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Detectado error material en la Resolución de 19 de diciembre de 2008, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Administrativa de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 3, de 7 de enero de 2009, este Rectorado, de acuerdo con el artículo 51.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía 343/2003, de 9 de diciembre,
RESUELVE
Primero. Proceder a la siguiente rectificación:
En la página núm. 34, BOJA núm. 3, donde dice:
2. Requisitos de los de las/los candidatas/os. 2.1 (...) h) «Pertenecer a la Escala Administrativa de la Universidad de Almería, encuadrada en el Subgrupo C1, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y, en virtud de lo establecido en el artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tener una antigüedad de, al menos, dos años, desde la correspondiente toma de posesión, en la Escala a que se pertenezca el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. A efectos del cómputo de la antigüedad requerida, no se tendrá en cuenta, en ningún caso, los servicios prestados y reconocidos en Cuerpos o Escalas encuadradas en el Subgrupo C1, diferentes al Cuerpo o Escala desde la que se participa».
Debe decir:
«Los funcionarios deben poseer los requisitos exigidos para el ingreso, tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional, desde la correspondiente toma de posesión en los Cuerpos o Escalas a que se pertenezca el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. A efectos del cómputo de la antigüedad requerida, no se tendrán en cuenta, en ningún caso, los servicios prestados y reconocidos en Cuerpos o Escalas encuadradas en el Subgrupo C1, diferentes al Cuerpo o Escala desde la que se participa».
La presente Resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24.2.2001), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13.4.2007), y en el artículo 62 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre (BOJA de 24 de diciembre de 2003). Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14.7.1998), o potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería en el plazo de un mes, a partir igualmente de la publicación de esta Resolución, según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999).
Almería, 11 de febrero de 2009.- El Rector, Pedro Roque Molina García.
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