Alojamientos Turísticos y Catering.

Módulos específicos Especialidades del Profesor Cuerpo
(1008_HOT) Puesta a punto
de habitaciones en alojamientos.
Hostelería y Turismo. (*) Catedrático de Enseñanza Secundaria.
Profesor de Enseñanza Secundaria.
(1009_HOT) Técnicas de limpieza y mantenimiento de superficies y mobiliario.
(1010_HOT) Procesos de organización y limpieza de materiales en colectividades y catering.
(1011_HOT) Formación en Centros de Trabajo. Hostelería y Turismo. (*)
(**)
(***)
Catedrático de Enseñanza Secundaria.
Profesor de Enseñanza Secundaria.
Maestros.
(

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar Informático y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 174, de 2 de septiembre).

Página 65.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación», debe decir:

«ANEXO II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar Informático.

Módulos específicos Especialidades
del Profesor
Cuerpo
(1001_IFC ) Montaje de sistemas
y componentes informáticos.
Equipos Electrónicos.
Sistemas y Aplicaciones Informáticas.
(**)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
(1002_IFC) Mantenimiento de sistemas
y componentes informáticos.
(1003_IFC) Operaciones auxiliares con tecnologías de la información y comunicación.
(1004_IFC) Formación en Centros
de Trabajo.
Equipos Electrónicos.
Sistemas y Aplicaciones Informáticas.
(*)
(**)
Profesor Técnico de Formación Profesional.
Maestros.
(*) Maestros en cualquiera de sus especialidades.
(**)

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar de Reparación de calzado, marroquinería y realización de artículos de guarnicionería y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 175, de 3 de septiembre).

Página 29.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«ANEXO II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar de Reparación de Calzado, Marroquinería y realización de artículos de Guarnicionería.

Módulos específicos Especialidades
del Profesor
Cuerpo
(1001_TCP) Materiales y artículos textiles. Patronaje y Confección.
(**)
Profesor Técnico
de Formación
Profesional.
(1002_TCP) Reparación de artículos de marroquinería y realización de artículos sencillos de guarnicionería.
(1003_TCP) Reparación de calzado y actividades complementarias.
(1004_TCP) Atención al cliente.
(1005_TCP) Formación en Centros de Trabajo. Patronaje y Confección.
(*)
(**)
Profesor Técnico de Formación Profesional. Maestr
(*) Maestros en cualquiera de sus especialidades.
(**)

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar de Carpintería y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 175, de 3 de septiembre).

Página 36.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar de Carpintería.

Módulos específicos Especialidades del Profesor Cuerpo
(1001_MMC) Operaciones básicas de mecanizado y construcción de elementos de carpintería
y mueble.
Fabricación
e
Profesor Técnico de Formación Profesional.
(1002_MMC) Acabados básicos de la madera y sus derivados.
(1003_MMC) Embalado e instalación de elementos de carpintería y mueble.
(1004_MMC) Formación en Centros de Trabajo. Fabricación e instalación de carpintería
y mueble.
(*)
(**)
Profesor Técnico
de Formación
Profesional.
(*)

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar en Viveros, jardines y parques y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 175, de 3 de septiembre).

Páginas 43 y 44.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar en Viveros, Jardines y Parques.

Módulos específicos Especialidades del Profesor Cuerpo
(1005_AGA) Operaciones básicas para la preparación de suelo y sustratos y para el montaje de instalaciones en viveros y jardines. Operaciones y equipos de producción agraria.
(**)
Profesor Técnico
de Formación
Profesional.
(1006_AGA) Operaciones básicas
de producción de plantas.
(1007_AGA) Operaciones básicas
de implantación y mantenimiento.
(1008_TCP) Formación en Centros
de Trabajo.
Operaciones y equipos de producción agraria.
(*)
(**)
Profesor Técnico
de Formación
Profesional.
Maestros.
(*)

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar de Instalaciones electrotécnicas y de comunica­ciones y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 175, de 3 de septiembre).

Página 49.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar de Instalaciones Electrotécnicas y de Comunica­ciones.

Módulos específicos Especialidades del Profesor Cuerpo
(1001_ELE) Instalaciones eléctricas y domóticas. Equipos Electrónicos.
I
Profesor Técnico
de Formación
Profesional.
(1002_ELE) Instalaciones de telecomunicaciones.
(1003_ELE) Formación en Centros de Trabajo. Equipos Electrónicos.
I
Profesor Técnico
de Formación
Profesional.
Maestros.
(*) Maestros en cualquiera de sus especialidades.
(**)

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar en Operaciones de Acabado y Pintura y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 175, de 3 de septiembre).

Página 56.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar en Operaciones de Acabado y Pintura.

Módulos específicos Especialidades del Profesor Cuerpo
(1005_EOC) Operaciones
de revestimientos continuos.
Oficina de Proyectos
de Construcción.
Construcciones Civiles y Edificación. (*)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
Catedrático de Enseñanza Secundaria.
Profesor de Enseñanza Secundaria.
(1006_EOC) Operaciones
de revestimientos discontinuos.
(1007_EOC) Procesos básicos de pintado.
(1008_EOC) Formación en Centros de Trabajo. Oficina de Proyectos
de Construcción.
Construcciones Civiles y Edificación. (*)
(**)
(***)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
Catedrático de Enseñanza Secundaria.
Profesor de Enseñanza Secundaria.
Maestros.
(*) Preferentemente con al menos dos años de experiencia laboral como capataz de obra.
(**) Maestros en cualquiera de sus especialidades
(***)

Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar de Floristería y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 175, de 3 de septiembre).

Página 64.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar de Floristería.

Módulos específicos Especialidades del Profesor Cuerpo
(1009_AGA) Adquisición, recepción
y acondicionamiento del material de floristería.
Operaciones y equipos de producción agraria.
(**)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
(1010_AGA) Elaboración de composiciones florales y de plantas.
(
(1012_AGA) Formación en Centros de Trabajo. Operaciones y equipos de producción agraria.
(*)
(**)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
Maestros.
(*) Maestros en cualquiera de sus especialidades.
(**)

Resolución de 1 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar en Técnicas Estéticas y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 189, de 22 de septiembre).

Página 72.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar en Técnicas Estéticas.

Módulos específicos Especialidades
del Profesor
Cuerpo
(1001_IMP) Preparación del entorno profesional y atención al cliente. Estética.
Peluquería.
(**)
Profesor Técnico
de Formación
Profesional.
(1002_IMP) Cuidados estéticos básicos de uñas.
(1003_IMP) Depilación mecánica y decoloración del vello. Estética.
(**)
(1004_IMP) Maquillaje.
(1005_IMP) Formación en Centros de Trabajo. Estética.
(*)
(**)
Profesor Técnico
de Formación
Profesional.
Maestros.
(*)

Resolución de 1 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Ayudante de Fontanería y Calefacción-Climatización y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 191, de 24 de septiembre).

Página 60.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Ayudante de Fontanería y Calefacción-Climatización.

Módulos específicos Especialidades del Profesor Cuerpo
(1001_IMA) Operaciones básicas
de mecanizado y unión de tuberías
y materiales.
Instalación y mantenimiento de equipos térmicos
y de fluidos.
(**)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
(1002_IMA) Instalaciones domésticas de fontanería.
(1003_IMA) Instalaciones domésticas de calefacción y climatización.
(1004_ IMA) Formación en Centros de Trabajo. Instalación y mantenimiento de equipos térmicos
y de fluidos.
(*)
(**)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
Maestros.
(*) Maestros en cualquiera de sus especialidades.
(**)

Resolución de 1 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar de Servicios en restauración y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 191, de 24 de septiembre).

Página 69.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Auxiliar de Servicios en restauración.

Módulos específicos Especialidades
del Profesor
Cuerpo
(1003_HOT) Aprovisionamiento y conservación de materias primas e higiene en la manipulación. Cocina y pastelería.
Servicios en restauración.
(**)
Profesor Técnico de Formación Profesional.
(1005_HOT) Técnicas elementales de servicio. Servicios en restauración.
(**)
(1006_HOT) Procesos básicos de preparación de alimentos y bebidas.
(1007_HOT) Formación en Centros de Trabajo. Servicios en restauración.
(*)
(**)
Profesor Técnico de Formación Profesional. Maestros.
(*) Maestros en cualquiera de sus especialidades.
(**)

Resolución de 1 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Ayudante de Cocina y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 191. de 24 de septiembre).

Página 77.

Donde dice: «Anexo II. Especialidades del Profesorado... de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».

Debe decir:

«Anexo II

Especialidades del Profesorado con atribución docente en los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial de Ayudante de Cocina.

Módulos específicos Especialidades
del Profesor
Cuerpo
(1001_HOT) Técnicas elementales
de preelaboración.
Cocina y pastelería.
(**)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
(1002_HOT) Procesos básicos
de producción culinaria.
(1003_HOT) Aprovisionamiento
y conservación de materias primas
e higiene en la manipulación.
Cocina y pastelería.
Servicios en Restauración.
(**)
(1004_HOT) Formación en Centros de Trabajo. Cocina y pastelería.
(*)
(**)
Profesor Técnico
de Formación Profesional.
Maestros.
(*) Maestros en cualquiera de sus especialidades.
(**)

Resolución de 15 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Operario de Soldadura y Construcciones Metálicas Y Tecnoplásticas y el currículo de los módulos específicos del Programa de Cualificación Profesional Inicial correspondiente (BOJA núm. 202, de 9 de octubre).

Página 44.

Donde dice: «Anexo II ... (**) Cuando se estime conveniente, también será de aplicación lo dispuesto en el artículo.»

Debe decir:

«(**) Cuando se estime conveniente, también será de aplicación lo dispuesto en el artículo 95.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.»

Sevilla, 26 de enero de 2009.

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