Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 08/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que por el que se autoriza la concesión de subvenciones públicas a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados.

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El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, regula el subsistema de formación profesional para el empleo, contemplando en su artículo 23 que en el ámbito autonómico la oferta de formación profesional para el empleo comprenderá la formación dirigida a trabajadores desempleados y ocupados, estableciendo en su artículo 24 las condiciones para el desarrollo de los Planes de Formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados. En el tratamiento de esta materia, hemos de tener en cuenta el interés social que supone la labor de los agentes sociales en este permanente aprendizaje para los trabajadores y trabajadoras, ya que las acciones de formación y de reconocimiento de las cualificaciones profesionales vienen a contribuir sustancialmente a la mejora de la empleabilidad en Andalucía y, en definitiva a mejorar el tejido socio-económico de nuestra Comunidad Autónoma.

La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo, desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

Entre las modalidades de formación de oferta subvencionadas al amparo de la citada Orden figuran los planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados. La Orden establece en su artículo 9 que el procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, iniciándose de oficio, mediante convocatoria pública realizada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, publicándose en el diario oficial correspondiente.

La Orden de la Consejería de Empleo, de 4 de agosto de 2008, BOJA de 21 de agosto, aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En dicha Orden se prevé que la concesión de subvenciones se formalizará mediante la suscripción de convenios. Entre los tipos de convenios que se pueden suscribir para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores y trabajadoras ocupados, figuran los convenios para la ejecución de planes de formación intersectoriales, dirigidos a la formación de trabajadores en competencias transversales y horizontales a varios sectores de la actividad económica. Estos convenios sólo pueden ser solicitados por las organizaciones empresariales y sindicales, de carácter intersectorial, más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Resueltos los trámites previstos en la convocatoria, se pretende suscribir, por el Servicio Andaluz de Empleo, un convenio con cada una de las entidades que cumplen los requisitos exigidos, Confederación de Empresarios de Andalucía, Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía y la Unión General de Trabajadores, con las siguientes cuantías:

- Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA): Diecisiete millones novecientos setenta y cuatro mil quinientos noventa y siete euros con cincuenta céntimos, (17.974.597,50 €).

- Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía (CC.OO - A): Nueve millones sesenta y cinco mil setecientos diecisiete euros con cincuenta céntimos (9.065.717,50 €).

- Unión General de Trabajadores de Andalucía (UGT-A): Nueve millones ciento setenta y cuatro mil treinta y dos euros con cincuenta céntimos (9.174.032,50 €).

La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo 104, de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 4, del Reglamento por el que se regulan los Procedimientos para la Concesión de Subvenciones y Ayudas Públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su Régimen Jurídico, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, que se requerirá la previa autorización mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno para la concesión de subvenciones y ayudas públicas cuando el gasto a aprobar sea superior a 3.005.060,52 euros.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de diciembre de 2008, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Autorizar la concesión de las siguientes subvenciones, para el desarrollo de los Planes de Formación de oferta dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a las entidades y por la cuantía que se indican:

- Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA): Diecisiete millones novecientos setenta y cuatro mil quinientos noventa y siete euros con cincuenta céntimos, (17.974.597,50 €).

- Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía (CC.OO - A): Nueve millones sesenta y cinco mil setecientos diecisiete euros con cincuenta céntimos (9.065.717,50 €).

- Unión General de Trabajadores de Andalucía (UGT-A): Nueve millones ciento setenta y cuatro mil treinta y dos euros con cincuenta céntimos (9.174.032,50 €).

Segundo. Para el abono de las citadas subvenciones será de aplicación lo dispuesto en el artículo 21.1.c) de la Ley 24/2007, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2008.

Tercero. Se faculta al Consejero de Empleo para dictar las Resoluciones que fueran necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.

Sevilla, 22 de diciembre de 2008

MANUEL CHaVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA

Consejero de Empleo

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